GRANJA SOLAR

GRANJA SOLAR PARA CONSUMIDORES CALIFICADOS

Se realiza una gestión de mercado efectiva. Si la gestión de mercadeo se realiza de manera eficiente.

# de contratos suscritos. Presos por concepto de comercialización de energía eléctrica.

C.5.A.2 Suscripción de contratos con los clientes.

L0.00

Si los precios ofertados son competitivos.

10 Costos Costo de Inversión Lps.

L173,690,000.00 Costo de Operación

L6,750,000.00

Período de Implementación/ ejecución. (Meses)

24

Costo Mantenimiento

L3,936,000.00

11 Cronograma de implementación / ejecución.

Cronograma de Implementación

COMPONENTES

Año 1

Año 2

ACTIVIDADES

T1

T2

T3

T4

T5

T6

T7

T8

C.1.A.1 Identificación de inversionistas

X X

C.1.A.2 Formalización de relaciones de financiamiento

X X X

C.1.A.3 Elaboración de estudio de factibilidad

C.1.A.4 Estudio de impacto ambiental

X

C.2.A.1 Gestión de proceso de construcción de infraestructura. C.2.A.2 Selección y adquisición de predios para la instalación de la granja solar. C.3.A.1 Gestión de requerimientos legales para operar.

-

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

C.4.A.1 Producción de 5 mega voltio

X

X

C.5.A.1 Establecimiento de una estrategia de mercadeo atractivo para los clientes

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X

X

X

X

C.5.A.2 Suscripción de contratos con los clientes.

X

X

X

X

Marco Legal de Beneficios de Inversión (Escudos Fiscales) Decreto Legislativo N° 51 – 2011: Ley para la Promoción y Protección de las inversiones. La ley de Creación del CNI que promueve la atracción, promoción y protección de la inversión, tanto extranjera corno nacional., de interés primordial del Estado, debiendo otorgársele todas las facilidades y garantías para fomentar su crecimiento y desarrollo. Ley General del ambiente, Decreto 181-2007 y 47-2010 Decreto Nº 181/07 - Modifica el Decreto Nº 104/93, Ley General del Medio Ambiente. El presente Decreto modifica la Ley General del Medio Ambiente, en aspectos relacionados con la obtención de la licencia ambiental. Acuerdo Nº 16- 2017 ─ Modifica el Reglamento General de la Ley del Ambiente. El presente Acuerdo modifica el Artículo 112, sobre Infracciones Graves, del Reglamento general de la Ley del Ambiente, especificando que serán infracciones graves, las siguientes: "quemar a cielo abierto aserrín, corteza, resina y demás residuos

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