Se puede aceptar la solicitud de reembolso por una evaluación privada por parte de los padres si: 1. La evaluación de la Charter LEA no se ha realizado de acuerdo con las leyes federales y estatales. 2. La evaluación obtenida de manera privada evaluó de manera adecuada al estudiante en un área o áreas de presunta discapacidad, lo cual la Charter LEA no evaluó de manera adecuada. Cualquier reembolso se hará conforme a los procedimientos de la Charter LEA, la descripción de los lineamientos sobre los costos en el Anexo C y en una cantidad no mayor al costo real para el padre. El reembolso no incluye observaciones/consultas con consultores externos. Si se solicita una IEE como resultado de un acuerdo de compensación en una audiencia de debido proceso, Desert/Mountain Charter SELPA cubrirá los gastos en que se incurra para la IEE conforme a lo descrito en el acuerdo de compensación. Si la Charter LEA inicia una audiencia y la decisión final es que la evaluación es adecuada, el padre sigue teniendo el derecho a obtener una IEE a sus expensas. Si la Charter LEA da inicio a una audiencia de debido proceso y la decisión final es que la evaluación de la Charter LEA es adecuada, no se debe hacer reembolso a menos que así lo ordene un Oficial de audiencias ( Título 34 del Código de regulaciones federales § 300.502(b)(3)).
Capítulo 14 – Evaluación educativa independiente (IEE), Desert/Mountain Charter SELPA
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A partir de 11/18/2021
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