Mundo CEBC Marzo 2024

Además, existe una propuesta enfocada en la inclusión laboral de los adultos mayores, la cual obligaría a las empresas con 20 emplea - dos o más, a que al menos el 5% de su plantilla esté compuesta por personas de este grupo etario, promoviendo así su participación en el mercado laboral.

Trabajadores del campo.

El 25 de enero de 2024, entró en vigor la reforma a la LFT en materia de trabajadores del campo, cuyos puntos más destacables son:

Se precisa el concepto de persona trabajadora del campo, añadiendo a los que se dediquen a las ramas hortícolas, avícolas, apícolas, y les niega esta categoría a los trabajadores de empaques.

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Divide a las personas trabajadoras del campo en permanentes y temporales; incluyendo en las temporales a las contratadas por obra y tiempo determinado, estacionales, eventuales, jornaleras y jornaleras migrantes, teniendo el patrón la obligación especial de llevar un padrón con el fin de establecer la antigüedad de los trabajadores.

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Se enfatiza la obligación de afiliar a los trabajadores del campo ante el IMSS y otorgarles los traslados tanto al trabajador como a sus familiares a las clínicas cuando lo requieran.

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Obligación del patrón de pagar el transporte de ida y vuelta tanto del trabajador como de su familia, cuando el empleado tenga su residencia en un lugar distinto al del campo en donde trabajará.

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El patrón deberá proporcionar alimentación sana suficiente y variada al trabajador.

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En caso de que el trabajo se realice en despoblados, el patrón deberá establecer y sostener escuelas para fomentar la educación entre los trabajadores y sus hijos.

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También deberá brindar servicio de guardería en los lugares donde el IMSS no tenga esas instalaciones.

Esta reforma sin duda tendrá un impacto económico considerable en las empresas del sector, por lo que existe la posibilidad de interpo -

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