Desarrollos del Sureste (Madrid)

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS DE UNA COOPERATIVA DE VIVIENDAS

Los socios deberán cumplir sus obligaciones y ejercer sus derechos de conformidad con la LEGISLACIÓN VIGENTE* y aplicable según el caso, los ESTATUTOS SOCIALES y el REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO de la cooperativa, así como por los ACUERDOS ADOPTADOS por los órganos de la misma (asamblea, consejo rector e interventores).

Los socios tendrán DERECHO a:

a) Elegir y ser elegidos para los cargos de los órganos de la cooperativa. b) Formular propuestas y participar con voz y voto en la adopción de acuerdos. c) Participar en las actividades de la cooperativa. d) Recibir la información para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones. e) Actualización y devolución de las aportaciones económicas. f) Retorno cooperativo (en su caso).

Los socios estarán OBLIGADOS a:

a) Asistir a las reuniones de las Asambleas Generales y demás órganos a los que fuesen convocados. b) Participar en las actividades de la cooperativa. c) No realizar actividades competitivas. d) Guardar secreto de las actividades y datos de la cooperativa. e) Desembolsar las aportaciones y las cuotas en las condiciones previstas. f) Cumplir con las obligaciones que resulten de las normas legales, estatutarias y las adoptadas por los órganos de la cooperativa.

*LEGISLACIÓN VIGENTE: Ley 27/1999, de 16 de julio, de cooperativas; Ley 4/1999, de 30 de marzo, de cooperativas de la Comunidad de Madrid

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