DE LOS REQUISITOS DE ACCESO A VIVIENDAS CON PROTECCIÓN PÚBLICA (continuación)
A efectos de acceso a vivienda con protección pública, tendrá la consideración de unidad familiar:
• La integrada por los cónyuges no separados legalmente, hijos menores no emancipados e hijos mayores de edad incapacitados judicialmente. • En los casos de divorcio, separación legal o cuando no exista vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y los hijos menores no emancipados y los mayores de edad incapacitados judicialmente que convivan con uno u otro.
Las referencias a la unidad familiar se hacen extensivas a las parejas de hecho reconocidas legalmente.
Los requisitos de acceso a viviendas con protección pública deberán cumplirse en la fecha de formalización del Contrato de Adjudicación de vivienda.
Documentación acreditativa para el cumplimiento de requisitos:
• Copia compulsada, por ambas caras, del documento de identidad (DNI/ NIE/ PASAPORTE según caso) en vigor de los interesados y, en su caso de los menores de edad que dispongan de él y formen parte de la unidad familiar. • Copia compulsada del Libro de Familia si en la unidad familiar hay menores de edad. A falta del Libro de Familia, se aportará certificado de nacimiento de los menores de edad que formen parte de la unidad familiar. • Fotocopia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al último ejercicio fiscal vencido. En caso de no haber presentado Declaración de la Renta, por no estar obligado a ello, se presentará Certificado de Imputaciones o Rentas declaradas en el último ejercicio fiscal vencido, emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. • Nota de Localización sobre titularidad de inmuebles emitido por el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad de titularidades inscritas a favor de los interesados y del resto de los miembros de la unidad familiar (incluidos los menores de edad que formen parte de la misma) que dispongan de documento de identidad (DNI/NIE/Pasaporte, según el caso) y que van a convivir en el nuevo domicilio. En el caso de que en la Nota de Localización conste alguna propiedad se deberá aportar, además, una Nota Simple original del mismo Registro, referente a dicha propiedad
LOS REQUISITOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL PRESENTE DOCUMENTO PODRÁN VERSE ALTERADOS POR CUALQUIER MODIFICACIÓN POSTERIOR DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE.
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