Visi n
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dentro de las conductas que se enlistan se encuentra la señalada como “cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales”, y en un comprobante existen dos figuras, la del emisor y la del receptor, siendo el primero al que se le tiene que practicar previamente el proceso de verificación para que la autoridad este en posibilidad de hacer tal señalamiento, sin perder de vista que el receptor tendría que revertir los efectos fiscales causados por algún comprobante considerado como falso, para excluirse de su participación en la conducta señalada como grave.
Tenemos una autoridad hacendaria con recaudación 100% eficiente, no se han creado nuevas contribuciones y a mi parecer no son necesarias, puesto que lo que se recauda en la actualidad es suficiente para cumplir con lo establecido en la Ley de Ingresos de la Federación, lo que se observa es el poder recaudatorio de la autoridad y el crecimiento en el uso de la IA a efectos de poder fiscalizar a mayor volumen con menor costo, se desconoce a que grado se deberá integrar la información para que se considere suficiente al momento de desvirtuar observaciones en un procedimiento de verificación de comprobantes en este sentido, pero entre mayor sea la evidencia de las observaciones menos será el riesgo de que se considere que algún contribuyente emite comprobantes falsos y que a su vez repercuta en el receptor para revertir los efectos fiscales en tales comprobantes.
Por lo anteriormente expuesto es inminente que en toda empresa se dé una importancia preponderante al debido conocimiento tanto de clientes como proveedores, a efectos de que exista evidencia suficiente de que las operaciones que se llevan a cabo en el día con día en realidad existieron, es momento de observar los procesos de compra y venta en toda organización, integración de expedientes, conservación de evidencias que puedan ser suficientes para que la autoridad no tenga duda de que en realidad se llevaron a cabo, todo como un sistema previsor ante una posible verificación de operaciones que pudiera considerarse que no son verdaderas, existentes o reales.
IMCP
Colegio de Contadores Públicos de Michoacán
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