Revista Digital Visión 360 - CCPM - Edición 1 Enero 2026

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C.P.C. y P.C.P.L.D Gabriel Antonio Medina Pérez

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En los comprobantes fiscales se debe tener muy presente que existe la figura del emisor y del receptor, quienes son los involucrados en las referencia a operaciones que generan la obligación de emitir y/o solicitar un comprobante fiscal, por lo que se debe tener muy presente en cada operación, ¿cuál es la figura que tenemos en la operación? Respecto del receptor del comprobante consideremos que las disposiciones fiscales generalmente establecen la obligación de contar con un comprobante con requisitos fiscales para dar efecto a alguna erogación, el artículo 27 de la LISR establece los requisitos que deben cumplir las deducciones autorizadas, a su vez en la fracción III se establece el requisito de “estar amparadas con un comprobante fiscal”. En el caso del emisor de los comprobantes debemos atender a lo establecido en el artículo 29 del CFF en el cual se establecen las obligaciones

Tesorero de la Comisión de Fiscal del CCPMICH.

Director del Área Fiscal en GCM Asociados Consultoría Jurídica y Fiscal. Certificado por el IMCP y la UIF. Considerado como uno de los Fiscalistas más Importantes de México, por la revista Defensa Fiscal.

que deben cumplir los contribuyentes obligados a la emisión de comprobantes cuando las disposiciones fiscales así lo establezcan, y este artículo, a su vez, remite al 29-A del mismo ordenamiento, en el que se señalan los requisitos que deben cumplir dichos comprobantes. Con la reciente reforma se adiciona al artículo 29-A el requisito de que los comprobantes fiscales deben “amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales” y en caso de carecer de este requisito se

considerarán comprobantes falsos para los efectos del CFF, tal situación lleva a modificar diversas disposiciones como lo son las facultades de las autoridades fiscales, las causales de restricción de Certificados de Sello Digital, así como las infracciones y sanciones que se originan por tal situación. Es importante considerar que derivado de la constante actualización en las versiones del CFDI la autoridad en tiempo real tiene conocimiento de las operaciones de los contribuyentes tanto

IMCP

Colegio de Contadores Públicos de Michoacán

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