Guía Justicia Digital
El desarrollo y el uso adecuado de las TIC re - presentan hoy un elemento crucial para el buen funcionamiento de los sistemas judiciales, contribuyendo a aumentar la transparencia, la eficiencia, el acceso y la calidad de los servi - cios prestados. La Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia 6 destaca que la innova- ción de las TIC en los sistemas judiciales euro- peos ha evolucionado por diferentes caminos, debido a tensiones entre distintos elementos que han conducido a resultados diferentes en los distintos contextos nacionales. Ejemplos de ello son las tensiones entre las soluciones locales y regionales, por una parte, y las cen- tralizadas, entre el desarrollo de herramientas especializadas frente a sistemas más globales y genéricos, la seguridad de los datos frente al acceso externo de los usuarios y el público, las competencias entre el Poder Ejecutivo en este ámbito y el Poder Judicial.
de su capacidad económica o técnica, dedica - ción profesional u otros motivos acreditados tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos) a co- municarse de forma electrónica con la Admi- nistración de Justicia. La concreción de esta habilitación se produjo con la entrada en vigor del Real Decreto 1065/2015, de 27 de no - viembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET. La obligación del uso de medios electrónicos recae desde el 1 de enero de 2016 sobre los órganos y ofici - nas judiciales, los fiscales y los profesionales de la justicia, y desde el 1 de enero de 2017 sobre el resto de los sujetos a que se refiere el artículo 4 del Real Decreto (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, así como notarios y registradores). El servicio LexNET, que empezó siendo un sistema de práctica de actos de comunicación con profesionales, hoy en día es utilizado en el ámbito competencial del Ministerio de Justicia y en la mayor parte de las comunidades autónomas con compe- tencias transferidas. Asimismo, la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, introdujo mejoras respecto del Real Decre- to-ley 16/2020, de 28 de abril, en lo relativo a la celebración de vistas y actos procesales mediante presencia telemática. En la actualidad el avance legislativo se centra en tres anteproyectos de ley. Junto a la introducción de elementos de mejora en la regulación de las subastas electrónicas, el Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficien - cia Procesal del Servicio Público de Justicia (ALMEPSPJ), aprobado el 15 de diciembre de 2020, planea la intensificación del uso de las vías de comunicación electrónica con la Administración de Justicia a través de varias medidas: reforma de la LEC a fin de hacer posible el primer emplazamiento de las perso-
Hitos legislativos en la digita- lización de la justicia española
En nuestro país uno de los hitos legislativos en la digitalización de la justicia fue la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comuni- cación en la Administración de Justicia (LUTI- CAJ). La ley estableció un marco tecnológico para el servicio público de justicia más allá de la utilización de herramientas tecnológicas concretas como el ordenador o los sistemas de gestión procesal, e introdujo conceptos como el Punto de Acceso General de la Admi- nistración de Justicia, la Sede Judicial Electró - nica, el Expediente Judicial Electrónico o las comunicaciones por medios electrónicos, así como organismos como el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electróni - ca (CTEAJE). La Ley 42/2015, de 5 de octubre, de Reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, introdujo las subastas judiciales electrónicas y habilitó la posibilidad de obligar a ciertos sujetos (personas jurídicas o colectivos de personas físicas que por razón
6. Véase el documento European judicial systems-CEPEJ Evaluation Report-2020 Evaluation cycle (2018 data), disponible en https://rm.coe.int/rapport- evaluation-partie-1-francais/16809fc058 , pp. 95 y ss.
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