Guía Justicia Digital

Guía Justicia Digital

lación del Esquema Judicial de Interoperabili - dad y Seguridad (EJIS). Para los fines de esta interoperabilidad resulta relevante el denomi- nado Test de Compatibilidad del CGPJ, que pretende establecer el grado de compatibilidad de los sistemas de gestión y su adaptación al EJIS, y supone una herramienta que incluye un conjunto de estándares que deben cumplir los sistemas de gestión procesales si quieren respetar el requisito de la interoperabilidad y compatibilidad y que facilitan el intercambio de información. A pesar de los esfuerzos, el Test de Compati- bilidad por ahora no ha logrado garantizar la plena interoperabilidad entre los sistemas de gestión procesal. 53 La mejora de la interopera- bilidad podría ofrecer una respuesta técnica a variados trámites, como exhortos entre juz - gados de testimonios de actuaciones, trami- tación de inhibiciones, etc. La Guía considera conveniente que el ALMEDSPJ proyecte el es - tablecimiento de la obligación de las Adminis- traciones competentes en materia de justicia de garantizar una interoperabilidad que permita la itineración de expedientes electrónicos y la transmisión de documentos electrónicos entre cualesquiera órganos judiciales o fiscales, la interoperabilidad de datos entre cualesquiera órganos judiciales o fiscales, así como un ser - vicio común, interoperable y personalizado de acceso a los servicios, procedimientos e infor- maciones accesibles de la Administración de Justicia que afecten a la ciudadanía. El logro de este objetivo supondrá un salto importante a favor de la eficiencia del sistema judicial en su dimensión interna. El objetivo de interconexión con otras Admi - nistraciones y con los registros encuentra hoy respuesta en el denominado Punto Neutro Judicial (PNJ), creado por el Consejo General del Poder Judicial. El PNJ permite el acceso de los órganos judiciales a distintas bases de datos: del Registro de Penados y Rebeldes, de la Seguridad Social, de la DGP, de la Agencia

Tributaria y de la Dirección General de Tráfico. También ofrece la posibilidad de consultar e interconectar a los Órganos Judiciales con terceras entidades (AA. PP., colegios profesio- nales, entidades financieras, registros, etc.). Esta red de servicios cumple en la actualidad un papel facilitador muy relevante en los trámites de averiguación de domicilio (de partes y de testigos, en su caso) y también de averiguación de patrimonio de personas eje- cutadas. Destaca la agilidad con la que puede tener lugar el embargo de cuentas bancarias. La facilitación de las comunicaciones seguras con los registros debería contribuir a intensi- ficar el papel de los tribunales en la adopción de medidas de ejecución a través de la reali - zación de comunicaciones a los registros. La interconexión entre los órganos jurisdicciona - les y las Administraciones muestra sin embar- go aspectos mejorables, sobre todo en lo rela- tivo a la remisión por las Administraciones de documentación en el curso de un proceso. El sistema de entrega en papel merma la eficien - cia en los procesos en que la documentación es requerida. La Guía valora de forma positiva la inclusión en el ALMEPSPJ de la obligación de la Administración de remitir el expediente administrativo a los órganos jurisdiccionales en soporte electrónico.

53. Véase el Plan de Acción Plurianual 2014-2018 relativo a la justicia en red europea (2014/C 182/02). Véase J. L. Parra García, «Modernización tecnológica del proceso judicial. Lecciones aprendidas en el contexto europeo», op. cit. , pp. 315-342.

37

Made with FlippingBook - Online Brochure Maker