Guía Justicia Digital

Guía Justicia Digital

pacto de la digitalización del proceso. Este tipo de estudios se han llevado a cabo en Estados Unidos y han arrojado información útil sobre los sesgos implícitos de los jueces. Por ejemplo, se ha descubierto que hay mayor disparidad en las decisiones de los jueces en los procesos presenciales que en los procesos online con respecto a la edad y la raza de las partes. 132 En concreto, examinaron las apelaciones sobre multas de tráfico realizadas en los tribunales y descubrieron que en los procesos presenciales los demandantes jóvenes y los de color recibían de promedio una multa mayor que cuando acu- dían al proceso online , el cual opera de manera asincrónica y por comunicaciones escritas don- de los jueces no ven los rasgos de las partes. Una de las principales razones por las que el CRT ha tenido tanto éxito es que no tiene al lado un tribunal convencional y, por tanto, los residen- tes en la Columbia Británica de Canadá están obligados a utilizar el sistema en algunas de las materias de la competencia del tribunal. Aunque este enfoque puede considerarse novedoso y discriminatorio, garantiza que el sistema se utilice con relativa facilidad, rapidez y a un coste mínimo. En la mayoría de los casos, las partes deben representarse a sí mismas, aunque se permita la representación y la asistencia jurídica. El diseño digital de un proceso no conviene que sea definido de forma definitiva desde el inicio. La experiencia ha de ser un factor valioso para influir sobre los cambios en el diseño. Como ejemplo, la plataforma europea ODR cambió su diseño tras comprobarse que muchas reclamaciones quedaban archivadas en su etapa final por falta de aportación del co - rreo electrónico de la empresa. Esto ha llevado a reconfigurar el proceso con el fin de solicitar los datos de la empresa en la fase inicial de la reclamación. Además, en 2019 esta platafor- ma integró dos nuevos módulos (de conver- saciones directas y de autoevaluación) que no quedaban definidos en el diseño original

En Inglaterra el OCMC comenzó con una fase piloto llamada Private Beta, donde las partes (demandante y demandado) solo podían acce- der por invitación del administrador del software cuando las partes cumplían con determinados requisitos (por ejemplo, ninguna de las partes contaba con asistencia legal). Al finalizar el proceso las partes son invitadas a rellenar un cuestionario. Durante esta etapa se realizaron cambios en el diseño del proceso para hacerlo más comprensible a los usuarios y se fueron incrementando de manera paulatina los ti- pos de demanda aceptados en esta fase (por ejemplo, el tipo de reclamaciones pecuniarias), los elementos del proceso que se incluían en el estudio (una fase de negociación online , una fase de mediación telefónica, etc.) y también el tipo de usuarios que podían usarla (por ejemplo, ampliándola a las partes con representación legal). Una vez finalizada esta etapa y realizadas las mejoras, el proceso piloto pasó a la siguien- te fase de Public Beta, donde las partes ya no accedían por invitación, pudiendo acceder al proceso piloto todos aquellos que cumplieran con los requisitos establecidos y sin necesi- dad de recibir una invitación previa. Esta etapa también se fue ampliando de manera paulatina, elaborando mejoras del proceso, antes de su lanzamiento final. El uso de una etapa piloto sobre un proceso judicial ya existente conlleva el funcionamiento paralelo de dos sistemas, el online y el offline . Debe reconocerse que el uso de dos procesos paralelos, uno online y otro offline , comporta gastos adicionales de gestión y administración. Pero el lanzamiento de un proceso piloto digital de manera paralela a un proceso presencial ofrece importantes ventajas con respecto a su estudio, lo cual puede revertir en el desarrollo de un proceso más justo y efectivo. La experiencia con el proyecto piloto permite mejorar el nuevo proceso online y también ofrece la oportunidad de realizar estudios comparados sobre el im-

132. A. Mentovich, J. J. Prescott y O. Rabinovich, «Are litigation outcome disparities innevitable? Courts, technology, and the future of impartiality», Alabama Law Review, n.º 71 (2020), pp. 893-979. 133. F. Esteban de la Rosa, «¿Quo vadis plataforma europea de resolución en línea de litigios de consumo? Nuevos pasos en la instauración de un acceso universal digital a la justicia alternativa de consumo en Europa», en F. Esteban de la Rosa (dir.), Justicia digital, mercado y resolución de litigios de consumo, op. cit., pp. 35-60.

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