Guía Justicia Digital
Esta Guía pretende promover el diálogo so - bre la incorporación y el uso de herramientas tecnológicas al sistema público de justicia en el contexto del impacto de la cuarta revolución industrial. 1 Se dirige al conjunto de la sociedad y, especialmente, a los poderes públicos con competencia sobre la materia, a los profesio- nales de la Administración de Justicia, a la aca- demia y a los desarrolladores de herramientas tecnológicas. Se trata de uno de los catorce proyectos seleccionados (de entre más de setecientas candidaturas) en la tercera convocatoria del Programa de Innovación Abierta de la Funda- ción Cotec, lanzada en 2019. La transición digital comporta la incorporación a la maquinaria judicial de herramientas que permiten la digitalización de procedimientos, la celebración de audiencias telemáticas o incluso la toma de decisiones sin intervención humana mediante el empleo de inteligencia ar- tificial (IA). La tecnología DLT (librerías digitales distribuidas), y más en su versión avanzada de blockchain (cadena de bloques), basada en la descentralización, inmutabilidad, transparencia y seguridad, ha abierto una nueva dimensión para la mejora del funcionamiento de los siste- mas de justicia. La imbricación de las nuevas herramientas en un nuevo diseño del sistema de justicia consti-
tuye un elemento fundamental para favorecer la mejora del acceso a la justicia, la preven- ción y contención de litigios, una gestión más eficiente de los casos (en forma de simplifi - cación de los trámites, de agilización de los tiempos judiciales y de reducción de costes) y la eliminación de barreras físicas y temporales, así como la evitación de traslados, demoras y costes emocionales. Las iniciativas de digitalización de la justicia favorecen el logro del objetivo número 16 de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, de promoción de sociedades justas, pacíficas e inclusivas. La Unión Europea lleva más de una década impul - sando este objetivo. 2 La Comisión Europea ha presentado la comunicación denominada La di- gitalización de la justicia en la Unión Europea: un abanico de oportunidades . 3 En ella se reconoce que queda mucho por hacer para seguir refor- zando la resiliencia de los sistemas judiciales e incrementando su capacidad para trabajar en línea. Por ello, se anima a los Estados a aprove - char los mecanismos de financiación europeos y se propone un marco de iniciativas dirigidas a establecer requisitos de digitalización para promover el acceso a la justicia, el logro de herra- mientas informáticas que puedan desarrollarse a corto o medio plazo y utilizarse en todos los Estados miembros, y garantizar la interoperabili - dad, así como la promoción de los instrumentos nacionales de coordinación y supervisión.
1. Véase K. Schwab, La cuarta revolución industrial, Editorial Debate, 2016. También S. Barona Villar, «Maximización de la eficiencia y búsqueda de la celeridad en el arbitraje: Entre el mito, la sublimación y la cuarta revolución industrial (4.0)», Revista de Arbitraje Comercial e Inversiones, n.º 1, vol. XI, 2018, pp. 17-53. 2. Véase el documento 11599/20 del Consejo de la Unión Europea de 8 de octubre de 2020, denominado Acceso a la justicia: aprovechar las oportunidades de la digitalización, disponible en el enlace https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-11599-2020-INIT/es/pdf , así como el documento Conclusiones del Consejo «Acceso a la justicia: aprovechar las oportunidades de la digitalización» de 13 de octubre de 2020. DO C 3421 de 14 de octubre de 2020. 3. Véase la comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones La digitalización de la justicia en la UE: un abanico de oportunidades, de 2 de diciembre de 2020, disponible en https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ TXT/?uri=CELEX:52020DC0710.
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