Guía Justicia Digital

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parencia y eficiencia en los procesos judiciales, tal y como recoge la Carta Ética Europea sobre el uso de la inteligencia artificial. La propuesta de reglamento contempla dife- rentes tipos de control de conformidad. Para el caso de los sistemas de IA para la Administra- ción de Justicia, se contempla un procedimien- to de evaluación de la conformidad funda- mentado en un control interno que aparece regulado en el Anexo VI de la propuesta de Reglamento. Cuando se utilicen sistemas de identificación biométrica remota es necesario tener en cuenta que para estos sistemas que- dan sujetos a un procedimiento de conformi- dad conducido por un tercero. La propuesta de reglamento contempla también un régimen de supervisión y obligaciones de información para garantizar que, una vez que los sistemas de IA estén en el mercado, las autoridades tengan los medios y la competencia para intervenir en el caso de que dichos sistemas generen riesgos inesperados.

184. El texto puede consultarse aquí: https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2020-0275_EN.html#title1 . 185. En la lista de la propuesta de Reglamento se incluyen los siguientes usos como de alto riesgo: a) aplicaciones biométricas; b) gestión y operación de infraestructuras críticas; c) acceso y evaluación en educación y formación profesional; d) empleo y acceso al autoempleo; e) acceso y disfrute de servicios esenciales privados, servicios públicos y beneficios sociales; f) aplicación de la ley, en concreto, evaluación de riesgos individuales y sistemas utilizados por las autoridades públicas, como el polígrafo; g) sistemas para comprobar la veracidad de pasaportes y otra documentación, o el examen de las solicitudes de asilo, visa o permiso de residencia; y h) sistemas de asistencia a las autoridades judiciales en la investigación e interpretación de los hechos y del derecho.

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