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EL DERECHO DE AUTOR Y SUS LÍMITES
que dejara abierta la posibilidad de establecer excepciones a este dere- cho en las normativas de los distintos miembros, pero esta proposición no prosperó porque se temía que se pudiera interpretar de forma tal que incentivara la creación de más excepciones, incluso en lugares donde no existieran aún. Para resolver esta cuestión, se acordó aprobar el nuevo derecho de ejecución pública sin una excepción expresa, aunque con el reconocimiento implícito de que ellas pudieran ser consagradas en las legislaciones internas, en casos especiales como los que ya estaban previstos en varias de ellas 7 . Se ha entendido que esta solución —claro antecedente del “ three-step test ”— se sustenta en la llamada doctrina de la reservas menores ( minor reservations ) 8 y en el principio según el cual el derecho no se ocupa de la cosas pequeñas ( de minimis non curat lex o de minimis como se le menciona de forma abreviada) 9 . feriados: S. R icketson y J. C. G insburg , International Copyright and Neighbouring Rights: The Berne Convention and Beyond , I, pág. 830. 7 De acuerdo con el subcomité encargado del estudio de los artículos en cuestión, las excepciones que estaban consagradas para determinados casos especiales en ciertos miembros de la unión no tenían gran significación internacional, por lo que recomen- daban que este tema no quedara plasmado en el texto del Convenio, sino en el reporte general. El relator dejó consignada la recomendación, aunque con un lenguaje propio y general, con el alegado propósito de no afectar el principio del derecho protegido: ibid., págs. 831-832. 8 Para algunos, el término “reservas menores” no es adecuado en este caso, dado que no cumple con los elementos que se le atribuyen a las reservas a tratados interna- cionales como ha sido definido por la Convención de Viena, prefiriéndose la expresión “pequeñas excepciones” o “excepciones menores” (“ minor exceptions ”): OMC, Informe del Grupo Especial, WT/DS160/R, 2000, § 6.49; M. F icsor , “How much of what? The “three-step test” and its application in two recent WTO dispute settlement cases”, en Revue Internationale du Droit d’Auteur [RIDA] , núm. 192, 2002, págs. 111-251, esp. 209; M. S enftleben , Copyright, limitations and the three-step test: An Analysis of the Three-step Test in International and EC Copyright Law , pág. 44. Este autor explica que el término se ha seguido usando como sinónimo de ciertas limitaciones implícitas al derecho de autor. 9 Uno de los elementos que caracterizaría a estas reservas menores sería el de la ausencia de ánimo de lucro y en ese sentido se le ha identificado con instituciones tales como el “ fair use ” y el “ fair dealing ”: M. S enftleben , Copyright, limitations and the three-step test: An Analysis of the Three-step Test in International and EC Copyright Law , pág. 47. En todo caso, se ha llamado la atención sobre el hecho de que ni en los informes de la Conferencia de Bruselas ni en los correspondientes a la de Estocolmo se define el alcance preciso de las excepciones que pueden establecerse en las legislaciones nacionales: OMC, Informe del Grupo Especial, WT/DS160/R, 2000, § 6.93.
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