El derecho de autor y sus límites

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EL DERECHO DE AUTOR Y SUS LÍMITES

en sus sistemas de protección de obras, como ocurre con el fair use es- tadounidense y, en menor medida, con el fair dealing que rige en otros países con tradición de common law . Teniendo en cuenta estas observaciones, se expondrán a continuación los principales desarrollos normativos comunitarios y nacionales refe- rentes a la implantación del “ three-step test ”, comenzando por Europa, cuya legislación comunitaria ha influido de manera importante en las disposiciones nacionales de sus miembros y en las de otras jurisdiccio- nes fuera del continente. El estudio continuará con una revisión de los ordenamientos latinoamericanos, divididos en sus bloques económicos y geográficos, y finalizará con la mención a otros ordenamientos de Asia, África y Oceanía que han incorporado parte o la totalidad del test en sus legislaciones, además de haber intentado la interacción jurídica de esta prueba con las instituciones del fair dealing y el fair use . 2. E l test en la normativa europea Tratar de sistematizar los hallazgos acerca de la influencia del “ three- step test ” sobre los países del continente europeo no es tarea fácil. En primer lugar, porque en Europa conviven distintos sistemas de protección de propiedad intelectual, evidentemente influenciados por las diversas tradiciones jurídicas de sus Estados, desde el copyright inglés hasta el droit d’auteur francés y el derecho de autor de raigambre alemana. En segundo término, porque no todos los países forman parte de la Unión Europea, cuyas normativas (principalmente directivas) han ayudado a estructurar los ordenamientos vigentes en materia de derecho de autor. Finalmente, porque la disparidad de índices de desarrollo económico y la suscripción de tratados bilaterales y multilaterales de comercio (como el de la OMC ) pueden influir en la ampliación o limitación del alcance de sus compromisos internacionales en materia de propiedad intelectual. No obstante lo anterior, en las siguientes páginas se buscará presentar la situación del “ three-step test ” —tanto en el ámbito comunitario como nacional— poniendo de presente los elementos en común y las divergen- cias resultantes de las tradiciones jurídicas particulares.

A) Las directivas armonizadoras de la Unión Europea

El “ three-step test ” se introdujo por primera vez en la normativa comunitaria mediante la Directiva que reguló la protección jurídica de los programas de computador en 1991 2 . En particular, los pasos dos y

2 Directiva 91/250/CEE sobre protección jurídica de los programas de ordenador.

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