El derecho de autor y sus límites

LA INCORPORACIÓN DEL TEST A LOS ORDENAMIENTOS COMUNITARIOS Y NACIONALES 145

como del artículo 5(5) generaron la duda sobre si esta nueva versión euro- pea del “ three-step test ” estaba dirigida tanto a jueces como a legisladores, o si los únicos destinatarios eran estos, tal como podía interpretarse que había sido dispuesto por los instrumentos internacionales que habían con- sagrado previamente el test 13 . La discusión académica, sin embargo, fue pronto opacada por los efectos prácticos que tuvo el artículo 5(5) cuando distintos países pertenecientes a la Unión Europea transpusieran dicho artículo en sus legislaciones internas, lo que supuso que se convirtiera en una norma de derecho sustantivo que debía ser tenida en cuenta por los jueces de tales Estados al momento de interpretar las excepciones y limitaciones. Adicionalmente, ciertos tribunales nacionales —algunos pertenecientes a países que no incorporaron expresamente el test dentro de su legislación— sí lo utilizaron como mecanismo de interpretación en casos en los que se debatía el correcto uso de excepciones y limitaciones 14 . Tanto la incorporación del test a las legislaciones nacionales como su interpretación en ciertos casos por los correspondientes tribunales serán examinadas más adelante en este trabajo.

B) La adopción del test en los países con tradición de “droit d’auteur”

Una de las principales funciones de la Directiva de Derecho de Autor consiste en armonizar la normativa en esta materia en los distintos países miembros 15 . En lo que respecta a las excepciones y limitaciones, se puede observar que los países más representativos de la tradición de normal de su obra o prestación. El establecimiento de dichas excepciones o limita- ciones por los Estados miembros debe, en particular, reflejar debidamente el creciente impacto económico que pueden tener las mismas a la luz de los avances logrados en la electrónica. Por consiguiente, puede resultar necesario limitar aún más el alcance de determinadas excepciones o limitaciones en lo tocante a ciertas nuevas utilizaciones de obras protegidas por derechos de autor y prestaciones protegidas por derechos afines a los derechos de autor”. 13 Para un recuento de los argumentos que sustentan las posturas mencionadas, ver entre otros: J. G riffiths , “The “three-step test” in European Copyright Law. Problems and solutions”, págs. 3-4; C. G eiger , “From Berne to National Law, via the Copyright Directive: The Dangerous Mutations of the Three-step Test”, págs. 488-489; H. C o - hen J ehoram , “Restrictions on Copyright and their Abuse”, págs. 363-364; J. O liver , “Copyright in the WTO: The Panel Decision on the Three-Step Test”, Columbia Journal of Law & the Arts 25, 2002, págs. 119-179, esp. 138-139. 14 Cfr. P. B. H ugenholtz y R. L. O kediji , “Conceiving an International Instrument on Limitations and Exceptions to Copyright. Final Report.”, pág. 18. 15 Cfr. M. S enftleben , Copyright, limitations and the three-step test: An Analysis of the Three-step Test in International and EC Copyright Law , pág. 254. De acuerdo con el autor, el otro gran objetivo de esta directiva es poner a tono la normativa europea

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