El derecho de autor y sus límites

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EL DERECHO DE AUTOR Y SUS LÍMITES

nube. Otros artículos dentro de la ley hacen también mención al test, pero su objetivo es todavía más acotado, ya que están dirigidos a excep- ciones específicas. Por último, dentro de este grupo de países herederos de la tradición de droit d’auteur en Europa, la situación de Bélgica 38 es particular por- que, a pesar de no incluir una disposición que aplique el “ three-step test ” de manera general, si establece una lista cerrada de excepciones, muy detallada, en cuya confección seguramente influyeron los criterios del test. Sin embargo, en varias de las excepciones se encuentra referencia explícita a los pasos dos y tres del test 39 , mientras que en algunas sólo menciona el segundo paso 40 . También se encuentran constantes referen- cias a otros juicios de razonabilidad que tienen su raíz en el Convenio de Berna como la medida justificada o los usos honestos 41 , sin que se lleguen a definir estos últimos. Finalmente, de manera similar a como ocurre en los regímenes cercanos al derecho de autor alemán, se pueden observar varias disposiciones que estatuyen la necesidad de pagar una remuneración equitativa por ciertos usos permitidos. La mayoría de las excepciones ya se encontraban definidas de esta forma en la ley de 1994 (con el ajuste que se hizo en abril de 1995) pero en la reforma del año 2005 se adicionaron algunas excepciones (v. gr. a favor de los discapacitados) junto con la correspondiente referencia al “ three-step test ”. Recapitulando, prácticamente en todas las legislaciones de los países europeos con tradición de droit d’auteur , con la excepción de Bélgica —que en algún momento estuvo bajo el dominio austriaco y tiene cercanía con Alemania—, se puede comprobar la incorporación del “ three-step test ” como elemento condicionante general del ejercicio de las excepciones y limitaciones que ellas mismas han definido. Asimismo, es posible verificar que en la mayoría de tales versiones nacionales del test se reiteran únicamente los pasos dos y tres —en ese orden, excepto en el caso español— en el entendido que las mismas legislaciones, siguiendo el ejemplo de la Directiva de 2001, optaron por definir una lista cerrada o taxativa de excepciones y limitaciones, es decir, de aquellos “casos es- peciales” en los que sería permitido el uso excepcional. Esta interacción entre lista cerrada y criterios del test tendría como efecto final crear una limitación o restricción adicional al ejercicio de las limitaciones.

38 Leyes en la materia de 1994 y 2005. 39 Ver, por ejemplo, arts. 8°, 11 y 79 bis. 40 Ver, por ejemplo, arts. 4°. A, 4° ter, 4° quater. 41 Ver, por ejemplo, art. 3°.

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