168
EL DERECHO DE AUTOR Y SUS LÍMITES
tanto para definir el concepto de “usos honrados” 104 como para establecer restricciones al ejercicio de las limitaciones y excepciones expresamente definidas en la norma 105 . En la definición de “usos honrados” se utiliza un lenguaje similar al de la Decisión 351 de la Comunidad Andina, pero se conserva el adjetivo “injustificado” de las versiones originales del test y toma en cuenta no sólo los intereses legítimos del autor sino también los de otros titulares de derechos. Por su parte, la disposición general que utiliza los pasos del test como criterio interpretativo de todas las li- mitaciones allí enunciadas expresa que ellas deben entenderse de manera restrictiva, mientras que el tercer criterio lo refiere exclusivamente a los intereses del titular y no a los del autor, que en muchos casos pueden ser personas diferentes. En la revisión de las legislaciones de Centroamérica y el Caribe se puede observar entonces que todas ellas mencionan el “ three-step test ” de una u otra forma, desde el tímido tratamiento que le dan algunas que circunscriben el test a las excepciones de reproducción para uso personal y para propósitos didácticos o cuando se valen de sus criterios para definir los “usos honrados” y “lícitos”, hasta el papel de criterio interpretativo y restrictivo que le atribuye el ordenamiento dominicano y, en menor medida, el mexicano. 4. L as múltiples funciones del test en el derecho comparado En la medida que el “ three-step test ” ha sido consagrado en distintos instrumentos internacionales multilaterales, tales como el Convenio de Ber- na, el ADPIC y el TODA , y que, además, ha sido incluido en varios tratados de libre comercio bilateral, su adopción en las legislaciones nacionales es cada vez más común, aunque su alcance difiera de una jurisdicción a otra. Fuera del ámbito europeo y latinoamericano, también es posible identificar otros ordenamientos que han adoptado internamente el test o que se han inspirado en uno o varios de sus criterios al momento de regular lo concerniente con las limitaciones y excepciones al derecho de autor. En algunos países se utiliza el test como guía para la definición de nuevas excepciones. Dentro de estos se encuentra, por ejemplo, Suráfrica, que permite en su legislación de copyright 106 la realización de reproduc- 104 “Art. 16: […] 31. Usos honrados: Los que no interfieren con la explotación normal de la obra ni causan perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor o del titular del respectivo derecho”. 105 “Art. 30. Las limitaciones y excepciones al derecho de autor son de interpre- tación restrictiva y no podrán aplicarse en forma tal que atenten contra la explotación normal de la obra o causen un perjuicio injustificado a los intereses del titular del respectivo derecho”. 106 Copyright Act 98 de 1978.
Made with FlippingBook. PDF to flipbook with ease