El derecho de autor y sus límites

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EL DERECHO DE AUTOR Y SUS LÍMITES

Tanto los comentarios de G insburg como los previos del Panel sobre su interpretación inicial fueron tenidos en cuenta por R icketson al plantear un giro en su posición. En un estudio publicado en 2002, el tratadista australiano consideró que cuando el Panel rechazó su inter- pretación del primer paso, lo hizo en razón de las diferencias existentes entre la versión del test contenida en el ADPIC y la correspondiente en el Convenio de Berna y porque el Panel debía tener en cuenta las inter- pretaciones previas del Órgano de Apelación de la OMC en las que había rechazado juicios de interpretación en los que se tuvieran en cuenta ob- jetivos o propósitos buscados por los legisladores nacionales 31 . Después de calificar la postura del Panel como “cautelosa” y aclarar que tanto los comentarios de éste como los de G insburg estaban más dirigidos al test del ADPIC que al test de Berna, R icketson decidió que era difícil —ade- más de superfluo— reiterar su posición sobre la necesidad de tener en cuenta los elementos de política pública subyacentes en las excepciones para interpretar el primer paso. En su opinión, comoquiera que el obje- to y los propósitos del Convenio de Berna son más restringidos que los del ADPIC , la exigencia de que las excepciones y limitaciones sólo pue- dan establecerse en “determinados casos especiales” tendría un significado diverso en los dos tratados internacionales por lo que concluyó que, respecto del primer criterio, no se exige que la excepción se encuentre justificada en una política pública específica o en una circunstancia ex- cepcional 32 . de esta clase en el texto del ADPIC. Sin embargo, la profesora llama la atención sobre el hecho de que ninguna excepción, sin importar lo valiosa o importante de la política que la justifica, pasará el test si no cumple con los otros dos pasos. Por ello, cuando el Panel rechazó el componente normativo del primer paso, habría evitado enredarse en la evaluación de los méritos o sustento de las decisiones autónomas nacionales (que podrían ser el resultado de presiones de grupos poderosos), sobre todo teniendo en cuenta que las malas medidas políticas pueden ser rectificadas por medio de los pasos dos y tres: J. C. G insburg , “Toward Supranational Copyright Law? The WTO Panel Decision and the ‘Three-Step Test’ for Copyright Exceptions”, págs. 11-12. 31 S. R icketson , The three-step test, deemed quantities, libraries and closed exceptions , pág. 29 y nota 64 correspondiente. Allí mismo reconoció que habían sido pocos los que habían compartido su opinión inicial, dentro de los que mencionó a F icsor , R einbothe y von L ewinski . 32 Ibid., págs. 30-32. Por su parte, S un ha dado cuenta del giro en la posición de R icketson y ha manifestado que la interpretación del primer paso por parte del Panel parece “razonable” en este punto: H. S un , “Overcoming the Achilles Heel of Copyright Law”, Northwestern Journal of Technology and Intellectual Property 5, núm. 2, 2007, págs. 265-331, esp. 283.

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