El derecho de autor y sus límites

LA FORMA COMO HAN SIDO INTEPRETADAS LAS CONDICIONES DEL TEST

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Aunque no se cuenta con evidencia cierta sobre el particular, es probable que el cuarto factor del fair use haya influido en la manera como debían considerarse los aspectos económicos y de mercado en el que llegaría a ser el “ three-step test ” 36 . La particular importancia que se le había otorgado a la protección de los derechos patrimoniales en la discusión de las modificaciones al Convenio de Berna influyó para que el comité encargado del tema en Estocolmo decidiera cambiar el orden de los criterios que debían ser evaluados, de manera que el relacionado con la no afectación de la ex- plotación normal de la obra pasó a un lugar de privilegio, después de la verificación del carácter excepcional de la limitación analizada. En todo caso, en el comité se encargaron de realzar el papel de este criterio al proponer un ejemplo en el que lo primero que debía ser evaluado era si se afectaba o no la explotación económica de la obra, antes de establecer si se causaba un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor, para finalmente examinar si se trataba de un caso especial. Este primer lugar que le concedió el comité redactor al segundo paso se vio refleja- do posteriormente en la jurisprudencia y en la mayoría de legislaciones nacionales que han adoptado el test que, al desestimar el primer paso, ubican el de la explotación normal en lugar inicial y privilegiado 37 . En lo que se refiere a la manera como se encuentra redactada la condición propiamente dicha, el significado de “explotación” no tiene mayor inconveniente dado que se trata de un término que tiene un sen- tido similar en los distintos idiomas oficiales del Convenio de Berna, seguramente porque todos ellos encuentran su raíz común en la palabra francesa “ exploiter ” que alude a “sacar provecho [de algo]” 38 . Teniendo en cuenta lo anterior, “explotación” es la “acción y efecto de explotar” 39 , expresión que a su vez significa “sacar utilidad o provecho de un negocio o industria en provecho propio” 40 , lo que en el ámbito del derecho de 36 Ver M. S enftleben , Copyright, limitations and the three-step test: An Analysis of the Three-step Test in International and EC Copyright Law , pág. 113; K. J. K oel - man , “Fixing the Three-Step Test”, pág. 410. En todo caso, es importante aclarar que para el momento en que fue adoptado el test por vez primera (1967), el fair use seguía siendo una doctrina jurisprudencial (que venía siendo construida desde 1841), ya que sólo hasta 1976 tendría rango legal al ser consagrada como artículo ( section ) 107 de la Copyright Act de Estados Unidos.

37 Ver el estudio comparado del Capitulo v supra . 38 Diccionario de la Real Academia Española, 22ª ed.

39 Ibid . 40 Ibid .

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