LA FORMA COMO HAN SIDO INTEPRETADAS LAS CONDICIONES DEL TEST
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límites o cuando se exija atribución de autoría o un pago por ese uso. A partir de lo anterior, R icketson concluye que la expresión “perjuicio injustificado” (“ do not unreasonably prejudice ”) debe ser interpretado en el sentido que el perjuicio a los intereses legítimos puede ser sustancial o material, aunque no debe ser irrazonable en el sentido de ser despro- porcionado. Lo anterior implicaría que un perjuicio irrazonable podría ser evitado por la imposición de ciertas condiciones al uso exceptuado, incluyendo el pago de una remuneración 120 . S enftleben también alude a la condición de la “injustificación” o “irrazonabilidad” de los perjuicios, equiparando dichos conceptos con lo “desproporcionado”, lo “excesivo” o “extravagante”, por lo que el perjuicio que podría causar una excepción a la luz del “ three-step test ” debería ser proporcionado, adecuado o apropiado para las circunstancias o propósitos para los que se haya establecido, en el marco del sistema autoralista 121 . Por ello afirma que, aunque la limitación ayude a lograr fines sociales valiosos, el perjuicio a los legítimos intereses del autor no puede ser desproporcionado. En este sentido, el detrimento a los autores debería estar razonablemente relacionado con el beneficio de los usuarios por lo que el margen de maniobra creado por cada legislación nacional en favor de los usuarios debería mantenerse dentro de los límites razo- nables 122 . Finalmente, sobre la posibilidad de que el tercer paso abra la puerta para establecer licencias obligatorias, S enftleben se muestra de acuerdo pero aclara que no siempre se debe definir el pago de una remu- 120 Cfr. Ibid., págs. 40-41. R icketson , así como lo hizo el Panel y otros comen- taristas del test, sustentan la posibilidad de otorgar licencias obligatorias para cumplir con el tercer paso en lo anotado en el ejemplo de las fotocopias en los registros de las reuniones del Comité Principal I en la Conferencia de Estocolmo. En su parecer, nada en el art. 9(2) del Convenio de Berna impediría que se pudieran permitir reproducciones exceptuadas imponiendo un determinado pago o pidiendo el reconocimiento de autoría, máxime si para la época en que se creó el “ three-step test ” muchas legislaciones ya tenían establecidas licencias obligatorias, por lo que no parecía lógico que se buscara que esas licencias fueran excluidas de la disposición. 121 Cfr. M. S enftleben , Copyright, limitations and the three-step test: An Analysis of the Three-step Test in International and EC Copyright Law , pág. 235. 122 Para resolver lo anterior, S enftleben acude nuevamente al principio de ade- cuación para concluir que establecer una carga a los autores con una limitación inútil, que no sirviera para alcanzar los fines propuestos, se constituiría en un claro ejemplo de un perjuicio irrazonable (e injustificado). Para complementar su razonamiento, el autor holandés también se ha valido del test de necesidad para expresar que la limitación debe causar el menor perjuicio posible en comparación con el que causarían otros medios disponibles para alcanzar los objetivos propuestos. En consecuencia, se presentaría un perjuicio irrazonable si la alternativa que causara menos daño no fuera escogida, aun cuando existieran otras alternativas similares: ibid., pág. 236.
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