El derecho de autor y sus límites

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EL DERECHO DE AUTOR Y SUS LÍMITES

tercer paso del test y mitigar los perjuicios causados, era preciso regular el pago de una “compensación equitativa” en favor de los titulares de derechos, cuando se fuera a establecer o ejercer una excepción de copia privada en el ámbito nacional. Por otro lado, en el caso Vegab v. Barcanova se reconoció que la inclusión de ilustraciones de obras plásticas representadas por la de- mandante en libros de texto editados por la demandada podía causarle un perjuicio pero, de la misma manera, afirmó que el mismo no podía calificarse como injustificado por cuanto estaba soportado en finalidades educativas y docentes 131 . Quizás una de las decisiones judiciales donde se ha precisado más el alcance de este tercer criterio de test es el caso Modificación de pro- yectos arquitectónicos , resuelto por la Corte Constitucional colombiana en respuesta a una demanda de inconstitucionalidad contra la excepción correspondiente prevista en la legislación de derecho de autor. En pa- labras de la Corte: “[c]on la limitación se pretende evitar un perjuicio injustificado a los legítimos derechos e intereses del titular, es decir, que si bien se reconoce el perjuicio que puede ocasionar al autor la limitación establecida lo cierto es que este debe estar justificado. Entonces, cuando el artículo 43 de la Ley 23 de 1982 reconoce la posibilidad de ocasionar un perjuicio al honor o reputación del autor con la modificación de la obra arquitectónica, aquel no puede ser injustificado. En este caso la justificación para la Corte se encuentra, como se esbozó en el numeral anterior, en la protección del derecho de propiedad […], así como en la garantía del derecho a la vivienda […], al respeto del interés general (...), entre otros” 132 . Como se observa, aun cuando en la parte inicial del fragmento transcrito no se especifica cuáles son los intereses legítimos que deben ser protegidos (los del titular o los del autor), la Corte aclaró que ellos podrían sufrir perjuicio siempre que estuviera justificado, en este caso, por otros derechos e intereses generales. En todo caso, uno de los as- pectos más relevantes de este fallo es que abrió la posibilidad para que pudieran limitarse (y en ese sentido, “perjudicarse”) intereses distintos de los meramente patrimoniales, como en este caso el derecho moral de integridad. Sin embargo, la Corte advirtió que en este caso la norma de- mandada conciliaba los intereses patrimoniales del titular y los morales conexos previsto en la Directiva 2006/115/CE se pronunció el Tribunal en: Caso Pho- nographic Performance v Irlanda (Irlanda), Tribunal de Justicia de la Unión Europea, C-162/10 (15 marzo 2012). 131 Cfr. Caso Vegab v. Editorial Barcanova . 132 Cfr. Caso Modificación de proyectos arquitectónicos .

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