El derecho de autor y sus límites

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EL DERECHO DE AUTOR Y SUS LÍMITES

de las cosas que ha encontrado en dicho estado. Particularmente, en el § 27, se anota: “Aunque la tierra y todas las criaturas inferiores pertenecen en común a todos los hombres, cada hombre tiene, sin embargo, una propiedad que pertenece a su propia persona; y a esa propiedad nadie tiene derecho, excepto él mismo. El trabajo de su cuerpo y la labor producida por sus manos podemos decir que son suyos. Cualquier cosa que él saca del es- tado en que la naturaleza la produjo y la dejó, y la modifica con su labor y añade a ella algo que es de sí mismo, es, por consiguiente, propiedad suya. Pues al sacarla del estado común en el que la naturaleza la había puesto, agrega a ella algo con su trabajo, y ello hace que no tengan ya derecho a ella los demás hombres. Porque este trabajo, al ser indudable- mente propiedad del trabajador, da como resultado el que ningún hombre, excepto él, tenga derecho a lo que ha sido añadido a la cosa en cuestión, al menos cuando queden todavía suficientes bienes para los demás” 2 . Para L ocke , las cosas pertenecen en común a todos los hombres en el estado de naturaleza ( res in commune ), pero si un hombre trabaja sobre ellas y les añade algo de su propia persona, las hace suyas y excluye de su disfrute a los demás, siempre que queden suficientes bienes para satisfacer las necesidades del resto de la humanidad. En otros apartados del mismo capítulo, L ocke explicará que, dado que cada persona sólo sería capaz de apropiarse de aquello que trabaje, no podrían existir conflictos sobre los bienes porque no se acumularían excesivamente, en la medida que sólo se utilizarían para suplir las propias necesidades, y lo que excediera sería de los otros 3 . Los problemas respecto de la propiedad sobrevendrán con el advenimiento del dinero, dado que, con su uso, algunos hombres tendrán capacidad de acumular cosas en exceso, requiriéndose, por tanto, de la definición de reglas y procedimientos por la sociedad para dirimir las consecuentes disputas 4 . Aunque, como se observa, L ocke no se refirió expresamente a la propiedad intelectual, el pasaje transcrito y demás apartados del capítulo dedicado a la propiedad han sido constantemente citados para calificar a esta institución jurídica como de Derecho natural 5 . Así lo que expresa 2 J. L ocke , Segundo tratado sobre el gobierno civil , trad. de C. M ellizo , Madrid, Tecnos, 2010, § 27. Se consultó la versión en inglés de la siguiente edición: J. L ocke , Two Treatises of Government , Cambridge University Press, Cambridge, 1994. 3 Cfr. J. L ocke , Segundo tratado sobre el gobierno civil , § 31. 4 Cfr. Ibid. §§ 45-51. 5 Ver, entre otros: R. P. M erges , P. S. M enell y M. A. L emley , Intellectual property in the new technological age , Aspen Publishers/Wolters Kluwer Law & Business, New York, 2007, págs. 2-6; C. M ay , The Global Political Economy of Intellectual Property

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