El derecho de autor y sus límites

32

EL DERECHO DE AUTOR Y SUS LÍMITES

En la actualidad, la ley alemana en esta materia protege expresamente tanto el componente personal como el patrimonial del autor respecto de su obra (art. 11) y consagra un completo catálogo de limitaciones a los derechos exclusivos del autor (Sección 6), muchas de ellas coinciden- tes con las previstas en la Directiva europea de 2001 y sustentadas en razones de interés público o bien común ( Gemeinwohl ) 69 .

5. T ras una protección más allá de las fronteras : la internacionalización del derecho de autor

En la medida que las obras protegidas en una determinada juris- dicción —bajo un particular sistema jurídico— fueron traspasando las fronteras, se hizo patente la necesidad de contar con instrumentos interna- cionales que permitieran otorgar una protección extraterritorial, adicional a la local 70 . Después de varias iniciativas 71 , el Convenio de Berna se constituyó en el instrumento de mayor acogida e impacto internacional, al fijar los mínimos de protección que debían otorgar sus miembros a los autores y demás titulares de derechos. En sus disposiciones se incorpo- raron los principios y lineamientos básicos sobre la materia, incluyendo el principio de trato nacional, las personas protegidas y los derechos de 69 Se puede consultar la versión actualizada de la Ley de Derecho de Autor en el sitio del Ministerio de Justicia alemán: http://www.gesetze-im-internet.de/urhg/. 70 Los autores y titulares europeos, especialmente los franceses veían con preo- cupación cómo sus obras eran copiadas en otros países sin su autorización y sin recibir remuneración alguna. Además, los ordenamientos locales sobre la materia eran formalis- tas, disparejos y, en muchos casos, incompletos. Cfr. J. C avalli , Génesis del Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas del 9 de septiembre de 1886 , 11 (prefacio de J oseph V oyame ); C. C hinni , “The droit d’auteur versus the economics of Copyright: implications for American law for accession to the Berne Convention”, Western New England Law Review 14, núm. 2, 1992, págs. 145-174, esp. 146. 71 La necesidad sobre una legislación internacional que otorgara protección a los autores de obras literarias y artísticas llevó a la celebración de un número significativo de tratados bilaterales por países europeos entre 1840 y 1884, y dos más entre España y El Salvador, y España y Colombia, en 1884 y 1885, respectivamente. De igual forma, a partir de 1858 en Bélgica, y posteriormente en París y otras capitales europeas (estos últimos, por impulso de la Asociación Literaria y Artística Internacional - ALAI) se realizaron congresos en los que se discutió la conveniencia de proteger internacional- mente el derecho de autor. Finalmente, los resultados de los congresos se reflejaron en las conferencias diplomáticas, en especial las de Berna entre 1883 y 1886, en donde los distintos Estados estuvieron representados oficialmente, cuyo principal resultado fue el Convenio de Berna y la constitución de la Unión del mismo nombre. Cfr. J. C avalli , Génesis del Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas del 9 de septiembre de 1886 , págs. 87-201.

Made with FlippingBook. PDF to flipbook with ease