Estados Financieros 2021 Banesco

BANESCO (PANAMÁ), S.A. Y SUBSIDIARIAS (Panamá, República de Panamá) Notas a los Estados Financieros Consolidados

BANESCO (PANAMÁ), S.A. Y SUBSIDIARIAS (Panamá, República de Panamá)

Notas a los Estados Financieros Consolidados

(30)

Principales Leyes y Regulaciones Aplicables, continuación

(30)

Principales Leyes y Regulaciones Aplicables, continuación

(b)

Ley de Seguros y Reaseguros Las operaciones de seguros y reaseguros en Panamá están reguladas por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá de acuerdo a la legislación establecida por la Ley de Seguros No.12 de 3 de abril de 2012 y la Ley de Reaseguros No.63 del 19 de septiembre de 1996. Ley de Valores Las operaciones de puesto de bolsa en Panamá están reguladas por la Superintendencia del Mercado de Valores de acuerdo a la legislación establecida en el Decreto Ley No.1 de 8 de julio de 1999, reformado mediante la Ley No.67 del 1 de septiembre de 2011.

(b)

Acuerdo No. 004 - 2013 Disposiciones sobre la Gestión y Administración del Riesgo de Crédito Inherente a la Cartera de Préstamos y Operaciones Fuera del Estado de Situación Financiera, emitido por la Superintendencia de Bancos de Panamá el 28 de mayo de 2013 Establece criterios generales de clasificación de las facilidades crediticias con el propósito de determinar las provisiones específicas y dinámica para la cobertura del riesgo de crédito del Banco. En adición, este Acuerdo establece ciertas revelaciones mínimas requeridas, en línea con los requerimientos de revelación de las NIIF, sobre la gestión y administración del riesgo de crédito. Provisiones Específicas El Acuerdo No. 004-2013 indica que las provisiones específicas se originan por la evidencia objetiva y concreta de deterioro. Estas provisiones deben constituirse para las facilidades crediticias clasificadas en las categorías de riesgo denominadas mención especial, subnormal, dudoso, o irrecuperable, tanto para facilidades crediticias individuales como para un grupo de tales facilidades. Los bancos deberán calcular y mantener en todo momento el monto de las provisiones específicas determinadas mediante la metodología especificada en este Acuerdo, la cual toma en consideración el saldo adeudado de cada facilidad crediticia clasificada en alguna de las categorías sujetas a provisión, mencionadas en el párrafo anterior; el valor presente de cada garantía disponible como mitigante de riesgo, según se establece por tipo de garantía en este Acuerdo; y una tabla de ponderaciones que se aplica al saldo neto expuesto a pérdida de tales facilidades crediticias. En caso de existir un exceso de provisión específica, calculada conforme a este Acuerdo, sobre la provisión calculada conforme a NIIF, este exceso se contabilizará en una reserva regulatoria en el patrimonio que aumenta o disminuye con asignaciones de o hacia las utilidades retenidas. El saldo de la reserva regulatoria no será considerado como fondos de capital para efectos del cálculo de ciertos índices o relaciones prudenciales mencionadas en el Acuerdo. El cuadro a continuación resume la clasificación de la cartera de préstamos del Banco con base en el Acuerdo No.004-2013 al 31 de diciembre de 2021 y 2020:

(c)

Las principales regulaciones o normativas en la República de Panamá, las cuales tienen un efecto en la preparación de estos estados financieros consolidados se describen a continuación:

(a)

Acuerdo No.003-2009 Disposiciones sobre Enajenación de Bienes Inmuebles Adquiridos, emitido por la Superintendencia de Bancos de Panamá el 12 de mayo de 2009 Para efectos regulatorios la Superintendencia fija en cinco (5) años, contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público, el plazo para enajenar bienes inmuebles adquiridos en pago de créditos insolutos. Si transcurrido este plazo el Banco no ha vendido el bien inmueble adquirido, deberá efectuar un avalúo independiente del mismo para establecer si éste ha disminuido en su valor, aplicando en tal caso lo establecido en las NIIF. De igual forma el Banco deberá crear una reserva en la cuenta de patrimonio, mediante la asignación en el siguiente orden de: a) sus utilidades no distribuidas; o b) utilidades del periodo, a las cuales se realizarán las siguientes transferencias del valor del bien adjudicado:

Primer año: Segundo año: Tercer año: Cuarto año: Quinto año:

10% 20% 35% 15% 10%

2021

2020

Reservas

Préstamos

Préstamos

Reservas

Las reservas antes mencionadas se mantendrán hasta que se realice el traspaso efectivo del bien adquirido y, dicha reserva no se considerará como reserva regulatoria para fines del cálculo del índice patrimonial. El Banco mantenía una reserva regulatoria por B/.14,774,061 (2020: B/.8,757,491) conforme al Acuerdo No.3-2009.

Clasificación de cartera Mención especial Subnormal Dudoso Irrecuperable Monto bruto Clasificación de cartera Normal Total

18,892,583 7,911,462 13,142, 724 10,952,294 50,899,063

20,035,687 3,173,504 17,975,665 36,233,699 77,418,555

183,656,333 376,982,609 100,608,337 31,555,155 692,802,434

194,397,208 14,334,121 77,154,355 51,765,715 337,651,399

3,051,530 53,950,593

0 77,418,555

2,546,500,498 3,239,302,932

2,735,024,364 3,072,675,763

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