6. GUIA DEL INVERSIONISTA HN - 2021 PERMISOS ESPECIALES

6. PERMISOS ESPECIALES c. Artículo N.37. Cada capitán de barco pesquero reportara a la oficina correspondiente, la salida en faena y el regreso, indicando lugares de pesca, especies y cantidades pescadas. Deben rentar plantas procesadoras y comercializadoras del producto. d. Artículo N.38. El producto de la pesca de cualquiera embarcación deberá ser desembarcado en el puerto nacional correspondiente, ya sea para consumo doméstico, comercialización, procesamiento, empaque y exportación. 6.14.1 SOLICITUD DE PERMISO DE PESCA INDUSTRIAL La duración del otorgamiento de la licencia es de un (1) año. El período de faena: es del 1 de Julio al 28 de febrero del siguiente año y el período de veda: 1 de marzo al 30 de Junio para la pesca de camarón, caracol, langosta, pepino de mar y medusa. • Costo: L 20.00 • Tiempo: 3 días hábiles • Vigencia: 1 año REQUISITOS: a. Solicitud ante la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) dirigida al Señor Secretario de Estado a través de apoderado legal. b. Carta poder debidamente Autenticada. c. Documento de comprobación del inventario de la embarcación. d. Constancia de compra y venta (contrato) de la empresa hondureña con la que va a trabajar la embarcación. e. Patente de Navegación (Marina Mercante). f. Comprobante de pago de los impuestos exigidos por la Marina Mercante g. Comprobante del pago de registro de tonelaje bruto efectuado en la Tesorería General de la República. La pesca industrial en las desembocaduras de los ríos, estuarios, bahías, laguna costera y continental, lagos, parques nacionales, parques marinos, zonas de reserva, refugios de vida silvestre, zonas de arrecifes coralinos. En estos únicamente podrá realizarse pesca con anzuelo y atarrayas comunes y bajo regulaciones especiales. *Todos los documentos de los cuales se presentan copias deberán venir debidamente autenticados o ser cotejados con su original en la Secretaría General de la SAG. *En los casos de los documentos provenientes del extranjero, estos deberán venir debidamente apostillados. *El valor de L 20.00 es por cada tonelada de producto en bruto (Camarón, Caracol, Langosta, Escamada)

GUÍA DEL INVERSIONISTA HONDURAS 2020-2021

*Toda solicitud de renovación deberá realizarse tres meses antes de su vencimiento. 6.14.2 SOLICITUD DE CARNET DE PESCADOR INDUSTRIAL REQUISITOS: Llenar formulario de Solicitud de Pescador Industrial el cual contiene: a. Datos personales. b. 2 fotografías tamaño carnet. c. Nombre de la empresa. d. Nombre de la Embarcación. e. Lugar y fecha. f. Firma del Solicitante 6.14.3 PERMISO DE OPERACIÓN PARA DE LAS EMPRESAS QUE PROCESAN, PRODUCTOS DE PESQUEROS Y ACUICOLA Los Establecimiento Procesadores autorizados para la elaboración de productos y subproducto de la pesca y acuicultura para registrarse, deberá presentar la persona natural o jurídica los siguientes documentos: REQUISITOS: a. Solicitud mediante Apoderado Legal dirigida al Señor Secretario de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG). b. Carta Poder debidamente autenticada c. Nombre de las personas o sociedad que presentan la solicitud, acompañando los datos correspondientes a su identidad, domicilio, fotocopia autenticada de constitución de Sociedad o Certificación de esta.

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