7. GUIA DEL INVERSIONISTA HN - 2021 ASPECTOS E INCENTIVOS L…

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GUÍA DEL INVERSIONISTAHONDURAS 2020 - 2021

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ASPECTOS E INCENTIVOS LEGALES

CONTENIDO

7.1 7.2 7.3 7.4 7.5 7.6

INSTITUTO HONDUREÑO DE MIGRACIÓN INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS) INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL (INFOP) RÉGIMEN DE APORTACIONES PRIVADAS (RAP) MINISTERIO DE TRABAJOY SEGURIDAD SOCIAL (STSS) REGÍMENES DE INCENTIVOS PARA LA GENERACIÓN DE EMPLEO

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j. Copia fotostática de la Escritura de Constitución de Sociedad o Declaración de Comerciante Individual debidamente autenticada. k. Copia del permiso de operación vigente, autenticado por un notario. l. Constancia del Servicio de Administración de Rentas (SAR) de haber iniciado operaciones y de estar funcionando el establecimiento comercial. m. Estado de resultados y balances autorizados por un contador colegiado, con sus timbres correspondientes y sello profesional. a. Pago de la correspondiente tasa por permiso especial de permanencia por cada año: CIEN DOLARES AMERICANOS EXACTOS ($100.00) por cada persona. Cambio de Moneda Nacional (L.) n. Pago de la correspondiente tasa por certificaciones, constancias o atestados: DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L 200.00). o. Croquis y fotografía del establecimiento comercial *Todos los documentos precedentes del exterior deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la Secretaría de Relaciones Exteriores o en los consultados de Honduras. PERMISO ESPECIAL DE PERMANENCIA PARA EXTRANJEROS EMPLEADOS POR CONTRATO Es la Autorización concedida por Instituto Nacional de Migración, los extranjeros contratados como empleados temporales por una persona natural o jurídica. Quién realiza el trámite: Apoderado Legal Dónde se realiza: Instituto Nacional de Migración Costo: US$100 por año + L 200 de la certificación Tiempo promedio: 30 días

7. 1 INSTITUTO HONDUREÑO DE MIGRACIÓN El objeto de la presente Ley es regular la política migratoria del Estado, la entrada o salida de personas nacionales y extranjeras, la permanencia de estas últimas en territorio hondureño y la emisión de los documentos migratorios. 7.1.1 PERMISO ESPECIAL DE PERMANENCIA PARA EMPRESARIOS El Instituto Nacional de Migración comunica que los extranjeros que soliciten Permiso Especial de Permanencia en la Categoría de Empresarios, en base a lo establecido en el Artículo 39 de la Ley de Migración y Extranjería; Artículos 42, 43, 69, 70 y 127 del Reglamento de la Ley de Migración y Extranjería, deberán cumplir con los requisitos siguientes: Quién realiza el trámite: Apoderado Legal Dónde se realiza: Instituto Nacional de Migración Costo: US$100 por año+ L 200 de la certificación Tiempo promedio: 30 días REQUISITOS: a. Presentar solicitud dirigida al Director (a) Ejecutivo (a) del Instituto Nacional de Migración, por cada uno de los peticionarios; consignar en la solicitud una dirección y número de teléfono de contacto del extranjero y del Apoderado Legal. b. Timbres exigidos por la Ley que deberán ser adheridos a la solicitud y ser debidamente cancelados. c. Consignar en la solicitud una dirección y número de teléfono de contacto. d. Carta Poder autenticada expresando las generales del Apoderado Legal, las facultades con las cuales se le inviste, su dirección y número telefónico, fax y correo electrónico e. El solicitante y cada uno de sus parientes deberá presentar una fotografía reciente de seis (6) centímetros de alto por cinco (5) centímetros de ancho tomada de frente, consignando en el reverso el nombre de cada uno de ellos según corresponda. f. Certificado de antecedentes penales del país de origen y de última residencia, cuando corresponda, debidamente autenticados. g. Certificación original extendida por la Dirección Policial de Investigación (DPI) de no tener denuncias en su contra o antecedentes penales, cuando sean mayores de dieciocho (18) años. h. Certificación médica con una antigüedad no mayor de seis (6) meses a la fecha de presentación de la solicitud. i. Copia del pasaporte debidamente autenticada.

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REQUISITOS a. Presentar solicitud dirigida al Director(a) Ejecutivo (a) del Instituto Nacional de Migración, por cada uno de los peticionarios; consignar en la solicitud una dirección y número de teléfono de contacto, del Extranjero y del Apoderado Legal. b. Timbres exigidos por la Ley que deberán ser adheridos a la solicitud y ser debidamente cancelados. c. Consignar en la solicitud una dirección y número de teléfono de contacto. d. Carta Poder autenticada expresando las generales del Apoderado Legal con las cuales se le inviste, su dirección y su número telefónico, fax y correo electrónico. e. Presentar una fotografía reciente de seis (6) centímetros de alto por cinco (5) centímetros de ancho tomada de frente consignando en el reverso el nombre de cada uno de ellos según corresponda f. Certificado de antecedentes penales del país de origen y de última residencia cuando corresponda, debidamente legalizados. g. Certificación original extendida por la Dirección Policial de Investigación (DPI) de no tener denuncias en su contra o antecedentes penales. h. Certificación médica con una antigüedad no mayor de seis (6) meses a la fecha de presentación de la solicitud i. Copia del pasaporte debidamente autenticada. j. Cualquier otra información o documento que requiera la Dirección General Migración y Extranjería, para la más acertada decisión del asunto. k. Contrato de trabajo expedido por la empresa privada para la cual el extranjero prestará sus servicios con sus firmas debidamente autenticadas por un notario. l. Constancia extendida por el patrono responsabilizándose por la subsistencia del trabajador extranjero durante su permanencia y por la salida del país al vencimiento del permiso y de notificar al Instituto Nacional de Migración la terminación de la relación laboral. m. Constancia extendida por la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social que acredite que el patrono cumple con lo establecido en el Artículo 137 de la Constitución de la República y el artículo 11 del Código de Trabajo respecto a los trabajadores extranjeros. n. Acreditación de instituciones educativas o de formación profesional o técnica del extranjero, debidamente autenticadas de que el solicitante posee la capacidad y los conocimientos para el trabajo que desempeñara (títulos diplomas o certificados).

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c. Consignar en la solicitud una dirección y número de teléfono de contacto. d. Carta poder autenticada expresando las generales del apoderado legal, las facultades con las cuales se le inviste, su dirección y número telefónico, fax o correo electrónico, en su caso. e. El solicitante y cada uno de sus parientes deberá presentar una fotografía reciente de 6 centímetros de alto por 5 centímetros tomada de frente consignando en el reverso el nombre de cada uno de ellos según corresponda. f. Certificado de antecedentes penales del país de origen y de última residencia, cuando corresponda, debidamente legalizados. g. Certificación original extendida por la Dirección General de Investigación Criminal de no tener denuncias en su contra o antecedentes penales, cuando sean mayores de 18 años. h. Certificación médica con una antigüedad no mayor de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud. i. Fotocopia del pasaporte debidamente autenticada. j. Cualquier otra información o documento que requiera la Dirección General de Migración y Extranjería, para la más acertada decisión del asunto. k. Constancia de responsabilidad por la subsistencia del extranjero(a) durante su permanencia y por la salida del país al vencimiento del permiso. l. Acreditar el vínculo matrimonial o unión de hecho mediante documento autenticado; m. Acreditar el parentesco mediante documento autenticado. n. Acreditar la dependencia de los hijos mayores mediante documento autenticado. o. Acreditar la solvencia económica del extranjero que goza del permiso especial de permanencia. p. Permiso especial de permanencia por cada año CIEN DOLARES AMERICANOS EXACTOS ($100.00), por cada persona. Cambio Moneda Nacional. b. Certificaciones, constancias o atestados DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L 200.00). *Todos los documentos procedentes del exterior deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional o en el Consulado de Honduras.

o. Copia fotostática de la Escritura de Constitución de Sociedad o Declaración de Comerciante Individual debidamente autenticada. p. Copia del permiso de operación vigente, autenticado por un notario. q. Constancia del Servicio de Administración de Rentas (SAR) de haber iniciado operaciones y de estar funcionando el establecimiento comercial. r. Estado de Resultados y Balance General autorizado por un contador debidamente colegiado con sus timbres correspondientes y sello profesional. s. Pago de la correspondiente tasa por permiso especial de permanencia por cada año: CIEN DÓLARES AMERICANOS EXACTOS ($100.00), por cada persona. Cambio a Moneda Nacional (L.). t. Pago de la correspondiente tasa por certificaciones, constancias o atestados: DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L200.00). *A la zona libre no se le pide permiso de operación ni constancia de la SAR. Debiendo presentar resolución de pertenecer a la ZOLI. *Todos los documentos procedentes del exterior deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional o en el Consulado de Honduras. PERMISO ESPECIAL DE PERMANENCIA EXTRANJEROS DEPENDIENTES ECONÓMICOS Es la autorización concedida por la Instituto Nacional de Migración y Extranjería, al cónyuge e hijos menores o mayores dependientes y los abuelos de las personas señaladas anteriormente. Quién realiza el trámite: Apoderado Legal Dónde se realiza: Instituto Nacional de Migración Costo: US$100 por año + L 200 de la certificación Tiempo Promedio: 30 días REQUISITOS a. Presentar una solicitud dirigida al Director General de Migración y Extranjería, por cada uno de los peticionarios. b. Timbres exigidos por la Ley los cuales se deberán adherir a la solicitud y ser debidamente cancelados.

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REQUISITOS DE PERMISO ESPECIAL - POR CATEGORÍA PARA SOLICITUD EN LÍNEA SECRETARIA GENERAL Cómo realizar el trámite: a. El interesado o representante legal debe hacer la solicitud por medio de la plataforma de migración llamada Aplicación en línea por medio de Atención Migratoria “ALAM”, la cual esta designada para trámites de Secretaria General y Gerencia de Extranjería. b. Después de hacer la solicitud por medio de la plataforma ALAM, la solicitud es asignada a un Oficial Jurídico, el cual se comunica directamente por correo electrónico con el interesado. c. El Oficial Jurídico aprueba o no la solicitud y notifica al interesado o representante legal. d. Si la solicitud es aprobada, el interesado o representante legal tiene un máximo de 10 días para presentar cualquier documento pendiente que el Oficial Jurídico solicite.

REQUISITOS ESPECIALES SEGÚN CATEGORÍA: CATEGORÍA DE PERMISO ESPECIAL DE PERMANENCIA (SECRETARIA GENERAL)

NO. 8

DESCRIPCIÓN DEL REQUISITO Copia de escritura de constitución, autenticada por Notario Público Contrato de trabajo, autenticado por notario

CÓMO PRESENTARLO Cuando corresponda Solo para contratados por las empresas privadas y entidades de derecho público Instituciones estatales centralizadas y descentralizadas, organismo internacional, gobiernos extranjeros Solo para estudiantes

9

10

Contrato de trabajo expedido por:

Tiempo Promedio: 20 días REQUISITOS GENERALES:

11

Constancia de admisión del centro educativo donde se realizan sus estudios. Copia de personería jurídica, autenticada por notario Constancia de filiación de la liga nacional Título que acredite grado académico, debidamente autenticado Acreditar el parentescomediante documento autenticado Constancia del organismo o institución pública o privada para la cual el extranjero prestará su servicio

A continuación, se hace una descripción de todos los requisitos generales necesarios para poder aplicar a un Permiso Especial y que son complementados con los requisitos específicos según el tipo de categoría que está solicitando:

12

Para asociaciones civiles

13 14

Para deportistas Para profesión universitaria Dependientes o familiares

CÓMO PRESENTARLO Debe contener número de teléfono y E-mail Pagado en institución bancaria Debidamente autenticado por notario público Una por cada solicitante Con las generales y facultades del abogado

NO. 1 2 3 4 5

DESCRIPCIÓN DEL REQUISITO Solicitud escaneada

15

Recibo TGR-1 por $ 100.00 por cada año Recibo TGR-1, por L 200.00, por certificación TGR-1 para timbre, por persona Copia de pasaporte Fotografía de 6 centímetros de alto por 5 centímetros de ancho Carta poder debidamente autenticada por notario público

16

Extranjero en servicio social, religiosos sin convenio

6 7

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CATEGORÍARENOVACIÓNDEPERMISOESPECIALDEPERMANENCIA (SECRETARIAGENERAL)

EXTRANJEROS

CONTRATADOS

POR

ORGANISMOS

INTERNACIONALESO INSTITUCIONESGUBERNAMENTALES

NO. 7

DESCRIPCIÓN DEL REQUISITO Contrato de trabajo, expedido por gobierno extranjero u organismo internacional.

CÓMO PRESENTARLO Firmado por quien tiene la representación legal

NO. 1 2 3 4 5 6 7 8 9

DESCRIPCIÓN DEL REQUISITO Solicitud escaneada Recibo TGR-1 por $ 100.00 de tarifa por cada año Recibo TGR-1, por L 200.00, por certificación TGR-1 para timbre, por persona Carta poder autenticada por notario Certificación de resolución Certificación de inscripción Fotostática de carnet de residencia Copia de escritura de constitución, autenticada por Notario Público

CÓMO PRESENTARLO Debe de contener número de teléfono y E-mail Pagada en Institución Bancaria Cuando corresponda Obligatorio Obligatorio Obligatorio Cuando corresponda si fuere renovación y/o modificación de condiciones dentro una misma categoría Solo para contratados por las empresas privadas y entidades de derecho público si el contrato anterior no es indefinido Instituciones estatales centralizadas y descentralizadas, organismo internacional, gobiernos extranjeros si este no es de vigencia indefinida Solo para estudiantes Para asociaciones civiles Para deportistas Para profesión universitaria Dependientes o familiares Empresarios Extranjero en servicio social, religiosos sin convenio

EXTRANJERO CONTRATADO POR INSTITUCIONES ESTATALES CENTRALIZADASODESCENTRALIZADAS

NO. 8

DESCRIPCIÓN DEL REQUISITO Contrato de trabajo expedido por institución del estado.

CÓMO PRESENTARLO Firmado por quien tiene la representación legal

CATEGORÍA MIGRATORIA DE EXTRANJERO DEPENDIENTE ECONÓMICO

10

Contrato de trabajo, autenticado por notario

NO. 8

DESCRIPCIÓN DEL REQUISITO Acreditar el parentescomediante documento autenticado Acreditar el vínculo matrimonial y unión de hecho mediante documento autenticado.

CÓMO PRESENTARLO Cuando corresponda

11

Contrato de trabajo expedido por:

9

Cuando corresponda

12 13 14 15 16 17 18

Constancia del centro educativo donde se realizan sus estudios. Constancia de prestación de servicios. Constancia del equipo que presta sus servicios. Constancia de banco o constancia de prestación de servicios contrato si presta sus servicios en empresa o institución, si este no es de vigencia indefinida. Acreditar constancia de que se continúa dependiendo económicamente. Permiso de operación Constancia que continúa prestando sus servicios en instituciones públicas o privadas.

EXTRANJEROCONTRATADOPORUNAPERSONANATURAL

NO. 8

DESCRIPCIÓN DEL REQUISITO Contrato de trabajo autenticado por notario público.

CÓMO PRESENTARLO Autenticado por Notario Público

EXTRANJEROSCONTRATADOSPORPERSONAJURÍDICA

NO. 8

DESCRIPCIÓN DEL REQUISITO Copia de personería jurídica autenticada por Notario Público Contrato de trabajo autenticado por Notario Público

CÓMO PRESENTARLO Autenticada por Notario

9

Autenticada por Notario

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Quién realiza el trámite: El empresario o Apoderado Legal Dónde se realiza: En el Departamento de Control Patronal en el Instituto Hondureños de Seguridad Social (IHSS) Tiempopromedio: 30 días Costo: No tiene ningún costo. REQUISITOS: a. Documento que acredite el nombre del patrono (Escritura del comerciante individual o sociedad). b. Documento que acredite al representante legal del patrono y su RTN. c. Copia del RTN del comerciante individual o de la sociedad. d. Dirección exacta del patrono (2 Croquis en hoja aparte de la ubicación del negocio) e. Fotocopia de las tarjetas de identidad de cada uno de los socios o pasaporte o carnet de residencia en el caso que sean extranjeros f. Copia de un recibo público de HONDUTEL. g. Fotografía panorámica de dónde está ubicado el negocio u oficina a una distancia adecuada. h. Copia del permiso de operación de la alcaldía municipal vigente. i. Llenar la solicitud para la creación de la aplicación asistencia médica y recibir planilla electrónica. j. Dos copias de identidad y listado de los trabajadores indicados.

*Todas estas imágenes deberán ser enviadas al correo del oficial de migración a cargo de su solicitud. En caso de que la solicitud sea presentada por el apoderado legal deberá subir una imagen de la carta poder autenticada, del sello y de su identificación. Cualquier duda o consulta puede hacerla al 22327800 call center, ext. 220 Secretaria General. *Todos los documentos procedentes del exterior deberán presentarse debidamente legalizados y los autorizados en idioma extranjero traducidos oficialmente por la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores yCooperación Internacional oenel ConsuladodeHonduras. 7.2 INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL (IHSS) PROCESO DE AFILIACIÓN Deben inscribirse en el IHSS todas las personas o empresas jurídicas legalmente constituidas quienes cuenten con su permiso de operación. Según el artículo 25 del Reglamento de la ley del Instituto Hondureño de Seguro Social (IHSS), todos los trabajadores que inicien relaciones laborales con un patrono deben ser inscritos como afiliados por éste al Seguro Social desde el primer día hábil laborado. El trabajador le proporcionará al patrono cuantos datos e información sea necesaria para su correcta inscripción.

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PORCENTAJEDEAPORTACIONESDEL IHSS,AÑO2020 EMPRESASCONNÚMERODE EMPLEADOSMAYORO IGUAL A11 CONCEPTO TRABAJADOR EMPLEADOR

TRABAJADOR

2.5%

Régimen de Seguro de Atención a la Salud Régimen de Capitalización Colectiva (Invalidez, Vejez y Muerte) Cuenta Complementaria de Capitalización Individual del Régimen de Previsión Social Aportación patronal al Seguro de Cobertura Laboral

5.0%

Techo máximo de cotización equivalente a L 9,380.67 Techo máximo de cotización equivalente a L 9,792.74 Sobre el excedente de L 9,792.74, sin techo salarial de contribución

2.5

3.5%

1.5%

1.5%

3.30%

Hasta un techo máximo de tres (3) salarios mínimos (L 9,792.74 x 3) = L 29,378.22

EMPRESASCONNÚMERODE EMPLEADOSMENORO IGUAL A10 CONCEPTO TRABAJADOR EMPLEADOR

TRABAJADOR

2.5%

Régimen de Seguro de Atención a la Salud Régimen de Capitalización Colectiva (Invalidez, Vejez y Muerte) Cuenta Complementaria de Capitalización Individual del Régimen de Previsión Social Aportación patronal al Seguro de Cobertura Laboral

5.0%

Techo máximo de cotización equivalente a L 9,380.67 Techo máximo de cotización equivalente a L 9,779.86 Sobre el excedente de L 9,779.86 sin techo salarial de contribución

0.15%

0.15%

0.45%

0.45%

1.98%

Hasta un techo máximo de tres (3) salarios mínimos (L 9,779.86 x 3) = L 29,339.58

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7.2.1 SOLICITUDES DE INSCRIPCIÓN EN LINEA INSCRIPCIÓN DE UNA PERSONA EN FORMA INDIVIDUAL Todo trabajador que trabaja en forma independiente puede afiliarse en forma individual al IHSS siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos: REQUISITOS: a. Últimos dos recibos de Energía Eléctrica (ENEE) b. Copia de la tarjeta de identidad c. Copia del RTN numérico d. Correo electrónico e. Croquis de la casa f. Fotografías del negocio g. Permiso de operación de este u escritura de comerciante individual f. Evaluación médica. * Toda la información debe ser enviada al correo dilcia.martinez@ihss.hn INSCRIPCIÓN DE PATRONO Los requisitos para inscribir una empresa (patrono) en el IHSS son los siguientes: REQUISITOS: a. Documento que acredite el nombre del patrono (escritura de comerciante individual o sociedad) b. Documento que acredite al representante legal del patrono. (Copia de identidad y RTN) c. R.T.N. Del comerciante individual o de la sociedad d. Dirección exacta del patrono (croquis en hoja aparte de la ubicación del negocio) e. Tarjeta de identidad de cada uno de los socios o pasaporte o carnet de residencia en el caso que sean extranjeros. f. Copia recibo de teléfono de las oficinas de la empresa de Hondutel, Tigo o Claro. g. Fotografías de la fachada en donde está ubicado el negocio u oficina a una distancia adecuada. h. Copia de permiso de operación de la alcaldía municipal vigente.

i. Llenar solicitud para la creación de la aplicación ATEMED (sistema de consultas en línea) y actualización datos para envió de planilla electrónica. j. Listado en Excel de los trabajadores indicando. k. Descargar y llenar el siguiente formulario detallado abajo. * Toda la información debe ser enviada al correo rosa.maradiaga@ihss.hn INFORMACIÓN GENERAL DE SOLICITUDES: SOLICITUD DE ALTAS, BAJAS Y CAMBIOS DE PLANILLA El IHSS está atendiendo en línea mediante mensajes por correo electrónico, para altas, bajas y cambios en sus planillas enviar correo electrónico afiliacion@ihss.hn, glenda.nunez@ihss.hn. Si necesita que le envíen su planilla enviar un mensaje a katiria.gomez@ihss.hn solicitando la información. SOLICITUD DE TRAMITES A SECRETARÍA GENERAL Enviar la solicitud por medio de los siguientes correos Electrónicos: Tegucigalpa: secretariageneral@ihss.hn San Pedro Sula: secretariaregional@ihss.hn.

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Descargar Solicitud para afiliación de patronos https://www.ihss.hn/wp-content/uploads/2020/06/FORMATO-INSCRI PCION-PATRONAL.pdf

DEPARTAMENTO DE CONTROL PATRONAL SEGUNDO NIVEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO, BARRIO ABAJO TEL 2237-4736 y 2237-4786 EXT. 1201 Correo electrónico joseaguero@ihss.hn SOLICITUD PARA INSCRIPCIÓN DE PATRONOS

Lugar Y Fecha Nombre del Patrono Nombre Comercial Dirección de la empresa ll

NOTA: EL SEÑOR PATRONO O SU REPRESENTANTE LEGAL, DEBERÁN PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN QUE LE SOLICITEN LOS SEÑORES INSPECTORES DEL INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL, O PRESENTARSE A LA DIRECCIÓN ARRIBA INDICADA CON LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS, DENTRO DE LOS ( 3 ) TRES DÍAS POSTERIORES A LA SEÑALADA , SU NEGATIVA U OBSTÁCULO A SU LABOR SERÁ MOTIVO PARA QUE SU INSCRIPCIÓN PROCEDA DE OFICIO Y SE HARÁ ACREEDOR A LAS SANCIONES PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 84,85Y 88 DE LA LEY DE SEGURO SOCIAL DECRETO 80-2001

Teléfono fijo

Tel. celular

Actividad económica

Correo Electrónico Nombre del Gerente: __________________________________________________________ DETALLE DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS (En Fotocopias ) 1.- DOCUMENTO QUE ACREDITE EL NOMBRE DEL PATRONO ( ESCRITURA DE COMERCIANTE INDIVIDUAL O SOCIEDAD) 2.- DOCUMENTO QUE ACREDITE AL REPRESENTANTE LEGAL DEL PATRONO. (Copia de Identidad y R.T.N) 3.- R. T. N . DEL COMERCIANTE INDIVIDUAL O DE LA SOCIEDAD 4.- DIRECCIÓN EXACTA DEL PATRONO ( CROQUIS EN HOJA APARTE DE LA UBICACIÓN DEL NEGOCIO) 5.- TARJETA DE IDENTIDAD DE CADA UNO DE LOS SOCIOS O PASAPORTE O CARNET DE RESIDENCIA EN EL CASO QUE SEAN EXTRANJEROS. 6.- COPIA RECIBO DE TELÉFONO DE LAS OFICINAS DE LA EMPRESA DE HONDUTEL, TIGO O CLARO. 7.- FOTOGRAFÍAS DE LA FACHADA EN DONDE ESTÁ UBICADO EL NEGOCIO U OFICINA A UNA DISTANCIA ADECUADA. 8- COPIA DE PERMISO DE OPERACIÓN DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL VIGENTE. 9- LLENAR SOLICITUD PARA LA CREACION DE LA APLICACIÓN ATEMED Y ACTUALIZACIONDE DATOS PARA ENVIO DE PLANILLA ELECTRONICA. 10.- LISTADO EN EXCEL DE LOS TRABAJADORES INDICANDO:

FIRMA SEÑOR PATRONO O GERENTE GENERAL

FIRMA INSPECTOR DE CONTROL PATRONAL

N. IDENTIDAD

NOMBRE Y APELLIDOS COMPLETO

FECHA DE INGRESO

SALARIO REAL

ADJUNTAR COPIA DE TARJETA DE IDENTIDAD POR TRABAJADOR

FECHA LIMITE PARA ENTREGA DE DOCUMENTOS OBSERVACIONES

Señor Patrono: si usted ha recibido la charla sobre la ley y los beneficios que le proporciona el IHSS. Haga el favor de manifestarlo poniendo su nombre, firma y sello en este espacio:

__________________________________

________________________________

Nombre

Firma y Sello

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El objeto social del RAP es recaudar y administrar las aportaciones obrero-patronales de la empresa privada y de trabajadores independientes, para proveer a sus afiliados productos y servicios financieros que contribuyan a mejorar su calidad de vida y su condición socioeconómica. Toda empresa que cuente con diez (10) o más empleados en el ámbito nacional debe cotizar al RAP de forma obligatoria. El RAP permite la afiliación de toda empresa con un mínimo de 5 empleados para las empresas que desean afiliarse de manera voluntaria. BENEFICIOS a. Ahorro doble, pago de intereses y excedentes b. Programa de Préstamo c. Acceso a una jubilación digna d. Manejo y pago de auxilio por cesantía e. Retiro de Aportaciones f. Acceso a financiamiento habitacional a tasas de interés más bajas que las del mercado financiero y a mayores plazos. Este beneficio incluye, compra y construcción de vivienda, compra de terreno, mejoras y reparaciones inmobiliarias y liberación de hipotecas. g. Préstamos sobre aportaciones. h. Préstamos para consolidación de deudas de Tarjeta de Crédito. Quién realiza el trámite: El empresario Dónde se realiza: Régimen de Aportaciones Privadas Tiempo promedio: De tres a cuatro días hábiles Costo: No tiene costo

d. Inicie, desarrolle y finalice el curso en la fecha indicada en el correo enviado. e. Descargue su Certificado Digital desde infop.hn/certificados. CURSOS: • Servicio al Cliente • Administración Financiera • Ofimática • Ética Profesional • Computación • Coaching Empresarial • Bioseguridad de la Empresa • Actitud positiva • Control Estadístico de calidad • Trabajo en equipo • Emprender en tiempos de crisis • Salud Mental Laboral • Planificación estratégica • Liderazgo con Inteligencia Emocional • Inteligencia Emocional • Finanzas Personales • Motivación Empresarial 7.4 RÉGIMEN DE APORTACIONES PRIVADAS (RAP) Es la institución financiera privada de interés social más grande de Honduras, que administra recursos de naturaleza privada, con personalidad jurídica, de duración indefinida y patrimonio propio, que brinda apoyo, beneficios y servicios financieros a sus afiliados.

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OBLIGACIONES DE LOS EMPRESARIOS PARTICULARES APORTANTES REQUISITOS: a. Inscribirse en el Registro de contribuyentes del Instituto. b. Remitir al Instituto el Balance General correspondiente al ejercicio anterior dentro de los sesenta (60) días siguientes al cierre de operaciones. c. Remitir mensualmente al Instituto copias autorizadas de las planillas y los salarios devengados por sus trabajadores u otro tipo de documentos equivalentes. d. Estructurar y desarrollar los servicios de formación profesional que establezcan de acuerdo con las disposiciones del Instituto. e. Exhibir cuando sean requeridos por representantes acreditados del Instituto, la documentación contable necesaria para la comprobación de aportaciones. Esta información se mantendrá en forma confidencial. f. Suministrar al instituto dentro de los plazos que este les fije, las informaciones que les requiera para el cumplimiento de sus fines. g. Las demás que resulten de la presente Ley y de sus reglamentos. *Las aportaciones deberán pagarse en la institución que determine el Instituto, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al mes que corresponde. El retraso en el pago de una aportación causará un recargo del diez por ciento (10%) sobre la misma y si el retraso fuere de dos aportaciones o más el Instituto multará al deudor de conformidad con el artículo 32 de esta Ley. Los meses de junio y diciembre se pagan el doble. INSCRIPCIÓN PARA CURSOS EN LINEA REQUISITOS: a. Ingresar al enlace https://apps.cloudtechn.com/inscripcion/form_inscripcion/ b. Complete el formulario y presionar el botón INSCRIBIRME ubicado al final del formulario. c. Se envía de forma automática un correo de confirmación donde se le brindará información importante que requerirá para iniciar el curso como: Usuario, Contraseña, Dirección de la Plataforma, Fecha de Inicio del Curso y Fecha de Finalización.

7.3

INSTITUTO

HONDUREÑO

DE

FORMACIÓN

PROFESIONAL El Instituto Nacional de Formación Profesional – INFOP, creado mediante Decreto Ley No. 10, del 28 de diciembre de 1972, es la institución rectora de las políticas de formación profesional encaminadas al desarrollo económico y social del país y para todos los sectores de la economía, proporcionando a los hondureños y hondureñas una opción de formación, capacitación y certificación para enfrentar los retos de la sociedad moderna. 7.3.1 PROCESO DE INSCRIPCIÓN PARA APORTANTES Según la Ley de Instituto Nacional de Formación Profesional que en sus artículos cita lo siguientes: ART. 22: Las Instituciones Autónomas excepto la Universidad Nacional Autónoma de Honduras aportaran mensualmente a favor del Instituto el uno por ciento (1%) del monto de los sueldos y salarios devengados. ART. 23: Las Empresas que aporten mensualmente a favor del INFOP el uno por ciento (1%) del monto de los sueldos y salarios devengados podrán deducir dicho aporte de la renta bruta para efecto del Impuesto sobre la Renta. (Ley de equilibrio Financiero y la Protección Social, Decreto No. 194-2002). ART. 24: Las Empresas con un capital en giro mayor de veinte mil lempiras (L 20,000.00) aportarán mensualmente al Instituto el uno por ciento (1%) del monto de los sueldos y salarios devengados, aunque empleen menos de cinco (5) trabajadores. Quién realiza el trámite: El empresario o cualquier otra persona Dónde se realiza: Instituto Nacional de Formación Profesional Tiempo promedio: Media hora Costo: No tiene costo REQUISITOS: a. Llenar boleta de inscripción (se entrega en el departamento de Gestión de Aportaciones firmada y sellada por el Gerente General o Representante Legal o puede llenar el formulario en línea) b. Copia de: • La Escritura de Constitución • Permiso de Operación vigente • Registro Tributario Nacional (RTN) de la empresa • Tarjeta de Identidad del Gerente o Representante Legal

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7.4.1 AFILIACIÓN INDIVIDUAL Afiliación creada para personas que han cotizado a nuestro Régimen y desean seguir obteniendo los beneficios que otorgamos. REQUISITOS: a. Original y Copia de la Tarjeta de Identidad. b. Completar el formulario de afiliación y actualización (RAP Afiliados) donde designe correctamente el nombre completo, numero de identidad, parentesco y porcentaje de cada beneficiario c. Completar contrato de afiliación individual voluntaria, fondo de vivienda e inclusión financiera d. Constancia de ingresos mensuales • Personas asalariadas presentar constancia de trabajo con detalle de los ingresos, dicha constancia deberá tener una vigencia no mayor a 30 días • Comerciante individual presentar escritura de constitución y estados financieros del año actual o del año anterior • Personas cuyos ingresos provienen de las remesas presentar constancia bancaria del promedio de las remesas recibidas en los últimos seis (6) meses • Recibo o constancias por honorarios profesionales, contratos o cualquier otro documento que el RAP estime conveniente como respaldo de la gestión correspondiente 7.4.2 AFILIACIÓN EMPRESARIAL Es la cotización Obrero–Patronal: Equivalente al 1.5% trabajador, 1.5% Patrono, constituyen una contribución obligatoria de los patronos y trabajadores del país, que se acredita en forma de depósitos de ahorro a favor de cada trabajador cotizante. REQUISITOS: a. Fotocopia del acta de constitución o documento que ampare personería jurídica y sus respectivas reformas que han tenido. b. Fotocopia del Poder Legal de Administración y Representación. c. Fotocopia de la tarjeta de Identidad del Representante Legal y el Contacto de la Empresa d. Fotocopia del RTN de la empresa y representante legal de la empresa. e. Completar Formulario de solicitud de afiliación Patronal f. Permiso de Operación Vigente

g. Elaborar la siguiente PLANILLA RAP y traer 2 copias, detallada abajo. h. Fotocopia de la tarjeta de identidad de cada empleado. i. Fotocopia de planilla del mes anterior de los salarios pagados a los empleados (firmada y sellada). j. Adjuntar copia de planilla del IHSS del mes anterior a la afiliación. k. Llenar hojas de registro del afiliado y sus beneficiarios (posterior a la entrega de documentos). l. Recibir una charla informativa sobre los beneficios de ser aportantes al RAP, para lo cual el patrono debe indicar la fecha donde todos o la mayoría de los empleados deberán estar presentes. m. Croquis del domicilio de la empresa con firma y sello de la empresa n. Registro de Firma.

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FORMATO PLANILLADEL RÉGIMEN DE APORTACIONES PRIVADAS (RAP)

Nombre de la Empresa:______________________ Salario mínimo según rubro:__________________

Mes y Año:_____________________________ Rubro de la Empresa:______________________

CANTIDAD 1. 2.

NÚMERO DE TARJETA DE IDENTIDAD

NOMBRE COMPLETO SEGÚN IDENTIDAD

SALARIO ORDINARIO

Firma y Sello del Representante de la Empresa:__________________________________________

*Todos los documentos elaborados por la empresa deberán presentarse al RAP debidamente sellados y firmados. *Favor indicar quien es el Representante Legal y Socios con sus respectivos números de identidad 7.5 SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (STSS) 7.5.1 CONTRATO DE TRABAJO Un Contrato de Trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador, en el cual este último se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución. Puede ser firmado por: a. Mayores de edad (18 años). b. Menores de 18 años legalmente emancipados. c. Mayores de 16 y menores de 18 si tienen autorización de los padres o de quien los tenga a su cargo. Si viven de forma independiente, con el consentimiento expreso o tácito de sus padres o tutores. d. Extranjeros (as) de acuerdo con la legislación que les sea aplicable. El contrato de trabajo puede formalizarse por palabra (de forma verbal) o por escrito cuando así lo establezca la Ley. Cada una de las partes podrá exigir que el contrato se celebre por escrito, en cualquier momento del transcurso de la relación laboral.

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En relación con el periodo de prueba, el establecimiento de éste es optativo y de común acuerdo, se deberá reflejar por escrito en el contrato, pero en ningún caso podrá exceder dos (2) meses. Durante este período se podrá rescindir la relación laboral por voluntad de cualquiera de las partes, sin alegar causa alguna y sin preaviso, salvo pacto en contrario. No se podrá establecer período de prueba cuando el trabajador haya ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación. 7.5.2 REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO El Reglamento Interno de Trabajo es el conjunto de normas obligatorias que determinan las condiciones a las que deben sujetarse el empleador y los trabajadores de una empresa en la prestación del servicio. Está obligado a tener un reglamento interno de trabajo, todo empleador que ocupe: a. Más de cinco trabajadores permanentes en empresas comerciales. b. Más de diez trabajadores en empresas industriales. c. Más de veinte trabajadores en las empresas agrícolas, ganaderas o forestales. Una comisión mixta conformada por representantes del empleador y del sector trabajador, revisará el texto del Reglamento previo a presentarlo a la Secretaría de Trabajo para su aprobación, presentada por medio de un profesional del Derecho (artículos 87, 88,89 del Código del Trabajo). Presentada la solicitud con todos los documentos y requisitos exigidos, la Secretaría tarda un promedio de 30 días hábiles en aprobarlo y entender la certificación correspondiente. 7.5.3 REGLAMENTO ESPECIAL Cuando la actividad de la empresa no esté contemplada en el Reglamento General de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, se requiere que la aprobación de un reglamente especial, este debe regular los riesgos existentes en la empresa y también es aprobado por la Secretaría de Trabajo. Un profesional del Derecho presentará la

solicitud con todos los documentos y requisitos. La Secretaría tarda un promedio de 30 días hábiles en aprobarlo y extender la certificación correspondiente. 7.5.4 OBLIGACIONES Los patronos también están obligados a: a. Conceder vacaciones remuneradas a los trabajadores después de cada año de trabajo continuo, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III del Título IV del Código del Trabajo. b. Los comerciantes deberán llevar un libro de inscripción de empleados con todos sus datos. c. Pagar el Bono Educativo a los trabajadores que devengan hasta dos salarios mínimos. Este bono se hará efectivo una vez al año, como compensación a los padres e hijos en edad escolar. No se pagará el bono a quienes laboren en la pequeña y microempresa; o sea, las que no tienen más de 15 trabajadores permanentes (Decreto No. 43-97 Mayo 1997). d. Pagar a cada trabajador el décimo tercer mes de salario en concepto de compensación social, este pago debe hacerse en el mes de junio (Decreto Legislativo No. 135-94, Junio 1995). e. Exigir el carnet de trabajo a las personas extranjeras para contratarlas. Hay que recordar que se prohíbe emplear menos del 90% de trabajadores hondureños y no se les podrá pagar menos del 85% del total de la planilla de salarios (Decreto Ley No. 110, Noviembre 1966, artículo 11 del Código del Trabajo). f. Solicitar autorización del permiso de trabajo a los niños de catorce años y más que ingresan a la fuerza laboral, esta autorización se concede a solicitud de los padres, hermanos o representante legal del menor (artículo 115, 119, 120 y 122, Código de la Niñez y Adolescencia). g. Pagar el salario mínimo y cumplir los decretos ejecutivos que, para su reajuste, se aprueben cada año. 7.6 RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA LA GENERACIÓN DE EMPLEO Los programas de Empleo se ejecutan y desarrollan a través del Servicio Nacional de Empleo de Honduras entre los cuales tenemos: a. Ley de Empleo por Hora b. Programa Presidencial "Con Chamba Vivís Mejor"

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c. Programa "Chamba Joven" A continuación, se hace un detalle de que consiste cada uno de los programas: 7.6.1 LEY DE EMPLEO POR HORA: A través de esta Ley, las partes pueden suscribir contratos de trabajo por horas o en medias jornadas ordinarias, diurnas, mixtas o nocturnas bajo las modalidades de tiempo limitado o para obra o servicios determinados. Las horas mínimas de contratación son de 3 horas diarias.

c. Se volverá de manera obligatoria para las empresas que dentro de un plazo vuelvan permanente a los trabajadores por hora. d. Se reconocerá el tiempo trabajando por los trabajadores pagándose bonos de compensación en caso de concluir la relación laboral. e. Gozaran de los derechos a la libre sindicalización y contratación colectiva. f. Se reconoce el pago de horas extras. g. Los contratos pueden celebrarse por 1, 3, 6, 9, o 12 meses dependiendo de la necesidad del patrono y los mismos pueden renovarse las veces que quieran sin que el empleado adquiera permanencia y antigüedad y estos también deben ser registrados. h. Los contratos se celebrarán conforme al modelo establecido por la Secretaría del Trabajo. i. Estos empleados también se inscriben y tienen derecho al Seguro Social y el registro es obligatorio independientemente del salario a devengar sin importar si llegan al techo o no. j. También se hacen las aportaciones al INFOP. k. Tienen derecho a un día de vacaciones remunerado por cada mes laborado. l. Los empleados tienen derecho a un día de descanso a la semana si trabajan 6 días además un día al mes pactado entre las partes de vacaciones. m. Los empleados por hora gozan de preferencia para cubrir una vacante permanente en la empresa.

HORAS SEMANALES 44 horas 42 horas 36 horas

TIPO DE JORNADA Diurna Mixta Nocturna

HORAS DIARIAS 8 horas 7 horas 6 horas

DERECHOS DE LOS EMPLEADOS: a. La Ley de Empleo por Hora establece dentro del pago de su remuneración todos los derechos adquiridos de los trabajadores, así como el pago de cesantía derecho que gozan los trabajadores permanentes. b. Se establece un día de vacaciones al mes, lo que indica que estos trabajadores y trabajadoras gozaran de 12 días de vacaciones al año.

7. ASPECTOS E INCENTIVOS LEGALES

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b. Condición del Participante: Ser Registrado en el Servicio Nacional de Empleo c. Territorio: A nivel nacional área urbana y rural. d. Condiciones de la empresa participante: • Garantizar trabajo permanente. • Seguridad social del trabajador. • Pago es al menos el salario mínimo. • Contar con un contrato por tiempo indefinido de trabajo e. Los gremios empresariales como unidades co-gestoras del programa serán las empresas participantes. REQUISITOS: a. Contratos individuales de trabajo por tiempo indefinido. b. Afiliación al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS). c. Pagar el salario mínimo según rubro y cantidad de empleados. d. La empresa deberá estar afiliada a la Cámara de Comercio. PROCESO DE PARTICIPACIÓN: Paso 1 a. Solicitud de interés para participar, en la Cámara de Comercio de su localidad. En este paso se lleva a cabo la evaluación de la empresa por el Programa Presidencial con "Chamba Vivís Mejor". Paso 2 a. Solicitud de Convenio entre la Cámara de Comercio y la empresa. b. Copia de escritura de constitución de la empresa. c. Copia del RTN de la empresa. d. Permiso de operación. e. Copia de la tarjeta de identidad o pasaporte del representante legal de la empresa. f. Copia de carta a poder que acredite su representación. g. Oficio de delegación de firmas autorizadas por el representante legal de la empresa. Paso 3 a. Ficha de información del beneficiario. b. Registro del beneficiario contratado. c. Copia de contrato de trabajo por tiempo indefinido. d. Copia de la tarjeta de identidad de cada beneficiario. e. Planilla de adiciones del IHSS. Se debe presentar la Planilla de adiciones a la Cámara de Comercio en el momento que es emitida por el IHSS. Paso 4 a. Solicitud de pago de beneficiario económico. b. Planilla de pago de beneficiarios de 1 por mes.

n. Las causas que en el código de trabajo facultan al patrono para despedir al trabajador sin responsabilidad de su parte le son aplicables y si se despide sin causa justificada el trabajador tiene derecho a que se le pague como indemnización la cantidad de dinero que hubiera devengado hasta la fecha de finalización del contrato. o. En esta Ley paga el auxilio de cesantía. p. El trabajo efectivo que se ejecute fuera de los límites de la jornada pactada constituye jornada extraordinaria y deberá remunerarse conforme a lo dispuesto en el código de trabajo. (En base al salario mínimo y no a las horas contratadas) REQUISITOS: a. Copia del Permiso de Operación. b. Copia del RTN. c. Copia de Escritura Pública. d. Planilla de empleados permanentes o últimos tres meses. PROCESO DE PARTICIPACIÓN: a. Registrar a la empresa en la Secretaría del Trabajo. b. Llenar la ficha de Solicitud de Registro de Persona Jurídica anexando la documentación siguiente: c. Planilla de trabajadores de los últimos 3 meses, sin indicación del sueldo únicamente nombre y cargo. d. Copia de la escritura social o permiso de operación. e. Cada Contrato que se celebre tiene que registrarse en la Secretaría, llenando la ficha de inscripción anexando la fotocopia del contrato y de la identidad del empleado. *La Secretaría del Trabajo le extiende una constancia de registro que lo faculta desde ese día para contratar empleados bajo el programa. *La ley aplica únicamente para nuevas contrataciones. 7.6.2 PROGRAMA PRESIDENCIAL “CON CHAMBA VIVÍS MEJOR” Consiste en un desembolso de la mitad del salario mínimo promedio por cada nuevo empleo que genera la empresa, incentivo que será entregado durante el periodo de 2 meses de prueba. Se dará un mes más de subsidio a las empresas beneficiarias que mantendrán el 70% de los beneficiarios una vez concluido el periodo de prueba. DESCRIPCIÓN: a. Características de la población objetivo: Personas en estado de desempleo.

7. ASPECTOS E INCENTIVOS LEGALES c. Boucher de pago de 3 meses firmados por los beneficiarios o copia de comprobante de transferencias electrónicas debidamente acreditado por la institución bancaria. d. Registro de deserción debidamente acreditado según las causales de despidos establecidos en el Código de Trabajo. e. Planilla del IHSS, subrayando a los beneficiarios. *Es importante afiliarse a la Cámara de Comercio de su localidad, ya que por medio de esta se realiza este trámite. 7.6.3 PROGRAMA “CHAMBA JOVEN” Tiene como objetivo brindar un beneficio económico a jóvenes entre las edades de 18 a 30 años, que haya concluido sus estudios de secundaria y sus estudios universitarios en búsqueda de su primer empleo, por hasta 5 meses. Así como mano de obra gratuita para las empresas. INCENTIVO: a. L 4,300.00 a jóvenes egresados de secundaria completa y/o pasante universitario. b. L 6,000.00 para los jóvenes egresados con título universitario. *El pago se efectúa por medio del Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA). PROCESO DE PARTICIPACIÓN: a. Presentar solicitud de participación proyecto Chamba Joven, anexando croquis con dirección de la empresa y perfil de vacantes, si se tienen en ese momento. b. Evaluación de la empresa por parte del Programa Con Chamba Joven. Solamente después que el programa le notifique la aprobación de participación, el beneficiario puede iniciar la pasantía.

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c. Registro de Empresa en el Proyecto Chamba Joven, adjuntando: • Escritura de Constitución de la Empresa. • Permiso de Operación. • RTN de la empresa. • Formato perfil de vacante. d. Firma de Acta de Compromiso para participar en el proyecto, por parte del representante de la empresa. e. El Servicio Nacional de Empleo en Honduras (SENAEH), enviara los candidatos según el perfil de la vacante para la plaza solicitada y será la empresa quien seleccione a los mismos. f. La empresa notificara la selección de los beneficiarios. g. Control de asistencia diaria por parte de la empresa (deberá ser entregado al final de cada mes). h. Notificación de deserciones de beneficios si los hubiere. i. Evaluación de desempeño del beneficiario y emitir constancia de finalización de pasantía. *La participación en este proyecto implica las visitas con o sin previo aviso por parte del departamento de supervisión del programa, para verificar las instalaciones de la empresa, así como las funciones del beneficiario. EL BONO EDUCATIVO Es para los trabajadores que perciban hasta el equivalente de dos salarios mínimos y que tengan a sus hijos en edad escolar de: Kínder, Primaria y Secundaria. ¿QUIÉN PAGA EL BONO EDUCATIVO Y EN QUE CONDICIONES? • Empresas que tengan 16 y más trabajadores • El pago es una vez al año, después de la primera prueba trimestral • Es proporcional en base al tiempo trabajado • El pago es por familia

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