(Spanish) 2025-26 Student and Family Handbook

El registro temporal puede incluir: ●​ Información sobre antecedentes familiares ●​ Puntuaciones de inteligencia ●​ Pruebas de aptitud ●​ Informes de evaluaciones psicológicas ●​ Honores y premios ●​ Participación en eventos escolares ●​ Notas para el profesor ●​ Otra información disciplinaria ●​ Expedientes de educación especial ●​ 504 planes y documentos ●​ Cualquier otra información verificada que sea claramente relevante para la educación del estudiante podrá colocarse en el registro temporal. Todos los expedientes temporales, incluidos los de educación especial, se destruirán cinco años después de la graduación o la baja definitiva. Si desea recibir copias de los expedientes que se destruirán, notifique al director o, si corresponde, al Departamento de Educación Especial (217-525-3060) para que se incluya una notificación en el expediente de su hijo/a. El expediente temporal del estudiante incluye un registro de divulgación de la información del expediente temporal. 1.​ Los padres o cualquier persona específicamente designada por escrito por un padre Como representante tiene derecho a: a.​ Inspeccionar y copiar todos los registros permanentes y temporales dentro de un plazo razonable y, en ningún caso, después de 15 días lectivos a partir de la fecha de recepción de dicha solicitud por parte del custodio oficial de registros. El estudiante tendrá derecho a inspeccionar y copiar.suExpediente escolar permanente. La escuela cobra treinta y cinco centavos por página por las copias. No se negará a ningún padre ni estudiante una copia del expediente escolar por no poder cubrir el costo de la copia.

b.​ Tener presente, a elección de los padres o de la escuela, a un profesional cualificado, que puede ser un psicólogo, consejero u otro asesor, y que puede ser un empleado de la escuela o contratado por los padres para interpretar la información contenida en el expediente temporal del estudiante. Si la escuela requiere la presencia de dicho profesional, la escuela se hará cargo de los gastos de su presencia. Si los padres así lo solicitan,Los padres deberán garantizar y asumir cualquier costo de la presencia del profesional. Si los padres así lo solicitan, la escuela garantizará y asumirá cualquier costo de la presencia de un profesional empleado por la escuela. c.​ Impugnar la exactitud, pertinencia o pertinencia de cualquier anotación en el expediente escolar del estudiante, excluyendo las calificaciones. Si la impugnación se presenta al momento de transferir el expediente a otra escuela, los padres no tendrán derecho a impugnar ninguna referencia que pueda haber en dicho expediente a expulsiones o suspensiones fuera de la escuela.

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