(Spanish) 2025-26 Student and Family Handbook

Superintendente Regional de Escuelas debe buscar el asesoramiento del personal de educación especial apropiado que no haya sido autor de la entrada y cuyas habilidades sean relevantes para los temas de la entrada en cuestión. La escuela será responsable de implementar la decisión del Superintendente Regional de Escuelas. Dichadecisionesserá definitiva y podrá ser apelada ante el Tribunal de Circuito del condado en el que se encuentra ubicada la escuela.

2.​ Ningún registro de estudiantes de la escuela ni la información contenida en el mismo podrá ser divulgado, transferido, revelado o de otra manera difundido, excepto en los siguientes casos. a.​ A un padre, estudiante o persona específicamente designada por escrito por un padre como representante; b.​ A un empleado o funcionario de la escuela o distrito escolar o de la Junta Estatal de Educación con un interés educativo o administrativo demostrable actual en el estudiante, en apoyo de dicho interés. c.​ Al custodio oficial de registros de otra escuela en la que el estudiante se ha inscrito o tiene la intención de inscribirse; el registro se mantendrá durante un período de cinco días después de la recepción de la solicitud para dar al padre o al estudiante la oportunidad de examinar los registros que se transferirán al período de tiempo solicitante haciendo la solicitud al director del edificio o, según corresponda, al Departamento de Servicios de Apoyo Estudiantil (217) 525-3060; los registros se enviarán al final del período de cinco días; d.​ A cualquier persona con fines de investigación, elaboración de informes estadísticos o planificación, siempre que la(s) persona(s) que soliciten el uso de dicha información hayan firmado una declaración jurada en la que acepten cumplir todas las normas y estatutos relativos a los registros escolares; e.​ De conformidad con una orden judicial, esta declaración sirve para notificar a los padres que el registro estará disponible al recibir la orden. f.​ La escuela deberá proporcionar esta información a cualquier persona que tenga una identificación apropiada y una copia del estatuto que autoriza dicho acceso; esta declaración sirve para notificar a los padres que el registro estará disponible al recibir la solicitud. g.​ Sujeto a las regulaciones de la Junta Estatal en relación con una emergenciagencia a las personas apropiadas si el conocimiento de dicha información es necesario para proteger la salud o seguridad del estudiante u otras personas, siempre que se notifique a los padres lo antes posible sobre la información divulgada, la fecha de divulgación, la persona, agencia u organización que recibe la información y el propósito de la divulgación; h.​ A cualquier persona con el consentimiento previo, específico, fechado y por escrito del padre o la madre, que designe a la persona a quien se pueden divulgar los registros, así como los registros o partes de la información que se divulgarán. El padre

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