(Spanish) 2025-26 Student and Family Handbook

PADRESO CUIDADORESDE NIÑOS CON DISCAPACIDAD Esta declaración de los padres,cuidador o tutorDerechos fue desarrollado por el Departamento de Educación de los Estados Unidos, Oficina de Programas de Educación Especial y modificado por la Junta de Educación del Estado de Illinois para cumplir con las normas de Illinois. Como padre,dador, guardiánComo niño que recibe o puede ser elegible para recibir servicios de educación especial, usted tiene ciertos derechos protegidos por las leyes estatales y federales. Los derechos que le corresponden se enumeran a continuación. Su distrito escolar puede proporcionarle una explicación completa de estos derechos. Por favor, revise este documento detenidamente y comuníquese con su distrito escolar si tiene alguna pregunta o desea obtener más información sobre los servicios o las garantías procesales de su hijo. Puede encontrar información adicional sobre sus derechos en el sitio web de la ISBE.y:en un documento titulado “ Derechos y responsabilidades educativas: comprensión de la educación especial en Illinois “La guía para padres "." Aviso previo a los padres El distrito/agencia pública debe proporcionar a los padres, cuidadores o tutores de niños con discapacidades un aviso previo por escrito: 1.​ Un año antes deun padre, cuidadordel guardián Cuando el niño cumpla 18 años, el Distrito notificará a los padres, cuidadores y tutores que todos los derechos educativos se transfieren de los padres., cuidador(es),tutor(es) del estudiante a menos que se determine lo contrario. 2.​ Cuando el distrito se propone iniciar o cambiar la identificación, evaluación o ubicación educativa de un niño o la provisión de una educación pública gratuita y apropiada para un niño. 3.​ Cuando el distrito se niega a iniciar o cambiar la identificación, evaluación o ubicación educativa de un niño o la provisión de una educación pública gratuita y apropiada para un niño. La notificación escrita deberá proporcionarse al menos 10 días antes de la acción propuesta y deberá incluir: 1.​ Una declaración de quepadres, cuidadores, tutorestener derechos al debido proceso y, si la notificación no es una remisión inicial para evaluación, los medios por los cuales se puede obtener una copia de las garantías procesales; y fuentes parapadres, cuidadores, tutoresPara contactarnos y obtener ayuda para comprender los derechos del debido proceso. 2.​ Una descripción de la acción propuesta o rechazada por el distrito, una explicación de por qué el distrito propone o rechaza tomar la acción y una descripción de las opciones que el distrito consideró y las razones por las que esas opciones fueron rechazadas; 3.​ Una descripción de cada procedimiento de evaluación, prueba, registro o informe que el distrito utiliza como base para la propuesta o el rechazo; y 4.​ Una descripción de cualquier otro factor que sea relevante para la propuesta o rechazo del distrito.

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