TARIFA GRUPO GSF 2024

REGLAMENTO DE GASES FLUORADOS No. 517./2014 "F-GAS"

REFRIGERANTES Desde 1 de enero de 2020, está prohibido del uso refrigerantes con un PCA superior a 2500 en nuevas instalaciones y en mantenimiento de instalaciones con una carga superior equivalente de 40 toneladas de CO2 (equivalente a 10.2 kg. de R404A). En aplicación del Reglamento 517/2014 F-GAS, sobre los Gases Fluorados de efecto invernadero, operativo desde el 1 de enero de 2015, resumimos en el cuadro las limitaciones de uso de refrigerantes según su aplicación y su Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA).

EQUIPOS NUEVOS

Aplicación

PCA ≥150

Prohibición 01.01.2015 01.01.2020

Frigorificos y congeladores domésticos

Frigorificos y congeladores para uso comercial (equipos herméticamente sellados) Equipos de refrigeración fija, incluye sistemas de refrigeración centralizados con potencia frigorífica de menos de 40 kw., exceto aplicaciones para temperaturas por debajo de -50ºC Sistemas de refrigeración centralizada para uso comercial con potencia frigorifica de 40 kw. ó más, excepto en el circuito primario de un sistema en cascada que podran usar refrigerantes de menos de 1500 PCA

≥2500

≥150

01.01.2022

≥2500

01.01.2020

Equipos de aire acondicionado móvil (herméticamente sellados) Equipos split de aire acondicionado con menos de 3 kg. de gases fluorados

≥150 ≥150

01.01.2022 01.01.2020

MANTENIMIENTO DE EQUIPOS EXISTENTES Aplicación

PCA

Prohibición

Mantenimiento y servicio de equipos con tamaño de carga equivalente a 40 toneladas de CO2 (10.2 kg. de R404A), excepto aplicaciones para temperaturas por debajo de -50ºC y equipos militares

≥2500

01.01.2020

Gases fluorados, HFC, reciclados/recuperados

≥2500

01.01.2030

CONTROL DE FUGAS DE APARATOS CON GASES FLUORADOS: Estarán sujetos los aparatos que contengan gases fluorados en cantidades equivalentes a 5 toneladas de CO2EQ o más, excepto los aparatos sellados herméticamente que contengan cantidades inferiores a 10 toneladas equivalentes de CO2EQ siempre que dichos aparatos lleven las etiquetas correspondientes que indiquen que están sellados herméticamente. Dichos controles serán efectuados por personas físicas certificadas para tal fin. Frecuencia de los controles Aparatos con 5 TN CO2EQ ≤ X < 50 TN de CO2EQ: 1 vez/año. Si tiene instalado un sistema de detección de fugas 1 vez/2 años. Aparatos con 50 TN CO2EQ ≤ X < 500 TN de CO2EQ: 1 vez/6 meses. Si tiene instalado un sistema de detección de fugas 1 vez/año. Aparatos con 500 TN CO2EQ ≤ X: 1 vez/3 meses. Si tiene instalado un sistema de detección de fugas 1 vez/6 meses. EXCEPCIÓN: aparatos con menos de 3kg o los aparatos sellados herméticamente que estén etiquetados en consecuencia y contengan menos de 6kg no estarán sujetos a dichos controles hasta 31 de Diciembre de 2016. mas de control de fugas, serán objeto de control al menos cada doce meses para garantizar su funcionamiento adecuado. Sistemas de detección de fugas. Los aparatos con 500 TN CO2EQ ≤ X deberán disponer de un sistemas de detección de fugas que alerte al operador o a una empresa de mantenimiento de eventuales fugas. Dichos sistemas de control de fugas, serán objeto de control al menos cada doce meses para garantizar su funcionamiento adecuado. Registros: Los operadores de aquellos aparatos que deban someterse a control de fugas, establecerán y mantendrán respecto a cada parte de dichos aparatos un registro que especifique: • Cantidad y tipo de gases fluorados instalados. • Cantidades añadidas durante su instalación, mantenimiento, revisión o que se deban a fugas. • Si las cantidades de gases fluorados instalados han sido recicladas o regeneradas, incluyendo el nombre y dirección del centro de reciclado o regeneración y, en su caso el número de certificado. • La cantidad de gases fluorados recuperados. • La identidad de la empresa que haya instalado, revisado, efectuado mantenimiento y, en su caso, las reparaciones o el desmontaje de los aparatos, incluyendo en su caso el número de su certificado. • Las fechas y sus resultados de los controles requeridos de cada aparato. • Si los aparatos se han desmontado, las medidas tomadas para recuperar y eliminar los gases fluorados de efecto invernadero. Las empresas que suministren gases fluorados también deberán llevar un registro con la información pertinente de los compradores incluyendo los siguientes datos: • Número de los certificados de los compradores. • Las respectivas cantidades compradas de gases fluorados de efecto invernadero. Dichos registros deberán conservarse durante al menos cinco años. Formación: Todas las personas físicas que desarrollen las operaciones de instalación, mantenimiento, reparación o desmontaje, control de fugas de los aparatos o instalaciones que contengan gases fluorados o efectúen los trabajos de la recuperación de dichos gases fluorados, deberán estar debidamente certificadas según los programas de certificación y formación establecidos por cada Estado miembro. Según RD 115/2017 ( Comercialización y manipulación de gases fluorados, y certificación de profesionales) los profesionales habilitados para la manipulación de refrigerantes deberán actualizar sus certificados con un curso de 6 horas, con plazo hasta 2021.

Abril 2024

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