Por lo tanto, antes de formalizar la solicitud, es preciso conocer cómo se van a gestionar los residuos, y haber establecido contacto con los gestores.
Como respuesta afirmativa a la solicitud, la comunidad autónoma enviará un documento, indicando el número de registro asignado para el taller, reconociéndole su categoría de productor. Este documento ha de conservarse inde- finidamente. En el caso de generar nuevos residuos será necesario presentar nueva solicitud.
Estudio de minimización de residuos peligrosos
Cada cuatro años, los talleres están obligados a presentar a la Administración un estudio para la minimización de los residuos peligrosos generados, en cumplimiento del principio de prevención de la contaminación que rige toda la normativa medioambiental. En la práctica, sólo algunas Comunidades Autónomas lo están exigiendo para los pequeños productores, mientras que para los grandes es obligatorio en todos los casos.
Esto supone localizar todo foco productor de residuos y seguir la cadena de origen para detectar los puntos en los que se podría evitar su generación, tanto en peligrosidad como en cantidad.
5.2.4.2. Separación, envasado, etiquetado y almacenamiento de residuos peligrosos
En las instalaciones del taller es obligatorio cumplir con determinados requisitos de separación y envasado de los RP, etiquetado y almacenamiento.
Separar adecuadamente y no mezclar los residuos peligrosos
Los residuos peligrosos se han de tratar de modo separado; es importante evitar las mezclas ya que pueden supo- ner un aumento de su peligrosidad o dificultar su posterior gestión. En general, será el gestor de residuos quien indi- que el modo de separarlos.
Envasado de residuos peligrosos
Los envases de residuos peligrosos y sus cierres deben estar construidos en materiales resistentes al contenido y que no formen con él combinaciones peligrosas. Han de resistir las manipulaciones necesarias y no presentar defectos, como grietas en su estructura.
Etiquetado de residuos peligrosos
Los recipientes que contienen residuos peligrosos deben estar etiquetados de forma clara, legible e indeleble. La etiqueta debe tener un tamaño mínimo de 10 × 10 cm y contener la siguiente información: • Código de identificación del residuo. • Naturaleza de los riesgos que presentan los residuos (picto- gramas y/o frases R).
Segregación de residuos peligrosos
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PLANES Y NORMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL
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