Este documento detalla toda la información esencial sobre términos, condiciones y requisitos del programa para nuestros futuros participantes. Explora a fondo tus derechos y responsabilidades, las políticas de cancelación, y todo lo que necesitas saber para que tu experiencia en Estados Unidos sea exitosa y sin sorpresas. Revisa cada sección con atención para estar bien informado y listo para esta increíble aventura laboral y cultural.
+593 98 710 3070 info.ec@j1exchange.com Luis Cordero E12-35 y Andalucía, Quito, 170525 EC
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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL PROGRAMA WORK AND TRAVEL USA CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN 2025 CLAUSULA PRIMERA.- COMPARECIENTES Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte el/la señor(ita)……………………………………………............................................................................................ con C.C N°…………………..........……………. A quien en adelante se lo denominará EL CONTRATANTE y por otra, Global Friends EC con RUC N° 0504188657001, establecida en la ciudad de Quito y debidamente representada por el Sr. Rubén Andrés Jácome Jiménez, a quien de ahora en adelante se lo denominará EL CONTRATADO, ambos mayores de edad, libre y voluntariamente al tenor de las siguientes cláusulas. CLAUSULA SEGUNDA.- ANTECEDENTES Global Friends EC ofrece el Programa Work and Travel USA, el mismo que es un intercambio cultural que tiene como objetivo a través de una entrevista personal, seleccionar un candidato apto para participar de una experiencia de intercambio en Estados Unidos de América (USA) y ofrecer condiciones legales para que este candidato pueda trabajar en este país por un periodo máximo de cuatro (4) meses. Global Friends EC no se responsabiliza en garantizar una oferta de trabajo, pero sí de gestionar toda la documentación legal necesaria, para que un candidato preseleccionado tenga condiciones de trabajar legal y temporalmente en USA. Global Friends EC ofrece dos categorías dentro de este programa: Placement Option e Independent Option. La elección de una de estas opciones es responsabilidad de cada participante y no de Global Friends EC. CLAUSULA TERCERA.- OBJETO DEL CONTRATO El presente contrato tiene como objeto regular los derechos y deberes entre El Contratante y El Contratado, en la prestación de servicios para la participación en el Programa de Work and Travel USA desde ahora denominado W&T, a través de la cual El Contratado genera el marco adecuado para la exhibición de ofertas de trabajo temporal propuestas por potenciales empleadores norteamericanos, a fin de que el participante pueda optar libremente por alguna de ellas y formalice –si así lo decide- un acuerdo de trabajo con el Empleador que formule la oferta. A tal fin, el Contratante tendrá la oportunidad de entrevistarse con uno de los empleadores norteamericano designados por El Contratado. Sin embargo la decisión final y el otorgamiento de la oferta de trabajo dependen exclusivamente del Empleador norteamericano y no de El Contratado, toda vez que El Contratado es ajeno a dicha relación.
Firma del Contratante: ....................................................
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El programa Work and Travel USA es un programa autorizado por las leyes de inmigración del Gobierno de los Estados Unidos de América en vigencia. Cualquier alteración de estas leyes podrá acarrear cambios en los requisitos para la participación en este programa. Work and Travel USA es un programa de intercambio cultural ofrecido por una empresa Norteamericana autorizada por el Gobierno de los Estados Unidos para actuar como “Sponsor” Patrocinador para la obtención de la visa J-1 de los participantes en dicho programa. CLÁUSULA CUARTA.- PREREQUISITOS Para inscribirse en el programa W&T, El Contratante deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Estar cursando regularmente y en forma tiempo completo una carrera de nivel superior (universitaria). b) Tener entre dieciocho (18) y veintisiete (25) años al 1 de Febrero de 2025. c) Tener nivel de inglés como mínimo intermedio, a determinar por El Contratado. d) Disponibilidad de tiempo como mínimo de 8 semanas de vacaciones. e) Tener pasaporte válido como mínimo hasta el 1 de Febrero de 2026. f) No tener antecedentes penales. CLÁUSULA QUINTA.- PRECIO DEL PROGRAMA I. Placement Option: 1,650 USD (mil seiscientos cincuenta dólares norteamericanos) + entrevista en inglés 20 USD (veinte dólares norteamericanos) (ver cláusula 6). II. Independent Option: 1,550 USD (mil quinientos cincuenta dólares norteamericanos) + entrevista en inglés 20 USD (veinte dólares norteamericanos) (ver cláusula 6). III. Una vez inscrito en la opción Placement, ningún Contratante podrá cambiarse a la Opción Independent (quedan exceptuados todos aquellos que habiendo participado de la Opción Placement no hayan obtenido una oferta laboral) CLÁUSULA SEXTA.- ENTREVISTA Y SELECCIÓN I. El Contratado realizará una entrevista personal con El Contratante. Esta entrevista tendrá como objetivo evaluar el nivel de inglés, a fin de determinar su perfil, averiguando si éste tiene o no las condiciones para participar en el programa W&T. II. Todos los participantes que lleven a cabo su entrevista, ya sea en la ciudad de Quito y/o virtualmente a través de un representante de El Contratado, deberán cancelar la tasa de 20 USD (veinte dólares estadounidenses) “INTERVIEW FEE”. En ningún caso este valor será reembolsable.
Firma del Contratante: ....................................................
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CLÁUSULA SEPTIMA.- FORMA DE PAGO DEL PROGRAMA W&T El programa de intercambio W&T modalidad Placement tiene un costo de $1,650 USD (mil seiscientos cincuenta dólares norteamericanos) Forma de Pago: El Contratante pagará a El Contratado el valor arriba estipulado en dos pagos, debiendo cancelar cuatrocientos cincuenta dólares norteamericanos (USD $450) “APPLICATION FEE” para iniciar con su aplicación y el restante de mil doscientos dólares norteamericanos (USD $1,200) “ACCEPTANCE FEE” para que pueda hacerse la entrega del formulario DS-2019 “OFERTA DE TRABAJO”. El Contratante que no hubiere cancelado todo el valor del programa hasta las fechas determinadas por y comunicadas oportunamente por El Contratado, no se embarcará para los Estados Unidos de América, dando lugar automáticamente y sin previa comunicación a la cancelación de este contrato (y del programa de intercambio), aplicando la cláusula 19 del presente contrato, para fines de reembolso. CLÁUSULA OCTAVA.- LO QUE INCLUYE EL PROGRAMA En el caso de que una empresa norteamericana confirme su interés por El Contratante o candidato presentado por el Contratado, el Programa de WORK AND TRAVEL USA, modalidad “PLACEMENT” ofrece lo siguiente: I. Opción de participar en la feria de trabajo organizada por El Contratado. II. Base de datos con empleadores e información específica. III. Formulario DS-2019 (necesario para tramitar la visa J1 de trabajo temporal) IV. Asistencia y asesoramiento personalizado en la tramitación de la visa. V. Seguro de viaje provisto a partir de la fecha de inicio hasta la finalización del periodo de trabajo de la visa J1 (indica da en el formulario DS-2019). Nota: La asistencia cubrirá sólo accidentes y enfermedades surgidas durante ese periodo de tiempo, no preexistentes. VI. Reunión de orientación pre viaje. VII. Material de información para el viaje, impreso y/o a través de Internet. VIII. Línea telefónica gratuita en USA para asistencia de emergencias las 24hrs. IX. Asesoramiento integral durante todo el proceso. X. Certificado Global Friends luego de terminar la experiencia. Nota: El seguro social (Social Security) es emitido por el Gobierno Norteamericano y es de entera responsabilidad de éste el envío del carnet a El Contratante. El tiempo que se demorará en llegar el presente carnet a El Contratante es indeterminado, aunque generalmente este tiempo de entrega varía entre dos semanas y dos meses.
Firma del Contratante: ....................................................
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CLÁUSULA NOVENA.- FORMULARIO DS-2019 I. El formulario DS2019, es un documento que El Contratante deberá presentar ante la Embajada de USA para tramitar la visa J-1. Este formulario es emitido por el Gobierno de USA para cada uno de los contratantes. En caso que el formulario deba ser reimpreso, por negligencia o pedido particular de El Contratante (no garantizado), éste deberá abonar setenta y cinco dólares estadounidenses (USD $75) para que El Contratado procese su reimpresión, siempre que este proceso permita efectuar el trámite de visado con el tiempo suficiente para viajar y llegar a tiempo a USA. II. Al llegar a nuestras oficinas el formulario de cada Contratante, El Contratado le comunicará vía email y por mensajes enviados al celular a El Contratante, quien será responsable de retirarlo personalmente y con prontitud para poder llevar a cabo el trámite de visado ante la Embajada de USA. El trámite de la visa es personal. III. Para poder recibir el formulario DS2019, El Contratante deberá abonar la totalidad del programa y entregar el presente contrato firmado en todas sus hojas. CLÁUSULA DECIMA.- DE LA DOCUMENTACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DE LA VISA El Contratante es responsable de entregar toda la documentación solicitada por el Consulado Norteamericano, necesaria para la obtención de la visa. El trámite para obtención de la Visa J1 es un proceso personal que deberá realizar El Contratante de manera individual y mediante el sistema on-line establecido por la Embajada de USA. CLÁUSULA UNDECIMA.- DE LA POSIBILIDAD QUE SE NIEGUE LA VISA La visa J-1 otorga el Gobierno norteamericano a El Contratante para que éste ingrese a USA, con un permiso de trabajo temporal durante un periodo máximo de cuatro (4) meses y es emitida por el Consulado Norteamericano. El contratado no garantiza la emisión de la visa y la no emisión de la misma implicará la cancelación del programa. En este caso, el contratado reembolsará el valor pagado por el programa, con excepción de setecientos cincuenta dólares norteamericanos (USD $750) valor correspondiente a trámites administrativos. Todo reembolso se efectuará solamente después del mes de Septiembre del 2025. El Contratante debe enviar de vuelta su formulario DS2019 firmado y de la copia de la última hoja del pasaporte para poder reclamar su reembolso.
Firma del Contratante: ....................................................
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CLÁUSULA DUODECIMA.- ORIENTACION OBLIGATORIA Será OBLIGATORIO para El Contratante, asistir a la reunión de orientación, previa a su partida, pues es requisito del consulado americano, en donde se tratarán temas de suma importancia para el viaje y experiencia de cada contratante. El Contratante entiende y asume que su ausencia en dicha orientación podría ocasionar problemas una eventual cancelación de la visa J1. La fecha de esta orientación será determinada y comunicada a El Contratante por El Contratado. De no asistir a dicha orientación el contratante deberá pagar veinticinco dólares norteamericanos (USD $25) para asistir a una nueva orientación. CLÁUSULA DECIMO TERCERA.- EL PRECIO DEL PROGRAMA W&T NO INCLUYE I. Tasas consulares necesarias para obtener la visa ni costos por servicios para obtener turno en el Consulado. II. Ningún tipo de tasa o impuesto nuevo que fuera aplicado por el Gobierno Ecuatoriano o el Norte Americano. III. Alojamiento ni gastos de alimentación de El Contratante mientras esté participando del programa; IV. Traslados de El Contratante dentro de USA. V. Cualquier cambio de empleador, durante la experiencia o pérdida del empleo por cualquier causa que fuere, será de responsabilidad exclusiva de El Contratante, que se hará cargo de todos los gastos que tal situación genere, incluyendo transporte, alojamiento y comida. CLÁUSULA DECIMO CUARTA.- DE LOS PASAJES I. El Sponsor define las fechas del traslado hacia USA de El Contratante, siendo posible únicamente su traslado dentro de las fechas establecidas en su DS2019. Es obligatorio para El Contratante adquirir los boletos aéreos con anticipación a su viaje. II. El Contratado además ofrece asesoramiento para la compra de boletos (traslado aéreo, terrestre: bus y tren) hasta su destino final, dentro de USA. III. El contratante deberá comprar sus pasajes UNICAMENTE después de la obtención de la VISA J-1. IV. Los pasajes deberán ser comprados de IDA y VUELTA al Ecuador. VI. El programa NO INCLUYE seguro médico por el tiempo de turismo. Y es obligación del Contratante contar con el seguro médico del programa, en caso que decida permanecer de turismo después de haber finalizado el tiempo de trabajo.
Firma del Contratante: ....................................................
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CLÁUSULA DECIMO QUINTA.- OFERTA DE TRABAJO La oferta de trabajo no es un contrato de trabajo según la legislación estadounidense, así que el Empleador podrá cambiarla conforme a sus necesidades o intereses. El Contratante está consciente, al firmar este instrumento, que sus condiciones de trabajo podrán ser alteradas incluyendo, número de horas trabajadas o la función a ser desempeñada dentro de la empresa. Queda asimismo establecido que el Contratado no mantiene vínculo jurídico alguno con el eventual empleador del participante, por lo que queda exento de toda responsabilidad por cualquier contingencia que pudiere acaecer al Empleador, incluyendo su declaración de quiebra. En ambos sentidos, el Contratante exime de responsabilidad al Contratado. Una vez que la contratación de un empleado se da por voluntad y a discreción del empleador, solo este tendrá la decisión final sobre la asignación de las vacantes disponibles. Varios factores pueden influir en esta decisión, tales como habilidades del candidato, disponibilidad de tiempo para el ejercicio de la función, número de participantes ya contratados por el empleador, nivel de conocimiento del idioma o por cualquier otro motivo. En el caso de que una oferta de trabajo no sea viabilizada en el día de la feria de trabajos o vía feria virtual, tal hecho no dará derecho a el contratante a cancelar su participación en el programa y el contratante tendrá dos opciones: a) Continuar en la opción "Placement Option", siendo Placement Option la opción donde el contratante, deberá indicar sus preferencias de trabajo. Sin embargo, la decisión final y el otorgamiento de la oferta de trabajo dependen exclusivamente del empleador y no de el contratado, toda vez que el contratado es ajeno a dicha relación. b) El programa dejará de ser "Placement Option" y pasará a ser modalidad de "Independent Option", siendo el contratante el responsable por conseguir su propia oferta de trabajo desde el Ecuador antes de embarcarse hacia USA En este caso, el embarque podrá ser a conveniencia de el contratante. La oferta de trabajo, dentro de la modalidad "Placement Option", no estará condicionada a las empresas y a las "funciones de preferencia" de el contratante, el cual deberá estar consciente que la oferta de trabajo podría ser diferente de aquellas escogidas por él/ella. La oferta de trabajo obtenida a través de la modalidad Placement Option, deberá ser firmada y entregada a el contratado en un máximo de cinco (5) días en caso de ser aceptada por el contratante. Aquellos contratantes que reciban una oferta de trabajo bajo la modalidad Placement deberán completar el periodo de trabajo aceptado de mutuo acuerdo, salvo que existiera justa causa para poner fin al mismo.
Firma del Contratante: ....................................................
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En caso de que el contratante quiera dejar sin efecto su contrato de trabajo por considerar que existe justa causa para ello, deberá comunicarlo previamente a su "Sponsor" en USA, quien será el que evalúe si el motivo expuesto por el contratante constituye una justa causa que amerite el abandono. Caso contrario, el SPONSOR en USA se reserva el derecho a solicitar al órgano gubernamental correspondiente de USA que la visa de el contratante sea cancelada, sin derecho a reclamo o reembolso alguno. El contratado no posee facultades para intervenir en las decisiones que tome el SPONSOR en USA, las cuales se encuentran sujetas a las leyes de ese país. CLÁUSULA DECIMO SEXTA.- EL TRABAJO EN UNA ORGANIZACIÓN AMERICANA I. El número de horas trabajadas puede oscilar entre 30 y 40 horas por semana. Sin embargo, nada impide que El Contratante trabaje menos o más horas, según sea la necesidad del Empleador. Cabe destacar que El Contratante recibirá su sueldo según el número de horas trabajadas, por lo tanto el Empleador podrá cambiar la oferta de trabajo de acuerdo a sus necesidades e intereses, sea debido a las malas condiciones climáticas o simple falta de turistas, clientes o huéspedes o cualquier otra razón. El Contratante deberá ser consciente de que las condiciones de su trabajo podrán ser alteradas, incluyendo fecha de inicio y término, cantidad de horas o también el tipo de función a ser desempeñada en la empresa. II. EL CONTRATADO NO SE RESPONSABILIZA POR LA FALTA DE ADAPTACION DE EL CONTRATANTE A SU LUGAR DE TRABAJO. El Contratante bajo la modalidad "Placement Option", no podrá dejar o renunciar a su trabajo en USA antes de las fechas establecidas en su oferta de trabajo, sin previa autorización de su Sponsor y de su Empleador. El sponsor se reserva el derecho de cancelar la visa de El Contratante en caso de que éste no respete las fechas acordadas en la oferta de trabajo con su Empleador en USA. III. Es obligación de El Contratante proceder a los arreglos necesarios para obtener una morada como cualquier trabajador regular. En el caso que el Empleador ofreciera alojamiento, El Contratante deberá tratar de garantizar con éste su espacio, asegurando la reserva y pagando los depósitos exigidos. En los casos en que el Empleador no ofreciera alojamiento, El Contratante deberá contactar a su Empleador, o a una inmobiliaria sugerida y/o con ex- participantes para obtener informaciones de cómo proceder. QUEDA CLARO PARA EL CONTRATANTE QUE NO DEBERÁ SALIR DE ECUADOR SIN ASEGURAR SU LUGAR DE VIVIENDA, CASO CONTRARIO DEBERÁ ASEGURAR LOS GASTOS DE HOSPEDAJE. Global Friends NO SE RESPONSABILIZA NI INTERFIERE en todo lo relacionado al tema del alojamiento, siendo totalmente ajena al mismo. IV. En caso de tener algún incidente, o cualquier otra situación que haga difícil a El Contratante continuar trabajando para su Empleador en USA, El Contratante está en la obligación de contactarse inmediatamente con la oficina de su Sponsor en USA para informar de la situación (la atención en esa oficina es en idioma inglés).
Firma del Contratante: ....................................................
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Su Sponsor se encargará de analizar el incidente y usará las leyes de trabajo de USA para determinar si se liberan las fechas de trabajo acordadas entre El Contratante y el Empleador. Su Sponsor espera que tanto el Empleador en los Estados Unidos de América como El Contratante hagan lo mejor posible para encontrar una solución a cualquier desacuerdo que pueda ocurrir. El Sponsor se reserva el derecho de tomar la decisión final en caso de un desacuerdo. En caso de que El Contratante sea autorizado por parte de su Empleador en USA para irse de su lugar de trabajo, o si El Contratante decide regresar al Ecuador antes de las fechas establecidas en su oferta de trabajo, no se reembolsará ningún pago hecho a El Contratado. Dadas las regulaciones de la Visa, El Contratante debe notificar a El Contratado de cualquier cambio en la dirección del domicilio, o si tiene planes de regresar a Ecuador. CLÁUSULA DECIMO SEPTIMA.- DEL PERIODO DE PERMANENCIA EN USA I. Una vez otorgada la visa J-1 al Contratante, éste podrá permanecer en USA por el periodo determinado en la misma, teniendo como límite cuatro (4) meses. El periodo de visa no podrá ser extendido o modificado bajo ningún concepto. II. El Contratante opta por trabajar en USA por un periodo máximo de cuatro (4) meses. III. El Contratante se compromete a abandonar USA al vencimiento del plazo de su visa J-1. En ninguna circunstancia el “Status” (tipo) de visa podrá ser alterado. El Contratante que decida extender su período de permanencia en USA como turista o estudiante deberá salir de USA por lo menos una semana, y regresar con otro visado, comunicando al equipo de Global Friends su decisión. El Contratado tiene la obligación de comunicar al Departamento de Estado Norteamericano, responsable del Departamento de Inmigración, el nombre y el último lugar conocido de residencia de El Contratante que no va a regresar a Ecuador, o que no va a salir de USA, antes del vencimiento de la Visa J-1, caso contrario, El Contratado declarará a El Contratante, como inmigrante ilegal, pudiendo a partir de este momento, iniciar los procedimientos, para encontrar y deportar al infractor. Después de este paso inicial, el nombre de El Contratante será distribuido en todo el Sistema Norteamericano de control de fronteras y emisión de Visas. IV. El Contratante está obligado a realizar la validación de su visa ante el programa SEVIS. A tal fin El Contratante deberá acceder a la página web de su Sponsor y completar los campos allí exigidos. Por medio de este procedimiento, El Contratante mantendrá informado al Gobierno de USA, acerca de los datos de su empleador y de su alojamiento. Este proceso deberá hacerse dentro de los siete (7) primeros días contados a partir de la entrada en vigencia de su formulario DS2019 y NUNCA antes de la entrada a USA, bajo pena de resultar cancelada la visa, debiendo regresar El Contratante de forma inmediata al Ecuador. La cancelación de la visa J1 podría afectar la condición de El Contratante para volver a USA en el futuro.
Firma del Contratante: ....................................................
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El mismo procedimiento de validación deberá ser reiterado cada vez que El Contratante cambie de Empleador o mude su lugar de residencia y/o el sponsor lo solicite. Dicho procedimiento deberá llevarse a cabo dentro de los 10 días del cambio de trabajo o alojamiento, bajo pena de sufrir las mismas consecuencias descritas. V. Además, el Departamento de Estado de los Estados Unidos exige que el contratante contacte a su empresa sponsor por lo menos cada 30 días, desde el inicio de su formato DS2019. Para tal fin, el contratante debe acceder a su aplicación en la página web de su Sponsor, con su usuario y contraseña, debe hacer clic en el link que corresponde y responder a todas las preguntas allí mencionadas. No cumplir con este procedimiento puede resultar en la finalización del programa por parte del sponsor, debiendo el con tratante regresar al país inmediatamente. CLÁUSULA DECIMOCTAVA.- DE LAS RESPONSABILIDADES I. La relación entre El Contratado y El Contratante se da únicamente con el fin de viabilizar la inscripción en el programa W&T, dando orientaciones pertinentes del programa en cuestión, arreglando el DS2019, el seguro social, el seguro de salud y accidentes personales, conforme lo dispuesto en la cláusula 8 del presente contrato. No se responsabiliza a El Contratado por actos del propio Contratante, que vengan a impedir la realización del presente programa, incluyendo actos que ofendan la legislación nacional norteamericana, casos fortuitos y o de fuerza mayor. II. El Contratado no se responsabilizará en casos de pérdida de vuelo(s), (ocasionados por retraso del contratante); falta de documentación (es) necesaria(s) para el programa, fallas en el transporte y overbooking (situaciones en que las empresas aéreas venden más billetes aéreos que la capacidad de las aeronaves, imposibilitando al pasajero embarcar por falta de asiento). III. El Contratante acuerda en embarcarse en cualquier fecha establecida por el Contratado, de preferencia respetando las fechas de su oferta de trabajo. IV. Si por cualquier motivo, tales como: visas consulares, disponibilidad de vuelos aéreos con destino al lugar de trabajo de El Contratante, etc. El Contratado no consigue embarcar a El Contratante a tiempo para que se presente en la empresa norteamericana en su primer día de trabajo estipulado en su oferta de trabajo, cabe a El Contratante y a El Contratado comunicarse con la empresa norteamericana para informar y arreglar una nueva fecha de inicio. Si ocurriese este hecho, El Contratante no tiene derecho a cancelar o desistir del programa, ni a retractarse sobre las demás cláusulas previstas en el presente contrato. V. En cuanto al límite de peso por maleta, El Contratante se compromete a respetar las normas establecidas por las compañías aéreas (normalmente un volumen de hasta 20 Kg. en los trayectos domésticos y un volumen con hasta 22.5 Kg en los vuelos internacionales, El Contratado no se responsabiliza por tasas a ser pagadas por el Contratante por exceder el peso límite.
Firma del Contratante: ....................................................
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CLÁUSULA DECIMO NOVENA.- DE LA CANCELACIÓN DEL PROGRAMA a) Por parte de El Contratado I. El Contratado podrá realizar constantes entrevistas a El Contratante, antes, durante y después de la inscripción, con el objeto de captar el perfil de éste, evitando así que El Contratante tenga exceso de dificultades en los Estados Unidos de América al ejercer sus funciones en la empresa Norteamericana en que fue colocado. De esta forma, si El Contratado, observa que El Contratante no posee el perfil adecuado para participar en el programa, podrá cancelar el proceso de inscripción reembolsando el valor del pago efectuado hasta el día en que fue notificado con la negativa. II. En el evento de que una oferta de trabajo no sea viabilizada por parte de la El Contratado. El contratado cancelará la participación en el programa del contratante y reembolsará la totalidad de los pagos realizados por el Contratante, siendo estos “Application Fee y Acceptance Fee”. El rembolso de estos pagos será el límite de la responsabilidad del contratado y no será responsable por ningún costo extra en que haya incluido el contratante, tales como trasporte, comunicaciones, tasas de emisión de Visa, etc. b) Por parte de El Contratante I. Si el Contratante cancela su participación en el programa, después de haber realizado el primer pago de $450 USD (cuatrocientos cincuenta dólares norteamericanos) "Application Fee", este pago no será reembolsado bajo ninguna circunstancia. II. En el caso que el Contratante ya haya realizado el segundo pago de $1,200 USD (mil doscientos dólares norteamericanos) "Acceptance Fee", este le será devuelto únicamente en caso que se produzca muerte o enfermedad grave de el Contratante, muerte de algún pariente en primer grado de consanguinidad. El Contratante deberá entregar a el Contratado certificados médicos o de defunción. No habrá reembolsos por enfermedades o condiciones preexistentes. Las cancelaciones que por cualquier motivo se produzcan, deberán ser notificadas por escrito a el contratado, y antes de proceder a cualquier reembolso, se deberá entregar a el contratado, el formulario DS2019. No serán reembolsadas las tasas consulares de emisión de visa. III. En el caso que el Contratante cancele el programa después de su llegada a Estados Unidos de América, o más aún después de iniciado su trabajo en la empresa norteamericana, no se hará el reembolso de ningún valor. En este caso, se cancelará el seguro de salud y accidentes personales de el contratante, y el Contratado tendrá por obligación legal de comunicar al Departamento de Inmigración que el Contratado ha cancelado el programa. Nota : Antes de llevarse a cabo cualquier reembolso, El Contratante deberá entregar una carta en la que consten los motivos de la cancelación o abandono del programa Work & Travel USA.
Firma del Contratante: ....................................................
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CLÁUSULA VIGESIMA.- DE LA CAPACIDAD CIVIL El Contratante y El Contratado declaran poseer idoneidad y plena capacidad civil para celebrar el presente contrato, eximiendo a ambos de eventuales problemas de orden legal que El Contratante pueda tener en el ordenamiento jurídico nacional o internacional. CLÁUSULA VIGESIMO PRIMERA.- DEL ACUERDO Una vez que fue leído a las partes el presente Contrato, éstas se ratifican en el con tenido del mismo y lo aceptan en su totalidad, por lo que renuncian a cualquier reclamo posterior. CLÁUSULA VIGESIMO SEGUNDA.- JURISDICCION Y COMPETENCIA Cualquiera cuestión o controversia originadas en este contrato o relacionadas con él, serán resueltas por los jueces competentes de la ciudad de Quito Distrito Metropolitano.
Quito, ....... de ......................... de 20.....
EL CONTRATANTE
EL CONTRATADO
Nombre:
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Global Friends EC
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