Contrato Work & Travel 2025

En caso de que el contratante quiera dejar sin efecto su contrato de trabajo por considerar que existe justa causa para ello, deberá comunicarlo previamente a su "Sponsor" en USA, quien será el que evalúe si el motivo expuesto por el contratante constituye una justa causa que amerite el abandono. Caso contrario, el SPONSOR en USA se reserva el derecho a solicitar al órgano gubernamental correspondiente de USA que la visa de el contratante sea cancelada, sin derecho a reclamo o reembolso alguno. El contratado no posee facultades para intervenir en las decisiones que tome el SPONSOR en USA, las cuales se encuentran sujetas a las leyes de ese país. CLÁUSULA DECIMO SEXTA.- EL TRABAJO EN UNA ORGANIZACIÓN AMERICANA I. El número de horas trabajadas puede oscilar entre 30 y 40 horas por semana. Sin embargo, nada impide que El Contratante trabaje menos o más horas, según sea la necesidad del Empleador. Cabe destacar que El Contratante recibirá su sueldo según el número de horas trabajadas, por lo tanto el Empleador podrá cambiar la oferta de trabajo de acuerdo a sus necesidades e intereses, sea debido a las malas condiciones climáticas o simple falta de turistas, clientes o huéspedes o cualquier otra razón. El Contratante deberá ser consciente de que las condiciones de su trabajo podrán ser alteradas, incluyendo fecha de inicio y término, cantidad de horas o también el tipo de función a ser desempeñada en la empresa. II. EL CONTRATADO NO SE RESPONSABILIZA POR LA FALTA DE ADAPTACION DE EL CONTRATANTE A SU LUGAR DE TRABAJO. El Contratante bajo la modalidad "Placement Option", no podrá dejar o renunciar a su trabajo en USA antes de las fechas establecidas en su oferta de trabajo, sin previa autorización de su Sponsor y de su Empleador. El sponsor se reserva el derecho de cancelar la visa de El Contratante en caso de que éste no respete las fechas acordadas en la oferta de trabajo con su Empleador en USA. III. Es obligación de El Contratante proceder a los arreglos necesarios para obtener una morada como cualquier trabajador regular. En el caso que el Empleador ofreciera alojamiento, El Contratante deberá tratar de garantizar con éste su espacio, asegurando la reserva y pagando los depósitos exigidos. En los casos en que el Empleador no ofreciera alojamiento, El Contratante deberá contactar a su Empleador, o a una inmobiliaria sugerida y/o con ex- participantes para obtener informaciones de cómo proceder. QUEDA CLARO PARA EL CONTRATANTE QUE NO DEBERÁ SALIR DE ECUADOR SIN ASEGURAR SU LUGAR DE VIVIENDA, CASO CONTRARIO DEBERÁ ASEGURAR LOS GASTOS DE HOSPEDAJE. Global Friends NO SE RESPONSABILIZA NI INTERFIERE en todo lo relacionado al tema del alojamiento, siendo totalmente ajena al mismo. IV. En caso de tener algún incidente, o cualquier otra situación que haga difícil a El Contratante continuar trabajando para su Empleador en USA, El Contratante está en la obligación de contactarse inmediatamente con la oficina de su Sponsor en USA para informar de la situación (la atención en esa oficina es en idioma inglés).

Firma del Contratante: ....................................................

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