INFORME COTEC | Situación y Evolución de la Economía Circular en España
en 2017» (la media europea está en el 28%). El reciclado de materiales «mejoró solo ligeramente hasta situarse en el 18% (media de la UE: 29%), mientras que el 15% de los residuos se com- postaron (media de la UE: 17%)». Estos datos muestran que debía reforzarse con intensidad el reciclado y reducir el depósito en vertederos para alcanzar el objetivo de reciclado de 2020. No se han alcanzado, en consecuencia, los objetivos normativos de reciclado del 50% de los residuos municipales establecidos en la Directiva 2008/98/CE (modificada por la Directiva 2018/851), solo se ha llegado al 35%, que puede implicar una declaración de incumplimiento por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esta situación nos puede llevar a pensar en la existencia de unas infraestructuras de tratamiento de residuos que no son acordes con los nuevos objetivos de reciclado y, en consecuencia, en la necesidad de reforzar las inversiones en las instalaciones de tratamiento, o en su renovación, que sean coherentes con los objetivos de los escalones superiores de la jerarquía de residuos. Los fondos Next Generation deberían ser una oportunidad para revertir dicha situación. En coherencia con lo indicado, el peso del depósito en vertedero sigue siendo muy relevante en España. Sigue habiendo muchos vertederos de carácter ilegal o no conformes con la normativa comunitaria (Comisión
Europea, 2019). En este sentido se aprecia que «no hay suficientes incentivos económicos para desviar los residuos de los vertederos y la incineración hacia el reciclado». Aunque se han establecido impuestos autonómicos para el depósito en vertederos, La Comisión Europea indica que «los tipos impositivos son bajos en comparación con otros Estados miembros de la UE» (Comisión Europea, 2019). Para afrontar estos y otros retos de la política de residuos española, el 3 de junio de 2020 el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico sometió a consulta pública el Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados (PLRSC), que tras ese proceso ha sido aprobado como Proyecto, para su remisión a las Cortes Generales, el 18 de mayo de 2021. Este proyecto pretende ser la base para la incorporación de la Directiva (UE) 2018/851, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE, sobre los residuos, cuyo plazo de transposición finalizó el 7 de julio de 2020, y de la Directiva 2019/904, de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, que debe ser transpuesta antes del 3 de julio de 2021. Como vemos, el Estado español incurre nuevamente en la
dinámica de transposición fuera de plazo de las directivas ambientales comunitarias, lo cual, además de un incumplimiento del Derecho comunitario, representa una barrera para el avance de las necesarias reformas normativas y administrativas para el impulso de la economía circular. El proyecto da cumplimiento por tanto a las obligaciones normativas comunitarias en materia de residuos y plásticos de un solo uso, dejando pendientes otros aspectos, como la transposición de la Directiva (UE) 2018/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 94/62/ CE, relativa a los envases y residuos de envases, que se va a llevar a cabo mediante el correspondiente desarrollo reglamentario. Las medidas y novedades más destacadas del PLRSC son las siguientes: • La exposición de motivos del Proyecto indica que con esta norma «se refuerza aún más la aplicación del principio de jerarquía mediante la obligatoriedad del uso de instrumentos económicos» (exposición de motivos). Se introducen impuestos de plásticos de un solo uso y sobre el depósito de residuos en vertederos y la incineración de residuos, que debe ser el elemento clave para el cumplimiento de los objetivos de reducción y reciclado de residuos y
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