GUÍA DE APOYO PARA LA ELABORACIÓN DE MEMORIAS DNSH
Autoevaluación (según la guía técnica de la Comisión Europea) Paso 1. En relación con el proyecto, indique cuáles de los siguientes objetivos medioambientales requieren una evaluación sustantiva (más detallada y exhaustiva) según el principio DNSH.
Objetivos medioam- bientales
Sí
No Explicación en el caso de marcar no
El proyecto tiene un impacto previsiblemente no significativo sobre este objetivo. Consiste en desarrollar un nuevo producto y servicio basado en una solución SW para el sector sanitario, en concreto, para realizar analíticas clínicas y democratizar el acceso a los datos de salud. Para desarrollar el proyecto no será necesario utilizar recursos naturales o fuentes de energía no renovables. Por el contrario, sí se requerirá utilizar equipos informáticos (portátiles y periféricos) para ejecutar las tareas previstas, así como un centro de datos y servidores contratados a empresas externas para el procesamiento de datos. Los equipos requeridos son imprescindibles para realizar el proyecto, y para su adquisición se tendrán en cuenta criterios de reciclabilidad, vida útil y menor impacto ambiental. Las actuaciones previstas no conllevan un aumento significativo de la generación o la eliminación de residuos. Además, tampoco generan incidencias en el uso directo o indirecto de recursos naturales en cualquiera de las fases de su ciclo de vida ni un perjuicio significativo a lo largo de la actividad para el medioambiente en relación con la economía circular. Si bien es cierto que para implantar la solución tecnológica es necesario utilizar equipos informáticos, se considera que su uso da lugar a un impacto potencial no significativo, considerando su ciclo de vida, el impacto a largo plazo y el beneficio de la aplicación del proyecto. Su implantación contribuirá al avance en el diagnóstico clínico y el ámbito sanitario. La empresa se compromete a seguir lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en concreto, el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electró - nicos. El proyecto no producirá emisiones contaminantes durante la realización de las actividades propuestas, pues están encaminadas a desarrollar soluciones tecnoló - gicas para el ámbito de la salud, herramientas y funcionalidades de procesamiento de datos para la gestión. Por tanto, no se han identificado riesgos de emisiones a la atmósfera, al agua o al suelo en su realización. En cuanto a la aplicación de los resultados de la actividad, su implantación en el sector tendría un efecto no significativo en relación con la contaminación atmos - férica, ya que, por la naturaleza del proyecto, no se han identificado actividades responsables de impactos relevantes sobre este objetivo medioambiental. Asimismo, la solución tecnológica planteada no tendrá impacto significativo, dado que las tec - nologías implementadas no están relacionadas con una contaminación de impacto relevante del agua o del suelo, al limitarse a actividades de desarrollo de plataformas de software.
Economía circular, incluidos la preven- ción y el reciclado de residuos
X
Prevención y control de la contaminación de la atmósfera, el agua o el suelo
X
38
Made with FlippingBook - Online Brochure Maker