Revista Vivienda Infonavit Año 6 No 1 (Junio 2022)

A pesar de su importancia capital, el concepto de habitabilidad no se encuentra definido de forma clara en las diversas leyes, normas y reglamentos mexicanos donde se toca el tema o se le alude directamente. Esta omisión representa un freno al desarrollo de un hábitat sostenible y adecuado. Por ello resulta necesario generar una discusión epistémica que ayude a transformar la estrecha visión que predomina, para así ampliar su significado más allá de las meras cuestiones físico-espaciales y abarcar todos los vértices que le conciernen. En el presente artículo se proponen líneas de reflexión encaminadas a perfeccionar este concepto desde un enfoque transdisciplinar.

En términos generales, la habitabi- lidad puede ser determinada desde un sentido transdisciplinar; es decir, como un fenómeno en el cual conver- gen factores tanto objetivos (aspectos físico-espaciales, materiales, fun- cionales) como subjetivos (ámbitos socioculturales, determinados por usos y costumbres, aspectos psi- cológicos individuales, etc.) que se encuentran implícitos en los diversos niveles del medio construido. Esto implica que se le debe visualizar desde las diversas dimensiones y escalas del hábitat, lo cual denota su complejidad al momento de definirla. Debido a la falta de claridad en la definición de habitabilidad en los marcos normativos y legislativos actuales, se genera una problemá- tica compleja en los procesos de con- versión de tierras rurales a urbanas. Esto resulta en la conformación de un territorio de interfase de alta vul- nerabilidad socioambiental y trans- territorial en aspectos esenciales como los servicios públicos básicos, la movilidad o el desarrollo de viviendas dignas, alejándose de la generación

de entornos habitables en todos los aspectos (Castillo et al., 2014). Es importante determinar una definición adecuada dentro de la nor- matividad y los marcos instituciona- les, cuyo abordaje se realice desde una visión transdisciplinar. Aquí reside la dificultad de construir una defini- ción de habitabilidad general y de las características subjetivas que debe- rían evaluarse (como las condiciones socioculturales, sociotecnológicas o socioeconómicas), las cuales deter- minan los usos y costumbres de las comunidades al responder con esto a gustos y necesidades particulares, enfatizar la integralidad de los indi- viduos, los procesos de apropiación y ocupación como elementos y condi- ciones centrales del espacio construido (Torres Pérez, 2014; Cruz Cervantes y De Hoyos Martínez, 2019). Para este caso, el gobierno mexi- cano ha tratado —a través de diversos programas— de fomentar la habitabi- lidad de los entornos ocupados, 1 sin embargo, dichos intentos han sido fragmentados y desarticulados. A pesar de que en cada programa se ha

determinado como necesario cum- plir con las condiciones de habitabili- dad, estos han sido ejecutados sin una visión clara de a qué se debe referir este término; o al menos no más allá de las establecidas históricamente, como los aspectos materiales y fun- cionales de la vivienda o las regula- ciones urbanas, pero sin ahondar en los aspectos sociales y culturales. Concepto malinterpretado Históricamente, el término habitabi- lidad ha evolucionado en paralelo con las condiciones socioespaciales de las grandes conurbaciones, lo que ha transformado de igual manera su con- cepción, dificultando así su definición general y su aplicación en las políticas de planeación territorial y urbana. La habitabilidad era descrita como la capacidad del medio cons- truido que puede y debe ofrecer a los sujetos una propuesta con caracterís- ticas y cualidades físicas necesarias para habitar los espacios en corres- ponsabilidad con el contexto socio- cultural y territorial (Cruz Cervantes y De Hoyos Martínez, 2019).

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