Experimentación en las políticas públicas

LA EXPERIMENTACIÓN EN LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

A nivel autonómico, se puede decir que la mayoría de los estatutos de autonomía inclu- yen algún apunte sobre evaluación, si bien se observa cierta heterogeneidad en cuanto al grado de progreso. Destacan Cataluña, Ara- gón y Andalucía, cuyos estatutos dedican un mayor interés a la evaluación; por ejemplo, el de Andalucía incluye en su artículo 138 que «la ley regulará la organización y funciona- miento de un sistema de evaluación de las políticas públicas» 36 , aunque por el momento no existe una regulación específica. En este sentido, sí se han promulgado algu- nas leyes para fomentar la evaluación, entre las que destaca la Ley Foral 21/2005 37 , de 29 de diciembre, de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios Públi- cos de la Comunidad Foral de Navarra; la Ley 2/2014 38 , de 21 de marzo, de Proyectos Estratégicos, Simplificación Administrativa y Evaluación de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; la Ley 5/2020, de Medidas Fiscales, Financieras Administrativas y del Sector Público de Cataluña, que define la evalua- ción de políticas, o el Decreto 97/2020, de 25 de junio, por el que se regulan determinados instrumentos para la gestión, la evaluación, la supervisión y la mejora de la calidad en el sector público autonómico de Galicia. En el resto de las comunidades autónomas se incluyen referencias a la evaluación de polí- ticas públicas en las leyes de transparencia, de participación o gobierno abierto, pero se trata de menciones generales. El repaso realizado se ha centrado en la evaluación de políticas públicas, al ser el marco donde se han producido referencias normativas a lo largo de estos años y donde cabe el desarrollo de actuaciones de expe-

rimentación, relacionadas con evaluaciones experimentales (RCT). Desde el punto de vista de la experimentación, no tan ligado a la evaluación, en 2020 se aprobó la Ley 7/2020 40 , de 13 de noviembre, para la Trans- formación Digital del Sistema Financiero, con el objetivo de crear un sandbox regulatorio 41 financiero en España, y más tarde, en 2021, se ha introducido también en el sector eléc- trico. El objetivo de dichos sandboxes es que los participantes en el experimento pueden modificar sus intervenciones si advierten que generan riesgos legales, y el regulador puede también acomodar la normativa si hay obstáculos a la innovación. De esta forma, se puede evaluar la aplicación práctica y real de innovaciones en un marco jurídicamente seguro. Esta normativa es una manera de facilitar la innovación, pero también la experi- mentación en la propia legislación. Como se ha visto a lo largo de esta revisión, la normativa en el ámbito de la evaluación en España es limitada, y las referencias tienden a ser generalistas. Comparado con otros países de la OCDE, algunos como Holanda y Estados Unidos sí cuentan con un marco legal, mientras que Alemania, Canadá o el Reino Unido, como en España, solo cuentan con marcos muy generales 42 . Esto demues- tra que países con una larga trayectoria en las prácticas de evaluación no necesaria- mente cuentan con un marco normativo, aunque eso sí, su desarrollo queda vinculado a la voluntad política. Por tanto, el establecimiento de un marco legal para la evaluación y la experimentación no es una condición necesaria ni suficiente para garantizar que se desarrollen evalua- ciones o procesos de experimentación, ni tampoco para garantizar su calidad 43 , ya que

36. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-5825. 37. http://www.lexnavarra.navarra.es/detalle.asp?r=4650. 38. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-3719. 39. https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2020/20200710/AnuncioG0244-030720-0001_gl.html. 40. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-14205. 41. Sandbox regulatorio es un banco de pruebas en el que la autoridad supervisora permitirá probar proyectos innovadores de base tecnológica en el ámbito financiero, con usuarios reales, bajo el control y la supervisión de la autoridad competente.

42. https://www.airef.es/wp-content/uploads/2021/10/ESTUDIOS/PDF-WEB-accesible-CASTILLA-Y-LEON-1.pdf. 43. https://www.airef.es/wp-content/uploads/2021/10/ESTUDIOS/PDF-WEB-accesible-CASTILLA-Y-LEON-1.pdf.

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