Informe de Sostenibilidad 2024 FL

Designación y selección del máximo órgano de gobierno GRI 2-10 Designación y selección del máximo órgano de gobierno

Los miembros de la Junta Directiva serán propuestos y aprobados por la Junta de Accionistas, conforme lo establece el Pacto Social de la Sociedad y deberán reunir los siguientes requisitos: Reconocida idoneidad, reputación, así como solvencia moral y económica, experiencia comprobada con conocimientos en temas relacionados a riesgo, administración, auditoría, finanzas, gobierno corporativo, prevención de blanqueo de capitales y cualquier otra, conforme fuera solicitada en la jurisdicción para la cual se ha designado. Por lo anterior, no podrán desempeñarse en este cargo, en alguna o varias de las siguientes circunstancias si:

Se encuentra impedido para ejercer el comercio en Panamá.

Ha sido condenado por blanqueo de capitales, tráfico ilícito de estupefacientes, estafa, tráfico ilegal de armas, tráfico de personas, secuestro, extorsión, peculado, corrupción de servidores públicos, actos de terrorismo, tráfico internacional de vehículos, o por cualquier delito contra la propiedad o la fe pública.

Ha sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, o haya sido declarado responsable de la quiebra.

Ha sido identificado por la Superintendencia como responsable de los actos que llevaron a la liquidación forzosa de un banco.

Ha sido identificado por cualquier regulador de entidades financieras, local o internacional, de actos que llevaron a la intervención, liquidación o a la quiebra de una entidad financiera.

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