Lineamientos gestion curricular

Modificaciones que requieren autorización previa y expresa del MEN para su implementación : Este tipo de modificaciones son de tal envergadura que deben contar con la autorización explícita del MEN antes de su ejecución. Estas modificaciones suelen implicar cambios estructurales significativos que afectan el programa en cuanto a nivel de calidad o contenido. Modificaciones que requieren visita de pares académicos y emisión de con- cepto por parte de CONACES: Este tipo de modificaciones incluyen una evaluación externa por pares académicos, quienes emiten un concepto téc- nico. Sin embargo, la implementación de estos cambios solo puede reali- zarse después de que el MEN haya revisado la información presentada y haya emitido una resolución. Modificaciones que no requieren autorización del MEN, solo deben ser in- formadas: Estas modificaciones no requieren autorización formal por parte del MEN, pero deben comunicarse al Ministerio para su registro y segui- miento. Estas modificaciones son menos disruptivas y suelen estar relacio- nadas con ajustes administrativos o académicos menores que no afectan las condiciones de calidad del programa. Modificaciones microcurriculares: Estas no requieren ser informadas ni aprobadas por el MEN. Sin embargo, a nivel institucional es necesario ob- tener la aprobación de los órganos de gobierno de las unidades académicas y/o de la subcomisión de agilidad curricular, según el caso. Ejemplos comu- nes de modificaciones microcurriculares incluyen ajustes en las estrategias pedagógicas y evaluativas, el fortalecimiento de contenidos temáticos para alcanzar los resultados de aprendizaje, y la creación o modificación de asig- naturas electivas, entre otras. Renovación de registro calificado de programas Durante la vigencia del registro calificado se implementan acciones cla- ve orientadas a la autorregulación, autoevaluación y mejoramiento conti-

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