3. GUIA DEL INVERSIONISTA HN - Consejo Nacional de Inversio…

3. CONSEJO NACIONAL DE INVERSIONES

GUÍA DEL INVERSIONISTA HONDURAS 2020 - 2021

a. La naturaleza del inversionista, su identificación y su capacidad legal para actuar. b. El inversionista debe presentar una descripción detallada del proyecto de inversión, de la actividad de la empresa en la cual se integrará el capital o del proyecto según sea el caso. Los proyectos de inversión deben presentarse con los estudios de viabilidad, económica y financiera y la documentación relacionada. c. El monto de inversión mínimo de (US$ 2,000,000.00), el cronograma de actividades e inversiones a realizar para la ejecución del proyecto. d. El origen de los fondos para la inversión. e. Estudio de impacto económico y social de la inversión. f. Modelo Económico Financiero (MEF) en el que se estime las cantidades a ser pagadas al fisco por la duración del proyecto. g. Declaración Jurada de la información. h. Alcance de la Solicitud presentada por el inversionista. i. Otra información, documentación o estudios que fueren requeridos por el Consejo Nacional de Inversiones. Notas: El flujo de proceso se encuentra en la página web del CNI www.cni.hn.

3.3.3 GESTIÓN DE BENEFICIOS FISCALES RELACIONADOS CON LA INVERSIÓN Podrán gozar del Régimen de Beneficios Fiscales relacionados con los gastos preoperativos y sobre la depreciación acelerada, otorgados por la ley las personas naturales o jurídicas que ejecuten nuevos proyectos en actividades donde desarrollan su giro, o en la región donde desarrollan su actividad y que sean declaradas de interés prioritario por el Poder Ejecutivo, que otorga a las personas naturales y jurídicas que ejecuten o desarrollen proyectos ubicados en regiones de interés prioritario; este régimen otorga beneficios fiscales relacionados con los gastos preoperativos y depreciación acelerada. BENEFICIOS Amortización de gastos preoperativos pagados o incurridos por un plazo de hasta cinco (5) años conforme a la Ley del I.S.R. (Impuesto Sobre la Renta) y su reglamento tales como: a. Los gastos que hubieren realizado en investigaciones y desarrollo de productos mercadeables y/o patentables con fines comerciales a nivel nacional e internacional. b. Los montos que otorguen en conceptos de donación a universidades, instituciones educativas en Honduras y centros de investigación. c. Los gastos por registros de marca y patentes en Honduras y; d. Los gastos efectuados en la investigación y apertura de nuevos mercados a nivel nacional e internacional y la promoción de sus productos durante los primeros cinco (5) años que puedan ser acreditados, incluyendo estudios de mercado y promoción, y gastos por participación en ferias y exposiciones de productos. Depreciación acelerada como el de saldos decrecientes o los dobles saldos decrecientes, que le permitirán al inversionista reponer su maquinaria y equipo en los primeros años en que se hace uso intensivo de las mismas. Sólo se concederán depreciaciones respecto a los bienes de inversionistas destinados a producir la renta o a conservar las fuentes de esta, que figuren en su contabilidad y por el valor en que están contabilizados, sin aceptar revaluaciones para estos efectos; salvo en el caso que, la revaluación haya sido comprobada como ganancias de capital y gravada con el impuesto.

SERVICIOS LEGALES GRATUITOS AL INVERSIONISTA

1. Contratos de Estabilidad 2. Gestión de Beneficios Fiscales relacionados con la inversión FACILITACIÓN

1. Procedimiento Acelerado para Inversiones de Gran Escala - Declaratoria de Proyectos de Interés Nacional ACELERACIÓN

1. Régimen Preventivo de cConflictos 2. Régimen de Garantías para la Conclusión de Proyectos sobre Bienes Inmuebles en Litigio. PROTECCIÓN

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