Mundo CEBC Septiembre 2024

SECCIÓN: FISCAL

DESOCUPAR EL DOMICILIO FISCAL,

EL PEOR ERROR, SI TIENES ADEUDOS CON EL FISCO

La desocupación del domicilio fiscal, ya sea por cambio de lugar de trabajo o por simplemente dejar de laborar, es un derecho que tienen las empresas y los contribuyentes, debiéndose en todo caso seguir los procedimientos establecidos en nuestra legisla- ción, como lo es presentar el aviso correspondiente. Pero si la razón de la desocupación del domicilio es porque tienen un crédito fiscal insostenible y requieren empezar otra empre- sa en otro sitio, procediendo a desocupar el lugar y empezar de nuevo, evitando que la autoridad esté acudiendo a requerir el pago y embargo, no se lo recomendamos, la autoridad no lo ve con buenos ojos, y podría determinar una responsabilidad solida- ria a sus socios. En nuestro Código Fiscal de la Federación, se establece una disposición legal que prevé un listado de las personas que pueden ser responsables solidarios de los contribuyentes, quienes, sin tener una causa se convierten en deudores del fisco y ser sujetos de una determinación de un crédito fiscal en su carácter de responsables solidarios; se sorprenderían todos los que pueden encuadrar en ese listado.

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