INFORMACIÓN LEGAL IMPORTANTE
La reforma de salud La ley de reforma del cuidado de la salud (o la Ley del Cuidado de Salud a Bajo Precio (ACA, por sus siglas en inglés) u Obamacare) es complicada y es posible que tenga preguntas sobre cómo le afecta a usted, a su familia y a sus beneficios. Hay tres elementos que debe saber. En primer lugar, se mantiene el mandato individual (el requisito de que todas las personas tengan seguro médico). Lo que ha cambiado es la sanción asociada a ella. A partir del 1 de enero de 2019, se deroga la sanción fiscal ACA y no tendrás que pagar nada si no te inscribes. En segundo lugar, el Mercado de Seguros Médicos aún existe. Puede comprar e inscribirse en planes de seguro a través del intercambio y aun así solicitar subsidios basados en los ingresos. Tercero, para la mayoría de las personas, los planes que ofrecemos se consideran asequibles y ni usted ni ningún miembro de su familia son elegibles para los subsidios federales disponibles en el Mercado de Seguros Médicos, incluso si elige no inscribirse en el plan de Productos. Consulte su Aviso de Cobertura del Mercado de Seguros Médicos para obtener información general. o información adicional sobre las opciones del Mercado en su área y calculadoras de subsidios, visite www.healthcare.gov o llame al 1-800-318-2596.
Recordatorios Anuales
Inscripción Especial
La Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico de 1996 (HIPAA) permite un período de Inscripción Especial además del período de Inscripción Abierta regular. Solo las siguientes personas pueden inscribirse fuera del período de inscripción abierta: • Individuos que previamente renunciaron a la cobertura bajo este programa porque tenían otra cobertura y luego involuntariamente perdieron la otra cobertura. La inscripción debe ocurrir dentro de los 30 días posteriores a la pérdida de otra cobertura; • Nuevos dependientes por matrimonio, nacimiento, adopción o entrega en adopción. El empleado elegible y otros dependientes que anteriormente no optaron por estar cubiertos por el plan de atención médica del empleador también pueden inscribirse en el momento en que se inscriba el nuevo dependiente. La inscripción debe ocurrir dentro de los 30 días posteriores a la fecha del matrimonio, o 30 días posteriores al nacimiento, la adopción o la colocación en adopción; • Un tribunal ha ordenado que se brinde cobertura para un cónyuge o hijo menor de edad bajo este plan y la solicitud de inscripción se realiza dentro de los 60 días posteriores a la emisión de dicha orden judicial;
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TAYLOR METAL PRODUCTS // GUÍA DE INSCRIPCIÓN ABIERTA // EFECTIVAS 1 DE ENERO, 2024
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