FORMACIÓN CONTINUA Y POLÍTICAS DE EMPLEO
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos recogidos.
en relación con la formación para el empleo se encuentra en el artículo 40 de la Constitución Española, englobado dentro del Título 1 de derechos y deberes fundamentales: “1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso so- cial y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo. 2. Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garanti- zarán el descanso necesario, mediante la
3.1. La articulación de las PFE en el marco legislativo español
Veamos a continuación cómo se desarrolla el derecho a la formación en nuestro marco legis- lativo, empezando por cómo se enmarca en las relaciones laborales reguladas por el Estatuto de los Trabajadores y siguiendo por cómo se ordena el Sistema Nacional de Formación para el Empleo.
a) Derecho de las personas trabajadoras: El Estatuto de los Trabajadores
El texto constitucional del que emanan los derechos y deberes de las personas trabajado- ras, administraciones y agentes económicos
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