FORMACIÓN CONTINUA Y POLÍTICAS DE EMPLEO
transformación, la necesidad de que las perso- nas trabajadoras se formen de forma continua es indispensable para mantener su empleabi- lidad. Sin embargo, no contemplamos que la responsabilidad de que esto repose únicamente en los hombros de las personas trabajadoras. La desigualdad de ingresos, oportunidades, capitales sociales y culturales o condiciones laborales hacen imposible la igualdad de opor- tunidades en el acceso a la formación laboral y profesional. La precariedad y la desigualdad estructural impiden que el mérito o el esfuerzo individual sean los únicos factores que están detrás de la adaptación exitosa de las personas trabajadoras a los cambios laborales. Las progresivas desregulaciones y cambios en el modelo productivo han derivado en una cons- tante pérdida de poder de negociación de las personas trabajadoras, tanto en lo que respecta al poder colectivo como el individual. Encontrar mecanismos que equilibren el poder de perso- nas empleadas y empleadoras es necesario. No obstante, las relaciones laborales propias de una economía basada en los servicios y mucho más cambiante hacen imposible volver atrás. El actual derecho a la formación, recogido en nuestro Estatuto de los Trabajadores (artículos 4.2 y 23), se inoperativiza en un mercado laboral donde priman relaciones laborales inestables, temporales y con mucha rotación, donde la recualificación profesional es necesaria, y en el que los cambios que trae la digitalización demandan formaciones mucho más intensas de las facilitadas actualmente. De ahí que apostemos por la vía de la innova- ción en las políticas públicas y planteemos una reformulación radical del derecho a la educa- ción, para ampliarlo desde la actual configu - ración vinculada únicamente a la educación obligatoria, hacia el derecho a la educación a lo largo de toda la vida. La implementación de este renovado derecho tendría que hacer de la formación continua una realidad no condicio- nada a las relaciones laborales o contractuales y accesible para todos y todas en igualdad de condiciones.
No obstante, este enfoque no impide que impere la ley del más fuerte. Los cambios políticos y regulatorios inspirados en este modelo han conllevado incrementos en la precariedad y la desigualdad de ingresos. • Estrategia de conservación: el Estado del Bienestar basado en la relación clásica empleador-empleado-estado ha dado muy buenos frutos y los cambios que se es- tán dando no justifican una aproximación radical. Los crecientes desafíos nacen de la pérdida progresiva de poder de las perso- nas trabajadoras a favor del capital y, por lo tanto, las medidas necesarias son las que hagan falta, únicamente, para recuperar el equilibrio de poder. Esta forma de enfrentar- se al problema es ciega a la reconfiguración del trabajo que ha conllevado la fragmenta- ción productiva, acentuada por la revolución digital. Si el modelo productivo ha cambia- do, los mecanismos que permitían equilibrar las relaciones de poder entre personas trabajadoras y empleadores ya no pueden ser los mismos. • Desde la innovación: si mantener el Es- tado del Bienestar propio de la producción fordista no es viable, y la desregulación conlleva a un aumento de la desigualdad, es necesaria otra forma de enfrentarse a los cambios que conlleva la digitalización. La tercera vía es innovar, generando nuevas formas de hacer “estado del bienestar” que no giren únicamente sobre el binomio em- pleador-empleado. Se trata de repensar la regulación e instituciones del trabajo, pero siempre desde el reconocimiento de que hay algo que no cambia: el papel del Estado como garante de derechos y encargado de equilibrar la balanza de poder para impedir que las personas trabajadoras asuman en soledad los riesgos inherentes a toda activi- dad económica. Con relación al objeto de estudio de la presen- te investigación, en una sociedad en continua
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