CASTRO URDIALES SMART PEOPLE 2020 - 2039
› Desplegar los elementos de planificación del Área de acuerdo con el Plan estratégico o Plan de Mandato corporativo. › Dirección de las unidades administrativas (Departamentos, Unidades técnicas, Unidades administrativas o Unidades operativas) adscri- tas al área. › Implantación de los sistemas de mejora con- tinua y calidad de todas las unidades adminis- trativas integradas en el área. › Representación y las relaciones ordinarias de todas las unidades adscritas al área con los responsables políticos de las unidades de la misma. › Formulación de instrucciones de dirección y/o coordinación sobre el funcionamiento interno de la unidad. › Elaboración de las estadísticas con la periodi- cidad que se establezca. › Dirección del funcionamiento interno del área y proponer la distribución de los medios adscri- tos a la misma. › Dirección de la ordenación interna de los me- dios personales y formular la elaboración de propuestas de modificación o adaptación de la organización interna para la mejora del servicio público. › Emisión de informes y dictámenes para el asesoramiento de la Alcaldía y/o de los conce - jales delegados. › Formar parte del Comité de Dirección y dar cuenta de los indicadores de gestión del Área. Las áreas municipales del Ayuntamiento de Castro Urdiales y sus atribuciones, serán las recogidas en la relación incluida en el Anexo II al presente Manual.
El procedimiento de selección de los/as direc- tores/as de área será, el establecido con carác - ter general por este Manual para el Personal Di - rectivo (ver Anexo IV), pudiendo ser provistos, así mismo, entre el personal funcionario del Ayuntamiento de Castro Urdiales, mediante el sistema de libre designación. Los/as directores/as de área desempeñan fun - ciones de dirección y/o gestión administrativa de carácter técnico de un área municipal con profesionalidad (funciones directivas profesio- nales) y neutralidad política, asumiendo la res- ponsabilidad de su gestión; responsabilidad que está sujeta a evaluación por resultados en rela - ción con los objetivos que se le hubieran fijado, con arreglo a criterios de eficacia y eficiencia. Con carácter general los/as directores/as de área asumen las siguientes funciones genéricas: › Establecimiento y evaluación de objetivos. › Formulación de la estrategia del Área de acuerdo con las directrices emanadas por los Órganos de Gobierno. › Participación en la formulación y ejecución de programas y de políticas públicas adopta- das por los niveles de dirección política. › Planificación, coordinación, evaluación, inno - vación y mejora de los servicios y proyectos de su ámbito competencial, bajo la inmediata su - pervisión de los órganos de dirección política. › Aprobación de los Planes de Gestión o Planes de Actuación Operativos de las diferentes Uni - dades Administrativas. › Dirección de personas, gestión de recursos y ejecución del presupuesto en el ámbito de sus competencias. Planificación de los RRHH, eco - nómicos y materiales de que dispone el Área, así como propuesta de demandas de recursos para su aprobación.
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