Revista Vivienda Infonavit Año 6 No 2 (Diciembre 2022)

Reflexiones finales Aun cuando una vivienda sea considerada adecuada y digna para habitarse, la ocurrencia de una catástrofe o acontecimiento que afecte a una ciudad puede provocar que quede en condiciones inhabitables. Sin embargo, los aspectos ligados a la resiliencia urbana que se encuen- tran en los criterios para considerar una vivienda digna son importantes para motivar la prevención de los ries- gos ante un episodio disruptivo y la reconstrucción de la vida normal de sus habitantes en caso de haber sido afectados por él. Esta situación se potencia cuando las personas se saben dignas en sus viviendas pues, como mencionamos líneas arriba, una vivienda con sentido de lo propio, habitable, mantenible y digna será siempre motivo para que las personas que en ella vivan deseen su pronta recuperación o reconstrucción, contribuyendo así a potenciar la resiliencia de las ciudades. Pero aún mayor es la posibilidad de que esta situación se materialice si las características que hacen adecuada y digna a una vivienda se encuentran establecidas no solo en los tratados internacionales, sino en las mismas reglas

con las que se otorga el crédito para adquirirla (en el caso citado del Infonavit), pues se advierte que otorgar vivienda digna no solo tiene el propósito de cubrir con obligaciones constitucionales, sino que reflejan el peso e importancia que los gobiernos otorgan a la dignidad de las personas. De hecho, en un razonamiento de lógica, estos crite- rios de materialización de una vivienda digna y adecuada minimizan la posibilidad de que quede inhabitable en caso de sufrir impactos debido a algún fenómeno dis- ruptivo, pues por su ubicación, costo e infraestructura, la posibilidad de su reconstrucción incrementa; además está el hecho de que otorgar una vivienda sin estas carac- terísticas pone en riesgo la vida de sus habitantes, situa- ción que, aparte de ser algo humillante o degradante, vul- nera la dignidad humana, como se expuso líneas arriba. En suma, la vivienda digna y adecuada, en térmi- nos que marcan los estándares internacionales y obliga nuestra Constitución, potencia la capacidad de resilien- cia de una ciudad, pues al incluirse aspectos ligados a la resiliencia obtenemos algo mucho más importante: la dignificación y calidad de vida de sus habitantes.

Referencias Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (2021). Observaciones generales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. https://conf-dts1.unog.ch/1%20spa/tradutek/derechos_hum_base/cescr/00_1_obs_grales_cte%20 dchos%20ec%20soc%20cult.html#GEN4 Congreso de la Unión (10 de junio de 2011). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación. Congreso de la Unión (30 de noviembre de 2012). Ley Federal del Trabajo. Diario Oficial de la Federación. Infonavit (12 de mayo de 2021). Reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes. Diario Oficial de la Federación. ONU-Habitat (Octubre de 2018). ONU-Habitat. Por un mejor futuro urbano . https://onuhabitat.org.mx/index.php/ciudades- resilientes#:~:text=Por%20tanto%2C%20una%20ciudad%20resiliente,de%20origen%2C%20esperados%20o%20 inesperados Suprema Corte de Justicia de la Nación (2016). La dignidad humana no se identifica ni se confunde con un precepto meramente moral, sino que se proyecta en nuestro ordenamiento como un bien jurídico circunstancial al ser humano, merecedor de la más amplia protección jurídica, reconocido actualmente en 1a./J. 37/2016 (10a.) . Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Suprema Corte de Justicia de la Nación (18 de mayo de 2019). Dignidad humana. Constituye un derecho fundamental que es la base de los demás derechos humanos reconocidos constitucional y convencionalmente. Tesis: I.10o.A.1 CS (10a.). Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.

Notas 1

El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que: “Toda familia tiene derecho a una vivienda digna y decorosa”; es decir, se trata de un derecho que se traduce no solo en cuestiones de dignidad y decoro, sino que se hace referencia a la idoneidad de las viviendas, de tal suerte que entendemos que debe ser adecuada para garantizar la dignidad de las personas. 2 Las tesis de jurisprudencia constituyen criterios de interpretación de la Constitución, emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mismos que guían el actuar de las autoridades jurisdiccionales en el país. 3 Para ser considerada como duradera, la vida útil remanente de la vivienda debe ser de 30 años.

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