Revista Vivienda Infonavit Año 6 No 2 (Diciembre 2022)

Finalmente, existen otros tipos de eventos adversos, 8 como la inseguridad, que en estados como Michoacán o Sonora son una de las principales amenazas para la integridad y estabilidad de la vida de sus habitantes (IIS-UNAM, 2016) al impactar negativamente en la esperanza de vida, reflejándose en la disminución de entre seis meses y un año para regiones con este tipo de riesgo, en tanto que para las regiones sin este fenómeno la disminución va de uno a seis meses (Navarro y López, 2021). En 2013, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) realizó una evaluación al Sistema Nacional de Protección Civil, en el cual se cali- ficaron diversas acciones como favorables, entre ellas su integridad funcional y los avances en la homologación en materia legislativa; no obstante, hizo recomendaciones destacables como cambiar hacia el enfoque de la admi- nistración integral de riesgos con énfasis en la adaptación al cambio climático, la planeación territorial y de desa- rrollo urbano congruente con la prevención de riesgos y la adaptación al cambio climático, y la coordinación con otros actores de la sociedad civil. Elementos hacia los que se ha ido progresando sin que, como se mencionó previamente, se haya alcanzado la homologación idó- nea. De este modo, por ejemplo, se aprecian diferencias entre los Programas de Protección Civil de Tamaulipas (Coordinación General de Protección Civil Tamaulipas, 2020), Ciudad de México (Gobierno de la Ciudad de México) o Campeche (IBS Consulting Group, 2020). La experiencia acumulada del país para enfrentar eventos adversos, la efectividad del Sistema Nacional de Protección Civil y la coordinación con el Plan DN-III fueron puestos a prueba durante 2017, fecha en la que se enfrentaron dos sismos de gran escala cuya estela de daños implicaba tanto los materiales como las vidas humanas; dos tormentas tropicales (“Lidia” y “Pilar”) y tres huracanes, “Max”, “Katia” y “Harvey” (Cenapred, 2018). A pesar de los múltiples retos, la coordinación alcanzada mostró ser efectiva para auxiliar a la población y disminuir la pérdida de vidas, uno de los logros que ya destacaba la OCDE en su estudio (2013). Estos resulta- dos no son casualidad, han sido años de ir fortaleciendo la cultura de prevención y protección civil. Sin embargo, todavía hay mucho por hacer para alcanzar resultados óptimos, entre ellos, la inclusión de la atención a la salud mental (IIS-UNAM, 2016) en eventos de esta naturaleza. El ignorado PROY-NOM-005-SEGOB-2012 En 2013 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, un proyecto de norma que proponía la inclusión de la atención de la salud mental mediante un modelo que brindaría acompañamiento en salud psicosocial a la población expuesta y personal participante de las tareas de salva- mento en eventos adversos (Secretaría de Gobernación

[Segob], 2013). En su diseño se contemplaban elementos regulatorios, operativos y administrativos que le permi- tían incrustarse como un engrane funcional dentro del cuerpo actual del Sistema Nacional de Protección Civil. Las acciones de intervención que en ella se planteaban incluían tanto las de intervención psicológica en crisis 9 como aquellas de índole médica (psiquiátrica). La fina- lidad de este enfoque era apoyar a las personas afectadas a restablecer su estado mental previo al evento disruptor. Adicionalmente, el proyecto incorporaba la obligato- riedad de recabar e informar los datos estadísticos nece- sarios para dar seguimiento, generar documentación y diseñar mejoras a los protocolos en lo que respecta a la afectación experimentada por la población víctima del evento. No obstante, al día de hoy la medición del impacto en las personas se encuentra en un vacío normativo y de responsabilidad que nos impide tener más información sobre los efectos que un evento de riesgo —ya sea motivado por la actividad humana o por la naturaleza— tiene sobre la población mexicana. ¿Acaso el desconocimiento permite a los cuerpos legislativos permanecer insensibles al res- guardo de la integridad de la salud mental de la población? La respuesta parece clara cuando se considera que la referida norma no ha logrado posicionarse dentro de la agenda política para su aprobación, lo que ha tenido como consecuencia que no esté integrada dentro del cuerpo normativo reconocido. No obstante, estados como Tamaulipas ya consideran algunos de sus elemen- tos dentro de sus Guías Operativas de Protección Civil (Coordinación General de Protección Civil Tamaulipas, 2020), como la instalación de la atención psicológica como una condición necesaria para la recuperación comunitaria. Similar importancia se concedió al acompa- ñamiento psicológico durante los sismos de 2017, cuando profesionistas de la salud mental desde la sociedad civil impulsaron esfuerzos por brindar apoyo emocional a la población. En tanto, las autoridades sostienen —quizá por desconocimiento— la falta de esta necesidad en virtud de que la responsabilidad de la atención a la población ya está prevista en normas como la 237-SSA1 (Secretaría de Economía, 2014); una respuesta en clara oposición con las recomendaciones de la OMS al respecto de la salud mental en emergencias humanitarias (OMS, 2013). Indicar el cuidado a la salud —como actualmente se expresa en la Ley General de Protección Civil— sin hacer referencia específica al apoyo psicológico o emocional es insuficiente. Especialmente cuando en dicha ley sí se encuentra espacio para reforzar una perspectiva centrada en la recuperación de servicios, elementos materiales y de conservación de la integridad física, indicando con clari- dad a los responsables y la respuesta material esperada, niveles de coordinación y aspectos operativos (Santiago Campos, 2008; Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2020).

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