Anuario 2024 de Cotec

Quince visiones

Inteligencia artificial

Nuria Oliver

De la captura de datos a la violación de derechos fundamentales

L as técnicas actuales de inteligencia artificial precisan de canti- dades ingentes de datos para entrenar enormes redes neuronales profundas. Esta necesidad de recopilar y procesar grandes can- tidades de datos plantea la preocupación de que la información personal de los individuos pueda ser explotada o comprometida. La recopilación y el uso de datos personales o la inferencia de atri- butos personales a partir de datos no personales suscitan cues- tiones fundamentales sobre quién controla estos datos y cómo se utilizan. La captura y explotación indiscriminada de datos sobre las personas también posibilita una vigilancia masiva de la población y la manipulación del comportamiento y las decisiones humanas a gran escala, incluida la manipulación en los procesos democrá- ticos. Además, los sistemas de IA utilizados para la moderación automática de contenido pueden limitar la libertad de expresión de las personas, decidiendo automáticamente qué contenido pro- mocionar, despriorizar o incluso censurar. En una democracia, el respeto por el Estado de derecho es fundamental, e incluye, entre otros, la protección de los derechos de autor y de la propiedad intelectual. Sin embargo, la propiedad intelectual y los derechos de autor también se ven afectados por las técnicas de IA generativa. A medida que generamos contenido creativo —música, arte, texto, etc.— con algoritmos de IA, y a medida que podemos incluso reemplazar a los humanos por sus gemelos digitales en la industria del entretenimiento, el arte dramático o la publicidad, surge la pregunta de quién tiene derecho a reclamar la autoría de estas obras. Esta pregunta es aún más acuciante en el caso de obras generadas por técnicas de inteligencia artificial. ¿Son estas creaciones verdaderamente únicas y autónomas, o sim- plemente están replicando la información y los datos con los que fueron entrenadas? ¿Qué consecuencias tienen para los artistas cuyos estilos son imitados a la perfección por algoritmos de IA, permitiendo a cualquier persona generar ilimitadas creaciones en el estilo de cualquier artista pasado o contemporáneo? Estas cuestiones desafían las concepciones tradicionales de la propiedad intelectual, los derechos de autor y la creatividad.

Para abordar dichos desafíos se requieren leyes y políticas que definan claramente quién es el propietario de las creaciones de la IA y cómo se deben gestionar los derechos de autor y de imagen. Un caso emblemático a este respecto es la huelga de casi cinco meses sostenida por los guionistas, los actores, las actrices y el personal del sector audiovisual de Hollywood como protesta ante la amenaza de que las productoras de Hollywood se apoyasen en técnicas de IA para escribir guiones automáticamente o incluso reemplazar a los actores y las actrices por sus dobles digitales. Finalmente y tras dolorosas semanas, los estudios acordaron no utilizar IA para esos propósitos, salvaguardando, al menos por el momento, el trabajo de los humanos en el sector. La potencial violación de los derechos de autor y de la pro- piedad intelectual por parte de la IA generativa tiene otras implica- ciones negativas: en primer lugar, desincentiva la creatividad y la innovación al limitar la probabilidad de que los creadores obtengan reconocimiento y recompensa por su trabajo. Si se pueden crear de manera gratuita obras en el estilo de dichos creadores, ¿por qué pagar por ellas? En segundo lugar, puede distorsionar el mercado y afectar a la competitividad, la inversión y el desarrollo económico relacionado con la cadena de valor de las industrias creativas y del entretenimiento. En tercer lugar, puede limitar el acceso a obras culturales, artísticas, educativas o científicas, debido al temor de sus creadores de que sean utilizadas sin permiso para entrenar algoritmos de IA generativa, impactando por tanto en el acceso al conocimiento y la información de calidad, pilares fundamentales en una sociedad democrática. Por otro lado, la IA también puede ser una herramienta valiosa para proteger la propiedad intelectual. Se pueden utilizar algoritmos de IA para rastrear y detectar infracciones de derechos de autor, identificar patentes y marcas registradas o para distin- guir contenido creado algorítmicamente del contenido creado por humanos, lo que facilita la defensa de los derechos de propiedad intelectual en un mundo digital en constante cambio.

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