DOSSIER LAS SEDAS VC6

Nota Informativa previa al ingreso en la Cooperativa

La presente nota informativa está dirigida a los interesados en la promoción LAS SEDAS DE ALCALÁ DE HENARES – Parcela VC-6 (promovida por la Cooperativa EL ROMERAL URBAN, S.COOP.), con el fin de que dispongan de los datos necesarios para que puedan valorar su ingreso en la Cooperativa, como socios promotores, con la máxima información. Por definición, una cooperativa de viviendas es un sistema de autopromoción donde los socios de la misma (personas que adquieren las viviendas) promueven su vivienda en las mejores condiciones de precio y calidades . Los costes de la promoción son sufragados con las aportaciones (ingresos) de los socios a la misma (en torno al 20% del coste más el IVA total vigente) y el préstamo promotor que la cooperativa obtenga, habitualmente de una entidad bancaria (en torno al 80% del coste); préstamo en el que, posteriormente, se subrogarán los socios mediante un préstamo hipotecario individual. En consecuencia, la suma de los ingresos que obtenga la Cooperativa (mediante las aportaciones sociales de los socios y a través del préstamo promotor de la entidad bancaria), deberá ser la misma que los costes totales de la promoción. Por tanto, la Cooperativa EL ROMERAL URBAN, S. COOP. es una sociedad, sin ánimo de lucro, que adjudicará las viviendas a sus socios a estricto precio de coste. Por tanto , EL COSTE ES ESTIMADO, NO ES COSTE CERRADO. EL coste no estará cerrado hasta que se produzca la escrituración pública de las viviendas y demás elementos. Y esto es así, porque entre las distintas partidas que configurarán el coste estimado de la promoción (el terreno, la ejecución/construcción de la obra, licencias y tasas, gastos técnicos, gastos de formalización de Escrituras y financiación del proyecto, auditoría, afianzamiento de cantidades, seguros, honorarios de gestión, gastos financieros e intereses de préstamos) hay dos partidas, fundamentalmente, que teniendo un valor estimado, son más susceptibles de variaciones (al alza y/o a la baja) por razones técnicas y por cuestiones económicas, financieras e incluso geopolíticas; de forma que dichas variaciones (al alza y/o a la baja), en caso de producirse, afectarán al coste de la promoción y, por tanto, al coste de las viviendas que componen la misma. Estas dos partidas son: • El coste de la ejecución/construcción de la obra, que dependerá del valor de las materias primas, energía y mano de obra. • Los costes financieros e Intereses del préstamo al promotor. Estos costes (coste de ejecución/construcción de la obra y costes financieros e intereses del préstamo a promotor) quedarán más definidos: • Cuando los socios, mediante Asamblea, elijan a la empresa constructora que ejecutará la obra, teniendo en cuenta que su inicio se producirá una vez que la Cooperativa obtenga Licencia de Obra, Calificación Provisional, financiación bancaria y un porcentaje mínimo de comercialización de las viviendas que componen la promoción. • Cuando se concreten los gastos financieros e intereses del préstamo al promotor que estén vigentes en el momento de la contratación (coincidiendo con el inicio de la obra) y durante la vigencia del préstamo al promotor, necesario para financiar la ejecución de la obra. La VIVIENDA CON PROTECCIÓN PÚBLICA es aquella destinada a domicilio habitual y permanente y que, cumpliendo los requisitos de superficie útil máxima y precio máximo que se establecen normativamente reciba, además, la calificación como vivienda protegida por la Administración Pública competente. Conforme a la normativa vigente de la Comunidad de Madrid, a las viviendas y sus anejos (trastero y plaza/s de garaje) con protección pública y, por tanto, a la promoción LAS SEDAS DE ALCALA DE HENARES – Parcela VC-6, promovida por la Cooperativa EL ROMERAL URBAN, S.COOP., le son aplicables unos precios máximos (Precio de Módulo) de adjudicación, conforme a la normativa vigente (Orden de 15 de febrero de 2024, de la Consejería de Vivienda Transportes e Infraestructuras, por la que se establecen los precios de las viviendas con protección pública en la Comunidad de Madrid), publicada el 22 de febrero de 2024. No obstante, debido a la variación al alza que han experimentado los precios de la construcción, energía, incremento de IPC…., es muy probable que la Cooperativa se vea en la necesidad de que los socios de la misma tengan que acordar, en su caso, sufragar el exceso de costes no cubierto con el Precio de Módulo (precio máximo aplicable) mediante aportaciones a Capital Social ; hecho que deberán, en su caso, acordar en Asamblea General en el momento de la Aprobación del Plan Financiero de la Promoción. No obstante, y sin perjuicio del necesario acuerdo por parte de la Asamblea de la Cooperativa, entendiendo que los socios que se incorporen al referido proyecto inmobiliario pretenden disponer de su vivienda lo antes posible, se podrá establecer un procedimiento de acceso a la Cooperativa que requerirá una aportación adicional al Capital Social que sufragará la diferencia entre el valor del precio máximo establecido por el módulo aplicable (conforme a la normativa vigente de la Comunidad de Madrid) y los costes totales reales (a precio de mercado) de la Promoción. Y todo ello sin perjuicio de las aportaciones que los socios deban realizar en concepto de aportación a cuenta del precio máximo aplicable (Precio de Módulo) de la vivienda y sus anejos.

29 Este dossier se facilita a petición expresa del interesado, quien es conocedor de que toda la información incluida en el mismo es orientativa y no contractual. Por esta misma razón el interesado acepta que la información ofrecida en el dossier podrá experimentar variaciones por razones técnicas, jurídicas, administrativas o por decisión de la Cooperativa. Amueblamiento no incluido excepto el indicado expresamente en la Memoria de Calidades.

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