Aun en un país en donde la privacidad de la información recibe algún tipo de protección legal, existe la posibilidad real de que en algún momento futuro, llegue al poder un régimen autoritario o anti-democrático. Un régimen de este tipo podría heredar información acumulada de la vigilancia anterior, y ser capaz de usarla para tomar medidas arbitrarias y represivas contra individuos o grupos. La información almacenada obtenida a través de la vigilancia también es vulnerable, a través de filtraciones y/o hackeo, a su adquisición por parte de cualquiera con interés en utilizarla para algún propósito, incluyendo periodistas, actuarios, organizaciones criminales, bromistas maliciosos, terroristas y gobiernos extranjeros. A pesar de cualquier salvaguardia legal o de otro tipo, la vigilancia masiva de las telecomunicaciones crea así un riesgo para la confidencialidad que podría extenderse a un futuro lejano, a lo largo de toda la vida de un paciente o de sus familiares, amigos y asociados. Distintos psicoanalistas harán distintas apreciaciones de la magnitud de los riesgos, pero el hecho de que el riesgo existe no está en duda. 4.6 Consecuencias para la API y sus miembros La API, por lo tanto, enfrenta un dilema. Por un lado, está buscando extender la profesión incluyendo nuevas áreas geográficas mientras mantiene una alta calidad profesional, una tarea impulsada activamente por el Comité Internacional de Nuevos Grupos. En este proceso, cada vez más individuos integrantes de la API se ven atraídos a participar de algún tipo de trabajo a distancia. Por otro lado, los miembros de la API están obligados por el Código de Ética de la API a proteger la confidencialidad de los pacientes. 10 Para la API como organización existen riesgos si no se aborda este problema. Si la grabación de una sesión psicoanalítica o la información derivada de una grabación de este tipo, fuera publicada en Internet, las consecuencias podrían ser graves. La confianza de un gran número de pacientes en la capacidad de sus psicoanalistas para mantener la confidencialidad podría ser socavada, y el daño a la reputación de la API y a los institutos que la componen podría ser masivo, repentino y duradero. La API puede esperar hasta que esto suceda esperando que no suceda nunca, o puede anticipar esta eventualidad aconsejando apropiadamente a sus miembros. Este último camino ofrecería alguna protección a los miembros de la API al informarles sobre un riesgo que podrían estar ignorando. También significaría que si un paciente perjudicado buscara compensación a través de una demanda, la API como entidad profesional no habría incurrido en la negligencia de no ofrecerle un consejo apropiado a sus miembros. La API obtuvo recientemente asesoría legal detallada sobre el problema del consentimiento 10 En relación con la protección de la privacidad como derecho humano en el apartado 1 del Código de Ética , se debe señalar que, en los últimos años, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OHCHR), la principal entidad de la ONU encargada de promover y proteger los derechos humanos, se ha comprometido activamente con el tema de la vigilancia masiva, y en 2014, produjo un informe muy importante sobre "El derecho a la privacidad en la era digital" (OHCHR, 2014).
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